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Documento DOUE-L-2014-83113

Reglamento de Ejecución (EU) nº 1104/2014 del Consejo, de 20 de octubre de 2014, por el que se aplica el artículo 12, apartado 1, del Reglamento (UE) nº 356/2010 por el que se imponen ciertas medidas restrictivas específicas dirigidas contra ciertas personas físicas y jurídicas, entidades u organismos dada la situación en Somalia.

Publicado en:
«DOUE» núm. 301, de 21 de octubre de 2014, páginas 5 a 6 (2 págs.)
Departamento:
Unión Europea
Referencia:
DOUE-L-2014-83113

TEXTO ORIGINAL

EL CONSEJO DE LA UNIÓN EUROPEA,

Visto el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea,

Visto el Reglamento (UE) no 356/2010 del Consejo, de 26 de abril de 2010, por el que se imponen ciertas medidas restrictivas específicas dirigidas contra ciertas personas físicas y jurídicas, entidades u organismos dada la situación en Somalia (1), y, en particular, su artículo 12, apartado 1,

Considerando lo siguiente:

(1) El 26 de abril de 2010, el Consejo adoptó el Reglamento (UE) no 356/2010.

(2) Los días 23 y 24 de septiembre de 2014, el Comité del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas establecido, en virtud de las Resoluciones 751 (1992) y 1907 (2009) del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas, aprobó la inclusión de otras dos personas en la lista de personas físicas y jurídicas, entidades y organismos sujetas a medidas restrictivas.

(3) Procede modificar el anexo I del Reglamento (UE) no 356/2010 en consecuencia.

HA ADOPTADO EL PRESENTE REGLAMENTO:

Artículo 1

El anexo I del Reglamento (UE) no 356/2010 queda modificado tal como se indica en el anexo del presente Reglamento.

Artículo 2

El presente Reglamento entrará en vigor el día de su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea.

El presente Reglamento será obligatorio en todos sus elementos y directamente aplicable en cada Estado miembro.

Hecho en Luxemburgo, el 20 de octubre de 2014.

Por el Consejo

La Presidenta C. ASHTON

_______________________________

(1) DO L 105 de 27.4.2010, p. 1.

ANEXO

I. Se añaden a la lista del anexo I del Reglamento (UE) no 356/2010 las entradas que se indican a continuación.

LISTA DE PERSONAS FÍSICAS Y JURÍDICAS, ENTIDADES U ORGANISMOS A QUE SE REFIEREN LOS ARTÍCULOS 2 Y 8

I. Personas

14.

Maalim Salman (otros nombres conocidos: a) Mu'alim Salman; b) Mualem Suleiman; c) Ameer Salman; d) Ma'alim Suleiman; e) Maalim Salman Ali; f) Maalim Selman Ali; g) Ma'alim Selman; h) Ma'alin Sulayman) Fecha de nacimiento aproximada: 1979. Lugar de nacimiento: Nairobi (Kenia). Localizado en: Somalia. Fecha de inclusión en la lista de las Naciones Unidas: 23 de septiembre de 2014.

Maalim Salman fue elegido por el dirigente de Al-Shabaab, Ahmed Abdi aw-Mohamed, también conocido como Godane, para que dirigiera a los combatientes extranjeros africanos para Al-Shaabab. Salman ha adiestrado a ciudadanos extranjeros que querían unirse a las filas de Al-Shaabab como combatientes extranjeros africanos y ha estado involucrado en operaciones en África contra turistas, establecimientos recreativos e iglesias.

Aunque ha realizado operaciones principalmente fuera de Somalia, se sabe que Salman reside en Somalia y adiestra a combatientes extranjeros en ese país antes de enviarlos a otros lugares. También hay algunos combatientes extranjeros de Al-Shaabab en Somalia. Por ejemplo, Salman envió a combatientes extranjeros de Al-Shaabab al sur de Somalia en respuesta a una ofensiva de la Misión de la Unión Africana en Somalia (AMISOM).

Al-Shaabab fue responsable, entre otros atentados terroristas, del perpetrado contra el centro comercial Westgate de Nairobi (Kenia) en septiembre de 2013, en el que murieron al menos 67 personas. Más recientemente, Al-Shaabab reivindicó el atentado del 31 de agosto de 2014 contra la prisión del Organismo Nacional de Inteligencia y Seguridad en Mogadiscio, en el que murieron tres guardias de seguridad y dos civiles y resultaron heridas otras 15 personas.

15.

Ahmed Diriye (otros nombres conocidos: a) jeque Ahmed Umar Abu Ubaidah; b) jeque Omar Abu Ubaidaha; c) jeque Ahmed Umar: d) jeque Mahad Omar Abdikarim; e) Abu Ubaidah; f) Abu Diriye).

Fecha de nacimiento aproximada: 1972. Lugar de nacimiento: Somalia. Localizado en: Somalia. Fecha de inclusión en la lista de las Naciones Unidas: 24 de septiembre de 2014.

Ahmed Diriye fue designado nuevo emir de Al-Shaabab tras la muerte del anterior dirigente, Ahmed Abdi aw-Mohamed, que había sido incluido en la lista por el Comité del Consejo de Seguridad con arreglo a las Resoluciones 751 (1992) y 1907 (2009). El portavoz de Al-Shaabab, el jeque Ali Dheere, lo anunció públicamente en una declaración el 6 de septiembre de 2014. Diriye ha sido un alto mando de Al-Shaabab y, en su calidad de emir, ejerce la responsabilidad de mando respecto de todas las operaciones de Al-Shaabab. Será responsable directo de todas las actividades de Al-Shaabab que siguen amenazando la paz, la seguridad y la estabilidad de Somalia. Diriye ha adoptado el nombre árabe de jeque Ahmed Umar Abu Ubaidah.

ANÁLISIS

  • Rango: Reglamento
  • Fecha de disposición: 20/10/2014
  • Fecha de publicación: 21/10/2014
  • Fecha de entrada en vigor: 21/10/2014
Referencias anteriores
  • MODIFICA el anexo I del Reglamento 356/2010, de 26 de abril (Ref. DOUE-L-2010-80694).
Materias
  • Política Exterior y de Seguridad Común
  • Sanciones
  • Somalia

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