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Ilmo. Sr.: Habiéndose dictado por la Audiencia Territorial de Madrid, con fecha 15 de febrero de 1979, sentencia firme en el recurso contencioso-administrativo número 1544/76, interpuesto por don José Manuel de Benito Gil, sobre reconocimiento do servicios prestados; sentencia cuya parte dispositiva dice así:
«Fallamos: Que, desestimando el recurso contencioso-administrativo interpuesto por el Letrado don Fernando Palacín Gómez, en nombre y representación de don José Manuel de Benito Gil, contra Resolución de diez de agosto de mil novecientos setenta y seis del Subsecretario del Ministerio de Agricultura, desestimando el recurso de reposición contra otra de diez de julio de mil novecientos setenta y cinco, desestimatoria de la petición del actor de reconocimiento de servicios prestados a la Administración con posterioridad a uno de octubre de mil novecientos sesenta y cinco y antes de su ingreso en el Cuerpo de Ingenieros Agrónomos, debemos declarar y declaramos no haber lugar al mismo por estar ajustados al ordenamiento jurídico los acuerdos recurridos; sin hacer especial condena en costas.»
Este Ministerio ha tenido a bien disponer se cumpla en sus propios términos la precitada sentencia.
Lo que comunico a V. I.
Dios guarde a V. I. muchos años.
Madrid, 10 de mayo de 1979.—P. D., el Subsecretario, Luis Mardones Sevilla.
Ilmo. Sr. Subsecretario del Departamento.
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