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Documento BOE-A-1978-10609

Real Decreto 807/1978, de 27 de marzo, por el que se autoriza la subrogación del Instituto Nacional de Urbanización en las actuaciones realizadas por el Instituto Nacional de la Vivienda al amparo del Decreto-ley 7/1970, de 27 de junio (ACTURES).

Publicado en:
«BOE» núm. 98, de 25 de abril de 1978, páginas 9564 a 9565 (2 págs.)
Sección:
I. Disposiciones generales
Departamento:
Ministerio de Obras Públicas y Urbanismo
Referencia:
BOE-A-1978-10609

TEXTO ORIGINAL

De acuerdo con lo establecido en el Decreto-ley siete/mil novecientos setenta, de veintisiete de junio, se encomendaron al Instituto Nacional de la Vivienda diversas actuaciones de carácter urbanístico para hacer frente a la demanda de viviendas sociales en las grandes concentraciones urbanas y disponer de suelo urbanizado a precio razonable, según decía el preámbulo de esta disposición. Dicho Instituto efectuó a la entonces Gerencia de Urbanización los oportunos encargos para la realización de las operaciones precisas en orden a la expropiación y urbanización de los terrenos afectados por estas actuaciones, conforme a lo establecido en el artículo uno punto cuatro de dicho Decreto-ley.

Prevenía tal disposición que en las expropiaciones y demás actuaciones a que el mismo se refería podrían actuar como expropiantes y gestores tanto el Instituto Nacional de la Vivienda como el hoy Instituto Nacional de Urbanización, aparte de otros Organismos y Entidades.

Con el fin de lograr una división de trabajo, separando en lo posible las funciones anejas a la gestión de las de ordenación y urbanización de terrenos y para así conseguir que estas actuaciones se inspiren en los principios de economía, celeridad y eficacia consagrados por la Ley de Procedimiento Administrativo, es de suma conveniencia que cese en estas actuaciones el Instituto Nacional de la Vivienda, encomendándolas plenamente el Instituto Nacional de Urbanización, como Organo de la Administración especialmente dotado para los fines inmediatos que con las actuaciones se persigue.

En su virtud, a propuesta del Ministro de Obras Públicas y Urbanismo y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día veintidós de marzo de mil novecientos setenta y ocho.

DISPONGO:

Artículo 1.

Las actuaciones urbanísticas iniciadas por el Instituto Nacional de la Vivienda al amparo de lo establecido en el Decreto-ley siete/mil novecientos setenta, de veintisiete de junio, se encomiendan el Instituto Nacional de Urbanización, que se subrogará en lugar del de la Vivienda, considerándole a todos los efectos como Organo expropiante y gestor en tales actuaciones con las competencias y funciones atribuidas a éstos en tal disposición.

Artículo 2.

La subrogación que por este Decreto se ordena se llevará a efecto entendiendo que los derechos y obligaciones que de la misma se deriven serán asumidos íntegramente y con plenitud de efectos por el Instituto Nacional de Urbanización, ya provengan de expedientes, contratos u operaciones propios o asumidos en virtud de los convenios o encargos otorgados por el Instituto Nacional de la Vivienda.

Como consecuencia de dicha subrogación, el Instituto Nacional de Urbanización se entenderá a todos los efectos y en todo momento como único titular de las referidas actuaciones y podrá ejercitar las correspondientes funciones de acuerdo con sus normas orgánicas.

Artículo 3.

Se faculta al Ministerio de Obras Públicas y Urbanismo para dictar las disposiciones o resoluciones necesarias para la debida eficacia de lo dispuesto en este Decreto, así como para resolver las cuestiones de toda índole que puedan derivarse de esta subrogación.

Artículo 4.

Quedan derogadas las disposiciones que se opongan a lo dispuesto en este Decreto, que entrará en vigor el mismo día de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

Dado en Madrid a veintisiete de marzo de mil novecientos setenta y ocho.

JUAN CARLOS

El Ministro de Obras Públicas y Urbanismo,

JOAQUIN GARRIGUES WALKER

ANÁLISIS

  • Rango: Real Decreto
  • Fecha de disposición: 27/03/1978
  • Fecha de publicación: 25/04/1978
  • Fecha de entrada en vigor: 25/04/1978
Referencias anteriores
  • DE CONFORMIDAD con el Decreto-ley 7/1970, de 27 de junio (Ref. BOE-A-1970-711).
  • CITA Ley sobre procedimiento administrativo, de 17 de julio de 1958 (Gazeta) (Ref. BOE-A-1958-11341).
Materias
  • Instituto Nacional de la Vivienda
  • Instituto Nacional de Urbanización
  • Urbanismo

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