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Documento BOE-A-1978-1517

Orden de 3 de octubre de 1977 por la que se convocan exámenes para la habilitación de Guías y Guías-Intérpretes insulares de Lanzarote.

Publicado en:
«BOE» núm. 15, de 18 de enero de 1978, páginas 1248 a 1250 (3 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Comercio y Turismo
Referencia:
BOE-A-1978-1517

TEXTO ORIGINAL

Excmo. e Ilmo. Sres.: Por ser preciso proceder a la habilitación de Guías y Guías-Intérpretes insulares de Lanzarote,

Este Ministerio tiene a bien disponer:

Se convocan exámenes para la habilitación de dichos profesionales, de confomidad con lo dispuesto en el vigente Reglamento Regulador del Ejercicio de Actividades Turístico-Informativas Privadas, de 31 de enero de 1964, («Boletín Oficial del Estado» de 20 de febrero), con arreglo a las siguentes bases:

Primera.

Para tomar parte en dichos exámenes deberán reunir las siguientes condiciones:

a) Poseer la nacionalidad española.

b) Ser mayor de edad.

c) Los aspirantes a Guías-Intérpretes deberán dominar al menos, un idioma extranjero.

d) Los Guías deberán estar en posesión del título de Bachiller Elemental y los Guías-Intérpretes del de Bachiller Superior. A tales efectos se consideran equiparables a los expresados títulos aquellos que así determinen las disposiciones vigentes dictadas por el Ministerio de Educación y Ciencia, debiendo presentar los interesados fotocopia del título requerida o certificado del Ministerio de Educación y Ciencia, en que se acredite la equiparación del título poseído con el exigido para tomar parte en dichos exámenes.

Segunda.

Los aspirantes a examen deberán presentar dentro del plazo de treinta días hábiles siguientes al de la publicación de la presente Orden en el «Boletín Oficial del Estado» y ante la Delegación de la Secretaría de Estado de Turismo en Las Palmas, instancia debidamente reintegrada, dirigida al Secretario de Estado de Turismo y en la que, solicitando ser admitidos a examen, expresen:

a) Que reúnen todas y cada una de las condiciones exigidas, referidas siempre a la fecha de expiración del plazo señalado para la presentación de instancias.

b) Los títulos o méritos especiales que posean.

c) Los aspirantes o Guías-Intérpretes deberán especificar los idiomas en que desean examinarse y los que alegan como mérito.

d) Que han satisfecho la cantidad de 500 pesetas en concepto de derechos de examen, acompañando el oportuno justificante.

Tercera.

No obstante lo establecido en la base anterior, y de conformidad con lo previsto por el artículo 66 de la vigente Ley de Procedimiento Administrativo de 17 de julio de 1958, conforme a las modificaciones introducidas en la misma por Ley 164/1963, de 2 de diciembre, los interesados podrán presentar también sus instancias, bien en los Gobiernos Civiles, bien en las Oficinas de Correos y hacer efectivo, mediante giro postal o telegráfico, el importe de los derechos de examen; en cuanto a las instancias suscritas por los españoles en el extranjero, pueden cursarse ante las representaciones diplomáticas o consulares españolas correspondienes.

Cuarta.

El Tribunal que habrá de juzgar y calificar los ejercicios, estará presidido por el Director general de Empresas y Actividades Turísticas que podrá delegar su representación en el Delegado de la Secretaría de Estado de Turismo en Los Palmas. Formarán parte del mismo como vocales el Jefe de la Sección de Formación Profesional y dos profesores de Universidad o, en su defecto, de Instituto, y actuará como Secretario el Jefe de la Oficina de Turismo de Arrecife.

Quinta.

Transcurrido el plazo de recepción de instancias, se publicará en el «Boletín Oficial del Estado» la lista de aspirantes admitidos a la práctica de los correspondientes exámenes y la de excluidos si los hubiere.

Sexta.

Conocida la lista definitiva de aspirantes admitidos a examen, se anunciará en el «Boletín Oficial del Estado» la composición del Tribunal.

Séptima.

Los exámenes se celebrarán en Arrecife, capital, debiendo anunciarse en el «Boletín Oficial del Estado» con una antelación mínima de quince días, la fecha, hora y lugar del comienzo del primer ejercicio, sin que pueda exceder de ocho meses el tiempo comprendido entre dicha fecha y el de publicación de la convocatoria.

Octava.

En el ejercicio oral, cada aspirante deberá contestar dos temas, uno sobre «Itinerarios y datos turísticos» y otro sobre «Legislación y organización turística». Dichos temas deberán ser desarrollados en el tiempo máximo y conjunto de media hora y serán extraídos a la suerte por el examinando de entre los que integran el programa que se publica a continuación como anexo I de la presente convocatoria.

En el ejercicio escrito se desarrollarán, en el tiempo máximo y conjunto de dos horas, dos temas, uno sobre «Arte y folklore» y otro sobre «Geografía, Historia y Literatura», los cuales serán extraídos a la suerte de entre los que integran el programa que se publica a continuación como anexo II de la presente convocatoria.

Novena.

