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Documento BOE-A-1984-12679

Resolución-Circular de 24 de abril de 1984, de la Dirección General de los Registros y del Notariado, sobre formalidades de las minutas arancelarias de los Registradores de la Propiedad y Mercantiles.

Publicado en:
«BOE» núm. 135, de 6 de junio de 1984, páginas 16257 a 16258 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Justicia
Referencia:
BOE-A-1984-12679
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/res/1984/04/24/(3)

TEXTO ORIGINAL

La Resolución-Circular de este Centro directivo de 13 de julio de 1979 estableció, entre otras, normas sobre minutas de honorarios para los Registros de la Propiedad y Mercantiles;

Teniendo en cuenta que el tiempo de aplicación de la referida Resolución aconseja unificar la práctica en la materia, así como abordar algunos problemas que no eran resueltos por la misma;

Vistos los artículos 259 y 260 de la Ley Hipotecaria y 442 de su Reglamento.

Esta Dirección General ha acordado:

Primero-Las minutas de honorarios de los Registradores de la Propiedad y Mercantiles deberán extenderse en un libro talonario de hojas numeradas en el que un ejemplar se entregará al interesado y la matriz quedará en poder del Registrador.

Segundo.-El ejemplar para el interesado y la matriz tendrán idéntico contenido y, como mínimo, deberán expresar todos los requisitos exigidos en la disposición adicional primera del Decreto 3234/1971, de 23 de diciembre, por el que se aprueba el Arancel de los Registradores de la Propiedad. En el ejemplar para el interesado deberá constar el derecho a impugnar la minuta, con expresión de plazo y persona ante quien se haya de formalizar la impugnación, debiendo estar firmado por el Registrador.

Tercero.-En ningún caso podrá en la minuta de honorarios incluirse cantidad alguna referente a lo que los interesados hayan ingresado o deban ingresar en la Oficina Liquidadora.

Se dará cumplimiento a esta Resolución a partir del 1 de julio próximo.

Madrid, 24 de abril de 1984.-El Director general, Gregorio García Ancos.

ANÁLISIS

  • Rango: Resolución
  • Fecha de disposición: 24/04/1984
  • Fecha de publicación: 06/06/1984
  • Efectos desde el 1 de julio de 1984.
Referencias anteriores
  • CITA:
    • Decreto 3234/1971, de 23 de diciembre (Ref. BOE-A-1972-26).
    • Reglamento Hipotecario aprobado por Decreto de 14 de febrero de 1947 (Gazeta) (Ref. BOE-A-1947-3843).
    • Ley Hipotecaria, texto refundido aprobado por Decreto de 8 de febrero de 1946 (Gazeta) (Ref. BOE-A-1946-2453).
Materias
  • Aranceles Profesionales
  • Cuerpo de Registradores de la Propiedad
  • Honorarios profesionales
  • Registro Mercantil
  • Registros de la Propiedad

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