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Documento BOE-A-1979-89

Ley 63/1978, de 26 de diciembre, de Uniformidad de los Ejércitos.

[Disposición derogada]

Publicado en:
«BOE» núm. 3, de 3 de enero de 1979, páginas 78 a 78 (1 pág.)
Sección:
I. Disposiciones generales
Departamento:
Jefatura del Estado
Referencia:
BOE-A-1979-89
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/l/1978/12/26/63

TEXTO ORIGINAL

De conformidad con la Ley aprobada por las Cortes, vengo en sancionar:

Artículo único.

Queda facultado el Ministro de Defensa para regular, por Orden ministerial, previo acuerdo del Consejo de Ministros, todo lo que se refiere a la uniformidad y divisas de los Ejércitos, a propuesta, en cada caso, del Jefe del Estado Mayor correspondiente o del Director General de la Guardia Civil.

En el caso de la Guardia Civil, la disposición será conjunta del Ministerio de Defensa y del de Interior.

Dada en Madrid a veintiséis de diciembre de mil novecientos setenta y ocho.

JUAN CARLOS

El Presidente de las Cortes,

ANTONIO HERNÁNDEZ GIL

ANÁLISIS

  • Rango: Ley
  • Fecha de disposición: 26/12/1978
  • Fecha de publicación: 03/01/1979
  • Fecha de entrada en vigor: 23/01/1979
  • Fecha de derogación: 01/01/1990
Referencias posteriores

Criterio de ordenación:

  • SE DEROGA, por la Ley 17/1989, de 19 de julio (Ref. BOE-A-1989-17199).
  • SE DICTA DE CONFORMIDAD, creando Junta Coordinadora de Uniformidad: la Orden de 21 de marzo de 1979 (Ref. BOE-A-1979-9455).
Materias
  • Cuerpo de la Guardia Civil
  • Ejército de Tierra
  • Ejército del Aire
  • Fuerzas Armadas
  • Marina de Guerra

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