Los exámenes para la habilitación de Guías-Intérpretes constarán de los ejercicios oral y escrito indicados en la bese anterior, que se realizarán en la forma expresada en la misma e irán precedidos de una prueba de idiomas.

En la prueba de idiomas, los aspirantes efectuarán, en el idioma que hubieren especificado en su instancia, la lectura y traducción sucesiva de un texto sobre materia turística o artística, elegido por la suerte de entre los seleccionados previamente por el Tribunal, manteniéndose a continuación una conversación de diez minutos.

Los aspirantes a Guías-Intérpretes que no superen la prueba de idiomas exigidos preceptivamente, podrán practicar, si así lo solicitan de forma expresa, los ejercicios oral y escrito, en su caso, a fin de ser habilitados si los aprobase, como Guías.

Décima.

Terminados los exámenes el Tribunal redactará la lista de aspirantes declarados aptos y elevará al excelentísimo señor Secretario de Estado de Turismo, a través de la Dirección General de Empresas y Actividades Turísticas, la correspondiente propuesta para la habilitación de aquellos que, una vez aprobada, se publicará en el «Boletín Oficial del Estado».

Undécima.

Los aspirantes propuestos por el Tribunal deberán aportar ante la Dirección General de Empresas y Actividades Turísticas, por cualquiera de los conductos a que se refieren las bases segunda y tercera, dentro del plazo de treinta días hábiles a partir de la publicación de la propuesta, los documentos siguientes:

a) Certificación del acta de nacimiento, debidamente legalizada en su caso.

b) Certificado negativo de antecedentes penales.

c) Certificado médico oficial acreditativo de no padecer enfermedad contagiosa ni defecto físico que imposibilite para el ejercicio de la profesión.

d) Testimonio del título de. Bachiller Elemental o del de Bachiller Superior, según se trate de Guías o Guías-Intérpretes respectivamente, y, en caso de aportar título distinto, certificado del Ministerio de Educación y Ciencia en que se acredite que éste ha sido equiparado al de Bachiller Elemental o al de Bachiller Superior

e) Los documentos que acrediten la posesión de los títulos o méritos invocados por el solicitante.

f) Tres fotografías tamaño carné.

Los que fueren funcionarios públicos podrán suplir la presentación de dichos documentos, a excepción de las fotografías, por certificado del Ministerio u Organismo de que dependan, siempre que del mismo resulten suficientemente acreditadas las circunstancias a que se refiere el número anterior.

Quienes dentro del plazo arriba indicado, salvo los casos de fuerza mayor, no presentaran su documentación, no podrán ser habilitados, quedando anuladas todas sus actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad en que hubieran podido incurrir por la falsedad en la instancia a que se refiere la base segunda.

Duodécima.

En lo no específicamente prevenido en las bases anteriores, serán de aplicación las normas de carácter general establecidas por el Decreto 1411/1968, de 27 de junio, sobre oposiciones y concursos, así como el capítulo segundo, título II, del vigente Reglamentó Regulador del Ejercicio de Actividades Turístico-lnformativas Privadas, de 31 de enero de 1964.

Lo que comunico a V. E. y a V. I. para su conocimiento y efectos.

Dios guarde a V. E y a V. I. muchos años.

Madrid, 3 de octubre de 1977.

GARCIA DIEZ

Excmo. Sr. Secretario de Estado de Turismo e ilustrísimo señor Director general de Empresas y Actividades Turísticas.

ANEXO I
Temario para el primer ejercicio que han de realizar los aspirantes a Guías y Guías-Intérpretes insulares de Lanzarote

Itinerarios y datos turísticos

Tema 1. Líneas aéreas servidas por compañías españolas.–Líneas atendidas por compañías de aviación extranjeras con escala en España. Clases de tarifas y billetes.

Tema 2. Líneas marítimas.–Servicios de la Península a las provincias insulares y africanas.–Servicios internacionales en España.

Tema 3. Comunicaciones marítimas de Lanzarote con la Península y el resto del archipiélago.–Transporte de vehículos en barco.–Comunicacones aéreas con la Península y con el archipiélago.

Tema 4. Itinerario práctico para la visita urgente de la isla de Lanzarote.

Tema 5. Plan para la visita detenida de la isla en atención a la importancia turística de los lugares a visitar.

Tema 6. Excursión marítima a la isla de Gran Canaria.

Tema 7. Hoteles, restaurantes, espectáculos, salas de fiesta de la capital y de la isla.

Tema 8. Turismo deportivo en Lanzarote. Deportes tradicionales y deportes actuales. Pesca submarina, balandrismo, campings, etc.

Tema 9. Documentación turística sobre Lanzarote. Guías más importantes, mapas, planos e itinerarios, etc.

Legislación y organización turística

Tema 1. Breve noción de la Secretaría de Estado de Turismo.–Direcciones Generales de Ordenación del Turismo y de Empresas y Actividades Turísticas.–Finalidad y funciones de las Oficnas de Información del Turismo dependientes de esta Secretarla de Estado.–Red de las mismas en España y en el extranjero.–Instituto Español de Turismo.–Escuela Oficial de Turismo.

