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Documento BOE-A-1979-3554

Orden de 11 de diciembre de 1978 por la que se crea una unidad escolar de Educación General Básica en Biarritz (Francia).

Publicado en:
«BOE» núm. 32, de 6 de febrero de 1979, páginas 3084 a 3084 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Educación y Ciencia
Referencia:
BOE-A-1979-3554

TEXTO ORIGINAL

Ilmos. Sres.: El Convenio suscrito entre el Ministerio de Trabajo y este Departamento, con fecha 29 de julio de 1969, faculta a la Junta de Promoción Educativa de los Emigrantes Españoles para proponer al Ministerio de Educación y Ciencia la creación o supresión de plazas de Profesor para la educación de emigrantes.

Examinada la propuesta que formula la citada Junta de Promoción Educativa, a través de la Secretaría General Técnica del Departamento, para que se cree en Biarritz (Francia) una unidad escolar dependiente de dicha Junta, en sustitución de la que venia funcionando en régimen de dependencia directa de este Departamento;

Teniendo en cuenta que dicha propuesta se ajusta a los términos del referido Convenio, y que las necesidades educativas de nuestros emigrantes, y de modo especial de sus hijos comprendidos en edad escolar obligatoria.

Este Ministerio ha dispuesto:

Primero.

Se crea una unidad escolar de Educación General Básica en Biarritz (Francia).

Segundo.

Se suprime la unidad escolar que funcionaba en dicha ciudad en régimen de dependencia directa de este Departamento

Tercero.

La enseñanza que se imparta será gratuita y tendrá plena validez a todos los efectos académicos.

Cuarto.

El Profesorado nombrado para regentar la plaza que se crea percibirá con cargo al presupuesto de este Departamento el sueldo, trienios, pagas extraordinarias y ayuda familiar que por su situación corresponda, así como el complemento de cuerpo, cuando sean funcionarios de carrera, pero no les será de aplicación la asignación especial de residencia por destino en el extranjero.

En la cuantía de la remuneración complementaria que el Instituto Español de Emigración asigne a los Profesores nombrados se entenderá comprendida la indemnización por vivienda que corresponda abonar a los mismos.

Lo digo a VV. II. para su conocimiento y efectos.

Dios guarde a VV. II.

Mdrid, 11 de diciembre de 1978.–P. D., el Subsecretario, Antonio Fernández-Galiano Fernández.

Ilmo. Sr. Director general de Educación Básica.

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