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Documento BOE-A-1984-24649

Recurso de inconstitucionalidad número 701/1984, planteado por el Presidente del Gobierno contra el artículo 15.5 de la Ley de la Generalidad Valenciana 7/1984, de 4 de julio.

Publicado en:
«BOE» núm. 266, de 6 de noviembre de 1984, páginas 31978 a 31978 (1 pág.)
Sección:
I. Disposiciones generales
Departamento:
Tribunal Constitucional
Referencia:
BOE-A-1984-24649

TEXTO ORIGINAL

El Tribunal Constitucional, por providencia de 17 de octubre corriente, ha admitido a trámite el recurso de inconstitucionalidad número 701/1984, planteado por el Presidente del Gobierno contra el artículo 18.5 en cuanto que incluye la emisión y transmisión por cable; la Ley de la Generalidad Valenciana 7/1984, de 4 de julio, de creación de la Entidad pública de Radiotelevisión Valenciana (RTVV) y regulación de los servicios de radiodifusión de la Generalidad Valenciana. Y se hace saber que en el mencionado recurso se ha invocado por el Presidente del Gobierno el artículo 161.2 de la Constitución, que produce desde el día 9 de octubre corriente, fecha de su formalización, la suspensión de la vigencia y aplicación del mencionado artículo 15.5, en cuanto que incluye la emisión y transmisión por cable, de dicha Ley 1984, de la Generalidad Valenciana.

Lo que se publica para general conocimiento.

Madrid, 17 de octubre de 1984.- El Presidente del Tribunal Constitucional, Manuel García-Pelayo y Alonso. Rubricado.

ANÁLISIS

  • Rango: Providencia
  • Fecha de disposición: 17/10/1984
  • Fecha de publicación: 06/11/1984
Referencias posteriores

Criterio de ordenación:

  • SE DICTA en el mismo y se declara la inconstitucionalidad y nulidad de lo indicado del art. 15.5, por Sentencia 21/1988, de 18 de febrero (Ref. BOE-T-1988-5135).
Referencias anteriores
  • Recurso promovido contra el art. 15.5 de la Ley de 4 de julio de 1984 (Ref. BOE-A-1984-19929).
Materias
  • Comunidad Valenciana
  • Comunidades Autónomas
  • Radiodifusión
  • Televisión
  • Tribunal Constitucional

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