Ilmo. Sr.: Habiéndose dictado por la Audiencia Nacional, con fecha 24 de enero de 1979, sentencia en el recurso contencioso-administrativo número 40.212, interpuesto por doña María Mato Andrade, sobre concentración parcelaria; sentencia cuya parte dispositiva dice así:
«Fallamos: Que, desestimando el recurso número cuarenta mil doscientos doce, interpuesto por doña María Mato Andrade, accionando por sí y en beneficio de la comunidad que forma con sus hermanos, contra Orden del Ministerio de Agricultura de catorce de febrero de mil novecientos setenta y seis, debemos la misma confirmar y confirmamos por ser ajustada a derecho; sin expresa condena en costas.»
Este Ministerio ha tenido a bien disponer se cumpla en sus propios términos la precitada sentencia.
Lo que comunico a V. I.
Dios guarde a V I. muchos años.
Madrid 5 de octubre de 1979.–P. D, el Subsecretario Luis Mardones Sevilla.
Ilmo. Sr. Subsecretario del Departamento.
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