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Documento DOUE-L-2015-80950

Reglamento de Ejecución (UE) 2015/769 de la Comisión, de 12 de mayo de 2015, por el que se modifica por 231ª vez el Reglamento (CE) nº 881/2002 del Consejo, por el que se imponen determinadas medidas restrictivas específicas dirigidas contra determinadas personas y entidades asociadas con la red Al-Qaida.

Publicado en:
«DOUE» núm. 121, de 14 de mayo de 2015, páginas 3 a 4 (2 págs.)
Departamento:
Unión Europea
Referencia:
DOUE-L-2015-80950

TEXTO ORIGINAL

LA COMISIÓN EUROPEA,

Visto el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea,

Visto el Reglamento (CE) no 881/2002 del Consejo, de 27 de mayo de 2002, por el que se imponen determinadas medidas restrictivas específicas dirigidas contra determinadas personas y entidades asociadas con la red Al-Qaida (1), y, en particular, su artículo 7, apartado 1, letra a), y su artículo 7 bis, apartado 5,

Considerando lo siguiente:

(1) En el anexo I del Reglamento (CE) no 881/2002 figura la lista de personas, grupos y entidades a los que afecta la congelación de fondos y recursos económicos de conformidad con ese mismo Reglamento.

(2) El 30 de abril de 2015, el Comité de Sanciones del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas (CSNU) decidió retirar seis personas de su lista de personas, grupos y entidades a quienes debe aplicarse la congelación de fondos y recursos económicos.

(3) El anexo I del Reglamento (CE) no 881/2002 debe actualizarse en consecuencia.

HA ADOPTADO EL PRESENTE REGLAMENTO:

Artículo 1

El anexo I del Reglamento (CE) no 881/2002 queda modificado con arreglo a lo dispuesto en el anexo del presente Reglamento.

Artículo 2

El presente Reglamento entrará en vigor el día siguiente a su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea.

El presente Reglamento será obligatorio en todos sus elementos y directamente aplicable en cada Estado miembro.

Hecho en Bruselas, el 12 de mayo de 2015.

Por la Comisión,

en nombre del Presidente,

Director del Servicio de Instrumentos de Política Exterior

______________________________

(1) DO L 139 de 29.5.2002, p. 9.

ANEXO

En el anexo I del Reglamento (CE) no 881/2002, en el epígrafe «Personas físicas», se suprimen las siguientes entradas:

a)«Riadh Ben Belkassem Ben Mohamed Al-Jelassi. Dirección: Italia. Fecha de nacimiento: 15.12.1970. Lugar de nacimiento: Al- Mohamedia, Túnez. Nacionalidad: tunecina. Pasaporte no: L276046 (pasaporte tunecino, expedido el 1.7.1996 y caducado el 30.6.2001). Información adicional: a) Nombre de la madre: Reem Al-Askari, b) miembro del Grupo Combatiente Tunecino. Fecha de designación a que se refiere el artículo 2 bis, apartado 4, letra b): 3.9.2002.» .

b)«Samir Abd El Latif El Sayed Kishk (alias Samir Abdellatif el Sayed Keshk). Fecha de nacimiento: 14.5.1955. Lugar de nacimiento: Gharbia, Egipto. Nacionalidad: egipcia. Información adicional: Deportado a Egipto desde Italia el 2.7.2003. Fecha de designación a que se refiere el artículo 2 bis, apartado 4, letra b): 3.9.2002.» .

c)«Al-Azhar Ben Mohammed Ben El-Abed Al-Tlili (alias Lazar Ben Mohammed Tlili). Dirección: Via Carlo Porta 97, Legnano, Italia. Fecha de nacimiento: 26.3.1969. Lugar de nacimiento: Feriana, Al-Kasrain, Túnez. Nacionalidad: tunecina. Pasaporte no: M351140 (pasaporte tunecino, caduca el 26.6.2005). Información adicional: a) Código fiscal italiano: TLLLHR69C26Z352G; b) Puesto en libertad en Italia el 15.1.2007. c) Nombre de la madre: Essayda Bint Salih Al-Tlili. Fecha de designación a que se refiere el artículo 2 bis, apartado 4, letra b): 3.9.2002.» .

d)«Faouzi Ben Mohamed Ben Ahmed Al-Jendoubi [alias a) Jendoubi Faouzi, b) Said, c) Samir]. Fecha de nacimiento: 30.1.1966. Lugar de nacimiento: a) Túnez, Túnez; b) Marruecos. Nacionalidad: tunecina. Pasaporte no: K459698 (pasaporte tunecino, expedido el 6.3.1999 y caducado el 5.3.2004). Información adicional: a) Nombre de la madre: Um Hani al-Tujani; b) prohibida su entrada en el espacio Schengen; c) las autoridades italianas perdieron su pista en junio de 2002. Fecha de designación a que se refiere el artículo 2 bis, apartado 4, letra b): 25.6.2003.»

e)«Ahmed Hosni Rarrbo [alias a) Rarrbo Abdallah, b) Rarrbo Abdullah, c) Rarrbo Ahmed Hosni]. Dirección: Argelia. Fecha de nacimiento: 12.9.1974. Lugar de nacimiento: a) Bologhine, Argelia; b) Francia. Nacionalidad: argelina. Fecha de designación a que se refiere el artículo 2 bis, apartado 4, letra b): 25.6.2003.» .

f)«Najib Ben Mohamed Ben Salem Al-Waz [alias a) Ouaz Najib, b) Ouaz Nagib]. Dirección: Via Tovaglie Number 26, Bolonia, Italia. Fecha de nacimiento: 12.4.1960. Lugar de nacimiento: Al Haka'imah, provincia de Mahdia, Túnez. Nacionalidad: tunecina. Pasaporte no: K815205 (pasaporte tunecino, expedido el 17.9.1994 y caducado el 16.9.1999). Información adicional: a) Nombre de la madre: Um Hani al-Tujani; b) prohibida su entrada en el espacio Schengen. Fecha de designación a que se refiere el artículo 2 bis, apartado 4, letra b): 25.6.2003.» .

ANÁLISIS

Referencias anteriores
  • MODIFICA el anexo I del Reglamento 881/2002, de 27 de mayo (Ref. DOUE-L-2002-80901).
Materias
  • Afganistán
  • Cuentas bloqueadas
  • Sanciones
  • Terrorismo

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