Tema 2. Hostelería y su clasificación por categorías.–Precios y servicios.–Campings, su reglamentación, su clasificación y categoría.

Tema 3. La Administración Turística Española.–Rutas nacionales.–Establecimientos turísticos del Estado: Albergues, paradores, hosterías, refugios, burgos y mesones.–Características diferenciales principales; servicios, precios y emplazamiento de los mismos.–Cotos nacionales de caza y pesca.–Emplazamiento.

Tema 4. Reglamento de Guías, Guías-Intérpretes y Correos de Turismo.–Etica profesional.–Derechos y obligaciones. Sanciones.

Tema 5. Delegaciones Provinciales de este Ministerio.–Funciones en relación con la hostelería, agencias de viajes. Guías, Guías-Intérpretes y Correos de Turismo.

Tema 6. Documentación obligatoria de los extranjeros para su entrada en España.–Pasaportes y visados.–Facilidades para la exportación de artículos españoles manufacturados y adquiridos por turistas.–Seguro turístico.

Tema 7. Régimen de divisas.–Cantidades autorizadas.–Aduanas.–Entrada y salida de vehículos en España con carácter temporal.–Matrícula turística.

Tema 8. El Seguro Turístico.–Condiciones generales y particulares para la contratación del seguro.–Tarifas de aplicación del seguro turístico e instrucciones sobre las mismas.

ANEXO II
Temario para el segundo ejercicio que han de realizar los aspirantes a Guías y Guías-Intérpretes insulares de Lanzarote

Geografía, Historia y Literatura

Tema 1. Situación y características generales de las islas Canarias, con especial referencia a la isla de Lanzarote.–Elementos geográfico-geológicos.–Extensión y número de habitantes de la isla de Lanzarote.

Tema 2. Características del paisaje en Lanzarote.–Sitios de altura, lugares y bellezas naturales.–Costas, playas y puertos.

Tema 3. Historia del archipiélago canario hasta su descubrimiento.–Principales teorías acerca de la raza de los aborígenes de Canarias.

Tema 4. Breve historia de las islas Canarias a partir de su incorporación a Castilla.

Tema 5. España en el comienzo de la Edad Moderna.–Los Reyes Católicos.–La unidad peninsular.–Política mediterránea de los Reyes Católicos.–La estructura política y social de España bajo los Reyes Católicos,

Tema 8. Descubrimiento y conquista de América.–Cristóbal Colón.–La época de los descubrimientos.–La colonización. El sistema colonial y las Leyes de Indias.

Tema 7. La Casa de Austria.–Carlos l y Felipe II. La decadencia de España durante el siglo XVII.–Felipe III, Felipe IV y Carlos II.–Planteamiento de la sucesión a la Corona española.

Tema 8. El siglo XVIII: La Guerra de Sucesión.–Reinado de Felipe V y Fernando VI.–Los pactos de familia y la política de neutralidad.

Tema 9. El siglo XVIII: Reinado de Carlos III y la política reformista de la Ilustración.–Reinado de Carlos IV.–España ante la revolución francesa.

Tema 10. El siglo XIX: La guerra de la Independencia y el reinado de Fernando VII.–La época de Isabel II.–Las Guerras Carlistas.–De la revolución de 1868 hasta el final de la Primera República.–La Restauración: Reinado de Alfonso XII y regencia de María Cristina.

Tema 11. El siglo XX: Reinado de Alfonso XIII.–La segunda República española.–La guerra civil.–La época de Franco.–La España actual.–Sistema de Gobierno.–Legislación laboral española.

Tema 12. Los orígenes de la literatura española.–La literatura castellana en la Edad Media.–La épica y la lírica.–El siglo XV.–Los romances.

Tema 13. El Renacimiento.–La novela de caballería.–La importancia de Cervantes.–«Don Quijote de la Mancha».–El Siglo de Oro de la literatura española.

Tema 14. El romanticismo en la literatura española.–La novela en el siglo XIX español.–El naturalismo.–Galdós y los Episodios Nacionales.–La generación del 98.

Tema 15. La literatura española desde 1920 hasta la actualidad.–La filosofía y los grandes ensayistas.–El teatro en España.–La novela actual.

Tema 16. Los grandes premios literarios en España.–La Asociación Internacional de Escritores de Turismo.–Libros de viajes por España de autores españoles y extranjeros.

Arte y floklore

Tema 1. Nociones generales de historia del arte y teoría de los estilos clásico, románico, gótico, renacimiento y barroco. Manifestaciones más importantes de estos estilos en el archipiélago canario.

Tema 2. Manifestaciones artísticas de la civilización guanche.

Terna 3. Examen de conjunto de la riqueza artística de la provincia de Gran Canaria, con especial mención a la isla de Lanzarote.

Tema 4. Los grandes maestros de la pintura española.

Tema 5. Los grandes escultores españoles.–La escultura en madera policromada.

Tema 6. Artes decorativas y populares.–Artesanía y cerámica.

Tema 7. Fiestas principales en Lanzarote.–Cantos y danzas de la isla.

Tema 8. El traje y la vivienda popular en Lanzarote.–Gastronomía y vinos.–Tradiciones y leyendas de la isla de Lanzarote.

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