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Documento BOE-A-1979-21120

Orden de 4 de agosto de 1979 por la que se adiciona el epígrafe 9454 a las Tarifas de Licencia Fiscal del Impuesto Industrial.

Publicado en:
«BOE» núm. 207, de 29 de agosto de 1979, páginas 20248 a 20248 (1 pág.)
Sección:
I. Disposiciones generales
Departamento:
Ministerio de Hacienda
Referencia:
BOE-A-1979-21120
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/o/1979/08/04/(2)

TEXTO ORIGINAL

Ilustrísimo señor:

En consideración a la propuesta elevada por la Junta Superior Consultiva de la Licencia Fiscal del Impuesto Industrial, de 12 de julio de 1979, este Ministerio se ha servido disponer:

Primero.

Adición a las Tarifas del epígrafe 9454 con la siguiente redacción:

«Epígrafe 9454. Servicios prestados por el propio esteticista en su domicilio, habilitando al efecto un gabinete o cabina estética.

Imagen: /datos/imagenes/disp/1979/207/21120_11028377_image1.png

A este epígrafe le es de aplicación la norma K).»

Segundo.

Este epígrafe entrará en vigor el 1 de enero de 1980.

Lo que comunico a V. I. para su conocimiento y efectos.

Dios guarde a V. I. muchos años.

Madrid, 4 de agosto de 1979.

GARCIA AÑOVEROS

Ilmo. Sr. Director general de Tributos.

 

ANÁLISIS

  • Rango: Orden
  • Fecha de disposición: 04/08/1979
  • Fecha de publicación: 29/08/1979
  • Fecha de entrada en vigor: 01/01/1980
Referencias anteriores
  • AÑADE el Epigrafe 9454 a las tarifas aprobadas por Orden de 6 de junio de 1974 (Ref. BOE-A-1974-998).
Materias
  • Impuesto sobre Actividades y Beneficios Comerciales e Industriales
  • Institutos de belleza
  • Tarifas

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