Resolución de 5 de julio de 1984, de la Dirección General de la Marina Mercante, por la que se fija el 31 de agosto de 1984 como fecha límite para solicitar la subvención a la Marina Mercante nacional en los consumos de gasóleo «B» y gasóleo para la navegación, correspondiente al período comprendido desde el 1 de enero de 1984 al 30 de abril del mismo año.
Publicado en:
«BOE» núm. 169, de 16 de julio de 1984, páginas 20868 a 20868 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Transportes, Turismo y Comunicaciones