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Documento DOUE-L-2017-80506

Reglamento de Ejecución (UE) 2017/472 de la Comisión, de 15 de marzo de 2017, por el que se modifica el Reglamento (UE) 2016/2080 en lo que respecta a los plazos de presentación de licitaciones.

Publicado en:
«DOUE» núm. 73, de 18 de marzo de 2017, páginas 5 a 6 (2 págs.)
Departamento:
Unión Europea
Referencia:
DOUE-L-2017-80506

TEXTO ORIGINAL

LA COMISIÓN EUROPEA,

Visto el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea,

Visto el Reglamento (UE) n.o 1308/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 17 de diciembre de 2013, por el que se crea la organización común de mercados de los productos agrarios y por el que se derogan los Reglamentos (CEE) n.o 922/72, (CEE) n.o 234/79, (CE) n.o 1037/2001 y (CE) n.o 1234/2007 (1),

Visto el Reglamento de Ejecución (UE) 2016/1240 de la Comisión, de 18 de mayo de 2016, por el que se establecen disposiciones de aplicación del Reglamento (UE) n.o 1308/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo en lo que atañe a la intervención pública y a la ayuda para el almacenamiento privado (2), y en particular su artículo 28,

Considerando lo siguiente:

(1)

El Reglamento de Ejecución (UE) 2016/2080 de la Comisión (3) abrió la venta de leche desnatada en polvo mediante procedimiento de licitación. Preveía dos licitaciones parciales al mes, salvo en los meses de agosto y diciembre.

(2)

La experiencia adquirida con las licitaciones parciales realizadas hasta el momento ha puesto de manifiesto el limitado interés que suscitan en las condiciones actuales del mercado. Por tanto, procede reducir el número de plazos de presentación de licitaciones a uno por mes. Sobre la base de un análisis de costes y beneficios, ya no está justificado prever un plazo en el mes de agosto.

(3)

Procede, por tanto, modificar el Reglamento de Ejecución (UE) 2016/2080 en consecuencia.

(4)

Las medidas previstas en el presente Reglamento se ajustan al dictamen del Comité de la Organización Común de Mercados Agrarios.

HA ADOPTADO EL PRESENTE REGLAMENTO:

Artículo 1

El artículo 2, apartado 2, del Reglamento de Ejecución (UE) 2016/2080 se sustituye por el texto siguiente:

«2. El plazo de presentación de licitaciones para las licitaciones parciales siguientes comenzará el primer día hábil siguiente al de la expiración del plazo anterior. Finalizará a las 11:00 horas (hora de Bruselas) del tercer martes de cada mes. No obstante, el plazo que comienza en julio finalizará a las 11:00 horas (hora de Bruselas) del tercer martes de septiembre y en agosto no comenzará plazo alguno. En diciembre el plazo finalizará a las 11:00 horas (hora de Bruselas) del segundo martes. Si el martes coincide con un día festivo, el plazo vencerá a las 11:00 horas (hora de Bruselas) del día hábil anterior.».

Artículo 2

El presente Reglamento entrará en vigor a los tres días de su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea.

El presente Reglamento será obligatorio en todos sus elementos y directamente aplicable en cada Estado miembro.

Hecho en Bruselas, el 15 de marzo de 2017.

Por la Comisión,

en nombre del Presidente,

Phil HOGAN

Miembro de la Comisión

___________

(1) DO L 347 de 20.12.2013, p. 671.

(2) DO L 206 de 30.7.2016, p. 71.

(3) Reglamento de Ejecución (UE) 2016/2080 de la Comisión, de 25 de noviembre de 2016, por el que se abre la venta de leche desnatada en polvo mediante procedimiento de licitación (DO L 321 de 29.11.2016, p. 45).

ANÁLISIS

Referencias anteriores
  • SUSTITUYE el art. 2.2 del Reglamento 2016/2080, de 25 de noviembre (Ref. DOUE-L-2016-82220).
Materias
  • Leche
  • Organismo de intervención
  • Organización Común de Mercado
  • Procedimiento administrativo
  • Productos lácteos
  • Venta

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