Está Vd. en

Documento BOE-A-1979-24138

Resolución de la Delegación Provincial de Soria por la que se autoriza el establecimiento de la instalación que se cita.

Publicado en:
«BOE» núm. 244, de 11 de octubre de 1979, páginas 23713 a 23713 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Industria y Energía
Referencia:
BOE-A-1979-24138

TEXTO ORIGINAL

Visto el expediente incoado en esta Delegación Provincial del Ministerio de Industria y Energía de Soria, a petición de «Unión Eléctrica, S. A.», con domicilio en Guadalajara, solicitando autorización y declaración en concreto de utilidad pública, para el establecimiento de un C. T. en Medinaceli, y cumplidos los trámites reglamentarios ordenados en el capítulo III del Decreto 2617/1966 sobre autorización de instalaciones eléctricas, y en el capítulo III del Reglamento, aprobado por Decreto 2619/ 1966, sobre expropiación forzosa y sanciones en materia de instalaciones eléctricas y Ley de 24 de noviembre de 1939 sobre ordenación y defensa de la industria,

Esta Delegación Provincial del Ministerio de Industria y Energía de Soria, a propuesta de la Sección correspondiente, ha resuelto:,

Autorizar a «Unión Eléctrica, S. A.», la instalación citada, cuyas principales características son las siguientes:

El C. T. será tipo caseta construido con muros prefabricados de ladrillo cerámico macizo, albergará dos celdas con capacidad para colocar un transformador de 400 KVA. cada una, aunque por ahora se alojará sólo uno de 125 KVA. en una de ellas, relación de transformación en vacío 15.000 ± 5 por 100/230-133 V.

El cuadro de baja tensión está formado por un panel abierto de 0,90 metros de longitud y 0,60 metros de altura, instalado a un metro de altura; sobre el conjunto de barras generales y salida de cables, irán montados el interruptor general, contador, amperímetro, voltímetro y conmutador de voltímetro.

Declarar en concreto la utilidad pública de la instalación eléctrica que se autoriza a los efectos señalados en la Ley 10/ 1966 sobre expropiación forzosa y sanciones en materia de instalaciones eléctricas, y su Reglamento de aplicación de 20 de octubre de 1966.

Esta instalación no podrá entrar en servicio mientras no cuente el peticionario de la misma con la aprobación de su proyecto de ejecución, previo cumplimiento de los trámites que se señalan en el capítulo IV del citado Decreto 2817/1966, de 20 de octubre.

Soria, 31 de julio de 1979.‒El Delegado provincial.‒8.871-C.

subir

Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado

Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid