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Documento BOE-A-1978-24821

Orden de 27 de septiembre de 1978 por la que se regula la forma de entrada en vigor de la Orden de 23 de junio de 1978, relativa a declaraciones de porte.

[Disposición derogada]

Publicado en:
«BOE» núm. 234, de 30 de septiembre de 1978, páginas 22793 a 22793 (1 pág.)
Sección:
I. Disposiciones generales
Departamento:
Ministerio de Transportes y Comunicaciones
Referencia:
BOE-A-1978-24821

TEXTO ORIGINAL

Ilustrísimo señor:

La Orden de este Departamento de 23 de junio de este año estableció la obligación, para los vehículos provistos de determinados tipos de autorizaciones de transporte, de cumplimentar la Declaración Administrativa de Porte, conteniendo previsiones sobre su regulación y facultando a la Dirección General de Transportes Terrestres para adoptar las medidas que lo dispuesto en la Orden requiriese.

Ejecutado ya lo previsto, respecto a los vehículos autorizados para el transporte privado de mercancías, por la Resolución de la Dirección General de Transportes Terrestres de 19 de julio de 1978 («Boletín Oficial del Estado» del 28), se ha puesto en marcha el procedimiento adecuado para lograr los fines previstos, en la Orden de 23 de junio.

Ahora bien, la experiencia ya adquirida ha puesto de relieve que la total implantación del sistema requiere la adaptación de la actual organización administrativa y, en suma supone un proceso gradual con la ampliación de los plazos previstos originariamente por la Orden.

En su virtud, este Ministerio ha dispuesto:

Artículo 1.

La exigencia de la adquisición y utilización de la Declaración Administrativa de Porte, prevista en la Orden ministerial de 23 de junio de 1978, será obligatoria para cada uno de los tipos de Declaración Administrativa de Porte que se establezcan por la Dirección General de Transportes Terrestres desde la fecha en que sé fije la misma.

Artículo 2.

Se faculta a la Dirección General de Transportes Terrestres para que en un plazo de seis meses, a partir de la publicación de esta Orden, apruebe de modo sucesivo los modelos oficiales de los diferentes tipos de Declaración Administrativa de Porte y fije las fechas de su entrada en vigor. Los modelos deberán ser publicados en el «Boletín Oficial del Estado».

Artículo 3.

En tanto no se llegue a implantar la obligatoriedad de la Declaración Administrativa de Porte seguirá en vigor la de utilizar las Hojas de Ruta.

Lo que comunico a V. I. para su conocimiento y efectos.

Dios guarde a V. I.

Madrid, 27 de septiembre de 1978.

SANCHEZ-TERAN

Ilmo. Sr. Director general de Transportes Terrestres.

ANÁLISIS

  • Rango: Orden
  • Fecha de disposición: 27/09/1978
  • Fecha de publicación: 30/09/1978
  • Fecha de derogación: 28/10/1990
Referencias posteriores

Criterio de ordenación:

  • SE DEROGA, por Real Decreto 1211/1990, de 28 de septiembre (Ref. BOE-A-1990-24442).
  • SE DICTA DE CONFORMIDAD, modificando el plazo de Visado de determinadas Autorizaciones: Resolución de 14 de noviembre de 1978 (Ref. BOE-A-1978-28747).
Referencias anteriores
Materias
  • Mercancías
  • Transportes terrestres

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