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Documento BOE-A-1979-8095

Resolución de la Dirección General de Trabajo por la que se homologa la adhesión al Convenio General de la Industria Química por la «Asociación Nacional de Fabricantes de Perfumería y Afines».

Publicado en:
«BOE» núm. 71, de 23 de marzo de 1979, páginas 7114 a 7114 (1 pág.)
Sección:
I. Disposiciones generales
Departamento:
Ministerio de Trabajo
Referencia:
BOE-A-1979-8095
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/res/1979/03/06/(2)

TEXTO ORIGINAL

Visto el expediente de adhesión al Convenio General de la Industria Química por la «Asociación Nacional de Fabricantes de Perfumería y Afines» y

Resultando que con fecha 13 de febrero de 1970 la Comisión negociadora del Convenio Colectivo Interprovincial para la Industria de Perfumería y Afines y sus trabajadores, integrada por los representantes sindicales de UGT y CCOO y la «Asociación Nacional de Fabricantes de Perfumería y Afines» acordó la adhesión al Convenio General de la Industria Química homologado por este Centro directivo el día 16 de enero de 1079 y que el ámbito de adhesión será coincidente con la vigencia de dicho Convenio;

Resultando que en la tramitación del expediente se han observado las pertinentes normas reglamentarias;

Considerando que la competencia de esta Dirección General de Trabajo para proceder a la homologación de la adhesión manifestada por la «Asociación Nacional de Fabricantes de Perfumería y Afines» viene determinada por el artículo 71 del Reglamento Orgánico de este Departamento y artículo 17 de la Ley 38/1973, de 19 de diciembre;

Considerando que el referido artículo 17 de la Ley 38/1973, de 19 de diciembre, regula que podrán adherirse a los Convenios Colectivos vigentes una Empresa o grupos de Empresa de las mismas características, siempre que sean de la misma actividad a la del Convenio a que se adhieren, caso que se da en la solicitud contemplada, por lo que procede su homologación, ya que también reúne el requisito de ser una adhesión pura y simple por la totalidad de sus estipulaciones, que admite y desea que les sean aplicadas, normatizando únicamente la forma de realizar el pago de atrasos.

Vistos los preceptos legales citados y demás de general aplicación,

Esta Dirección General acuerda:

Primero.

Declarar firme y vinculante la adhesión de la «Asociación Nacional de Fabricantes de Perfumería y Afines» al Convenio General de la Industria Química, homologado por esta Dirección General con fecha 16 de enero de 1979.

Segundo.

Que en este ámbito de representación el Convenio Colectivo que se homologa no vincula a las Empresas que vinieran rigiéndose por Convenios de Empresas, interprovinciales o de sector, durante la vigencia de los mismos.

Tercero.

Que la homologación del Convenio lo es con la advertencia de que ello se entiende sin perjuicio de los efectos prevenidos en el artículo 3.°, 2 y en el artículo 7.° del Real Decreto-ley 43/1977, de 25 de noviembre.

Cuarto.

Que conforme a lo dispuesto en el artículo lo del Real Decreto-ley 43/1977, de 25 de noviembre, las Empresas, para las que la tabla salarial de este Convenio suponga la superación de los criterios salariales de referencia, deberán notificar y demostrar a esta Dirección General, en el plazo de quince días, su adhesión o separación del mismo. También deberán notificarse la decisión adoptada a los representantes de los trabajadores afectados.

Quinto.

Notificar esta Resolución a los representantes de los trabajadores y de las Empresas, haciéndoles saber que de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 14 de la Ley 38/1973 no procede recurso contra la misma en vía administrativa por tratarse de resolución homologatoria.

Sexto.

Disponer su publicación en el «Boletín Oficial del Estado» y su inscripción en él Registro correspondiente de esta Dirección General.

Madrid, 6 de marzo de 1979.–El Director general, José Miguel Prados Terrientes.

«Asociación Nacional de Fabricantes de Perfumería y Afines».

ANÁLISIS

  • Rango: Resolución
  • Fecha de disposición: 06/03/1979
  • Fecha de publicación: 23/03/1979
Referencias anteriores
Materias
  • Convenios colectivos
  • Perfumería

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