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Documento BOE-A-1979-22613

Orden de 6 de septiembre de 1979 por la que se crea una Estación de Investigación y Experimentación del Eucalipto.

Publicado en:
«BOE» núm. 225, de 19 de septiembre de 1979, páginas 21856 a 21856 (1 pág.)
Sección:
I. Disposiciones generales
Departamento:
Ministerio de Agricultura
Referencia:
BOE-A-1979-22613
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/o/1979/09/06/(5)

TEXTO ORIGINAL

Ilustrísimos señores:

El Decreto 1281/1972, de 20 de abril, por el que se aprueba la estructura orgánica del INIA, crea como unidades operacionales de investigación los Centros Regionales de Investigación y Desarrollo Agrarios, señalando que éstos podrán disponer de estaciones periféricas en el ámbito de la región en que desarrollan su actividad.

La Orden del Ministerio de Agricultura de 23 de enero de 1979 sobre ordenación de la investigación agraria establece unos objetivos básicos y unas áreas de actuación preferentes para la investigación agraria, tratando de reorientar e intensificar aquellas que respondan a problemas más relevantes del sector agrario.

En los últimos treinta años se han efectuado espectaculares repoblaciones con especies del género Eucalipto en el Norte y Suroeste de la Península, principalmente, obteniéndose elevadas producciones de madera, que suministran materia prima a numerosas industrias y que economizan al país importantes cantidades de divisas.

El sector agrario y Organismos y Entidades públicas y privadas han venido mostrando, en repetidas ocasiones, su interés en que se potencie la investigación sobre el eucalipto, dadas sus grandes realidades y posibilidades y habida cuenta de la controversia que las plantaciones de dicho género vienen suscitando.

En consecuencia, con el fin de potenciar las actividades de investigación sobre el eucalipto encaminadas a un mejor conocimiento de su comportamiento ecológico, a la aplicación de técnicas modernas en las plantaciones que se realicen y a prestar una mayor atención a las ya efectuadas, parece necesaria la creación de una Estación de Investigación sobre el citado género eucalipto, dependiente del INIA, con sede en Sevilla, con la aportación de medios humanos, materiales y financieros de dicho Organismo, y también del Instituto Nacional para la Conservación de la Naturaleza y de la Dirección General de la Producción Agraria en trabajos concretos de investigación.

En su virtud, he tenido a bien disponer:

1. Se crea la Estación de Investigación del Eucalipto en Sevilla, con ámbito nacional, dependiente del Centro de Investigación y Desarrollo Agrarios de Andalucía. CRIDA-10 del INIA.

2. La actividad fundamental de tal Estación se orientará a estudiar:

a) Efectos ecológicos sobre el medio ambiente de las plantaciones efectuadas.

b) Introducción, ensayo y selección de las especies más adecuadas.

c) Tecnologías de plantación y tratamiento.

d) Técnicas de explotación.

e) Producción y rendimiento económico.

3. La sede de dicha Estación de Investigación será los edificios e instalaciones del Centro de Investigación y Desarrollo Agrarios (CRIDA-10) de Andalucía, del INIA en Sevilla.

4. Se establecerá la debida coordinación entre la actividad de esta Estación y la que desarrollen otras unidades operacionales del INIA, dentro del Programa Nacional de Investigación sobre Producción Forestal, otros Organismos del Ministerio de Agricultura que lleven a cabo una acción de ordenación de fomento o de formación y capacitación agrarias y, finalmente, otras Entidades públicas o privadas y sectores interesados en esta labor investigadora.

5. El INIA, y complementariamente los referidos otros Organismos a través de convenios específicos sobre cada materia a desarrollar, dotarán a dicha Estación, dentro de sus disponibilidades presupuestarias, de los medios materiales y financieros necesarios para la puesta en marcha y desarrollo de las actividades establecidas o que se establezcan, sin que la dotación en medios humanos de la misma suponga incremento o modificación de plantilla orgánica y presupuestaria de personal de tales Organismos.

6. Se autoriza a la Presidencia del INIA a adoptar las resoluciones oportunas para el desarrollo y ejecución de la presente Orden ministerial.

Lo que comunico a VV. II. para su conocimiento y efectos.

Dios guarde a VV. II.

Madrid, 6 de septiembre de 1979.

LAMO DE ESPINOSA

Ilmos. Sres. Presidente del INIA y Directores generales de Capacitación y Extensión Agrarias, Producción Agraria e ICONA.

ANÁLISIS

  • Rango: Orden
  • Fecha de disposición: 06/09/1979
  • Fecha de publicación: 19/09/1979
Referencias anteriores
Materias
  • Instituto Nacional de Investigaciones Agrarias
  • Montes

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