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Documento DOUE-L-2017-82313

Decisión (UE) 2017/2182 del Consejo, de 20 de noviembre de 2017, relativa a la firma, en nombre de la Unión Europea, de un Acuerdo en forma de Canje de Notas entre la Unión Europea y el Reino de Noruega sobre preferencias comerciales adicionales en el sector de los productos agrícolas.

Publicado en:
«DOUE» núm. 309, de 24 de noviembre de 2017, páginas 1 a 2 (2 págs.)
Departamento:
Unión Europea
Referencia:
DOUE-L-2017-82313

TEXTO ORIGINAL

EL CONSEJO DE LA UNIÓN EUROPEA,

Visto el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea, y en particular su artículo 207, apartado 4, párrafo primero, en relación con su artículo 218, apartado 5,

Vista la propuesta de la Comisión Europea,

Considerando lo siguiente:

(1)

El artículo 19 del Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo («Acuerdo sobre el EEE») dispone que las Partes contratantes se comprometen a proseguir sus esfuerzos con miras a conseguir una liberalización progresiva del comercio agrícola.

(2)

El 18 de noviembre de 2014, el Consejo autorizó a la Comisión a entablar negociaciones con Noruega con miras a lograr una mayor liberalización del comercio bilateral de productos agrícolas, en virtud del artículo 19 del Acuerdo sobre el EEE. Las negociaciones concluyeron satisfactoriamente, rubricándose el 5 de abril de 2017 el Acuerdo en forma de Canje de Notas entre la Unión Europea y el Reino de Noruega sobre preferencias comerciales adicionales en el sector de los productos agrícolas (en lo sucesivo, «Acuerdo»).

(3)

Procede firmar el Acuerdo en nombre de la Unión, a reserva de su celebración.

HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN:

Artículo 1

Queda autorizada la firma, en nombre de la Unión, del Acuerdo en forma de Canje de Notas entre la Unión Europea y el Reino de Noruega sobre preferencias comerciales adicionales en el sector de los productos agrícolas (en lo sucesivo, «Acuerdo»), a reserva de su celebración en una fecha posterior (1).

Artículo 2

Se autoriza al presidente del Consejo para que designe a la persona o personas facultadas para firmar el Acuerdo en nombre de la Unión.

Artículo 3

La presente Decisión entrará en vigor el día de su adopción.

Hecho en Bruselas, el 20 de noviembre de 2017.

Por el Consejo

El Presidente

M. MAASIKAS

____________________________

(1) El texto del Acuerdo se publicará en el Diario Oficial junto con la Decisión relativa a su celebración.

ANÁLISIS

Referencias posteriores

Criterio de ordenación:

  • SE DICTA EN RELACIÓN sobre celebración del Acuerdo: Decisión 2018/760, de 14 de mayo (Ref. DOUE-L-2018-80853).
Materias
  • Acuerdos internacionales
  • Comercio extracomunitario
  • Espacio Económico Europeo
  • Noruega
  • Productos agrícolas
  • Unión Europea

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