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Documento DOUE-L-2017-80707

Reglamento de Ejecución (UE) 2017/630 de la Comisión, de 3 de abril de 2017, por el que se modifica por 264ª vez el Reglamento (CE) nº 881/2002 del Consejo por el que se imponen determinadas medidas restrictivas específicas dirigidas contra determinadas personas y entidades asociadas con las organizaciones EEIL (Daesh) y Al-Qaida.

Publicado en:
«DOUE» núm. 90, de 4 de abril de 2017, páginas 6 a 7 (2 págs.)
Departamento:
Unión Europea
Referencia:
DOUE-L-2017-80707

TEXTO ORIGINAL

LA COMISIÓN EUROPEA,

Visto el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea,

Visto el Reglamento (CE) n.o 881/2002 del Consejo, de 27 de mayo de 2002, por el que se imponen determinadas medidas restrictivas específicas dirigidas contra determinadas personas y entidades asociadas con las organizaciones EEIL (Daesh) y Al-Qaida (1), y en particular su artículo 7, apartado 1, letra a), y su artículo 7 bis, apartado 5,

Considerando lo siguiente:

(1)

En el anexo I del Reglamento (CE) n.o 881/2002 figura la lista de personas, grupos y entidades a los que afecta la congelación de fondos y recursos económicos de conformidad con ese mismo Reglamento.

(2)

El 29 de marzo de 2017, el Comité de Sanciones del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas (CSNU) decidió modificar una entrada de la lista de personas, grupos y entidades a quienes debe aplicarse la congelación de fondos y recursos económicos. Procede, por tanto, modificar el anexo I del Reglamento (CE) n.o 881/2002 en consecuencia.

HA ADOPTADO EL PRESENTE REGLAMENTO:

Artículo 1

El anexo I del Reglamento (CE) n.o 881/2002 queda modificado con arreglo a lo dispuesto en el anexo del presente Reglamento.

Artículo 2

El presente Reglamento entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea.

El presente Reglamento será obligatorio en todos sus elementos y directamente aplicable en cada Estado miembro.

Hecho en Bruselas, el 3 de abril de 2017.

Por la Comisión,

en nombre del Presidente,

Director en funciones del Servicio de Instrumentos de Política Exterior

_________________________

(1) DO L 139 de 29.5.2002, p. 9.

ANEXO

.

En el anexo I del Reglamento (CE) n.o 881/2002, los datos de identificación de la entrada «Radi Abd El Samie Abou El Yazid El Ayashi (alias Mera'i). Dirección: Via Cilea 40, Milán, Italia (domicilio). Fecha de nacimiento: 2.1.1972. Lugar de nacimiento: El Gharbia, Egipto. Información complementaria: a) detenido en Italia, su puesta en libertad está prevista para el 6.1.2012; b) será expulsado de Italia tras el cumplimiento de su sentencia. Fecha de designación conforme al artículo 2 bis, apartado 4, letra b): 12.11.2003.», bajo el epígrafe «Personas físicas» se sustituye por el texto siguiente:

«Radi Abd El Samie Abou El Yazid El Ayashi (alias Mera'i). Dirección: Via Cilea 40, Milán, Italia (domicilio). Fecha de nacimiento: 2.1.1972. Lugar de nacimiento: Gobernación de Gharbia, Egipto. Nacionalidad: a) egipcia. Fecha de designación conforme al artículo 7 quinquies, apartado 2, letra i): 12.11.2003.».

ANÁLISIS

Referencias anteriores
  • MODIFICA el anexo I del Reglamento 881/2002, de 27 de mayo (Ref. DOUE-L-2002-80901).
Materias
  • Cooperación internacional
  • Cuentas bloqueadas
  • Delincuencia organizada
  • Sanciones
  • Terrorismo

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