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Documento DOUE-L-2014-81295

Reglamento de Ejecución (UE) nº 630/2014 de la Comisión, de 12 de junio de 2014, por el que se modifica por 215 ª vez el Reglamento (CE) nº 881/2002 del Consejo por el que se imponen determinadas medidas restrictivas específicas dirigidas contra determinadas personas y entidades asociadas con la red Al-Qaida.

Publicado en:
«DOUE» núm. 174, de 13 de junio de 2014, páginas 35 a 37 (3 págs.)
Departamento:
Unión Europea
Referencia:
DOUE-L-2014-81295

TEXTO ORIGINAL

LA COMISIÓN EUROPEA,

Visto el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea,

Visto el Reglamento (CE) no 881/2002 del Consejo, de 27 de mayo de 2002, por el que se imponen determinadas medidas restrictivas específicas dirigidas contra determinadas personas y entidades asociadas con la red Al-Qaida (1), y, en particular, sus artículos 7, apartado 1, letra a), 7 bis, apartado 1, y 7 bis, apartado 5.

Considerando lo siguiente:

(1) En el anexo I del Reglamento (CE) no 881/2002 figura la lista de personas, grupos y entidades a los que afecta la congelación de fondos y recursos económicos de acuerdo con ese mismo Reglamento.

(2) El 2 de junio de 2014, el Comité de Sanciones del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas (CSNU) decidió añadir tres personas a la lista de personas, grupos y entidades a quienes debe aplicarse la congelación de fondos y recursos económicos. El mismo día, el Comité de Sanciones del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas (CSNU) decidió retirar a dos personas de la lista de personas, grupos y entidades a quienes debe aplicarse la congelación de fondos y recursos económicos.

(3) En vista de ello, el anexo I del Reglamento (CE) no 881/2002 debe modificarse en consecuencia.

HA ADOPTADO EL PRESENTE REGLAMENTO:

Artículo 1

El anexo I del Reglamento (CE) no 881/2002 queda modificado con arreglo al anexo del presente Reglamento.

Artículo 2

El presente Reglamento entrará en vigor el día de su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea.

El presente Reglamento será obligatorio en todos sus elementos y directamente aplicable en cada Estado miembro.

Hecho en Bruselas, el 12 de junio de 2014.

Por la Comisión,

en nombre del Presidente,

Director del Servicio de Instrumentos de Política Exterior

_______________________________

(1) DO L 139 de 29.5.2002, p. 9.

ANEXO

El anexo I del Reglamento (CE) no 881/2002 queda modificado como sigue:

1)En el epígrafe «Personas jurídicas, grupos y entidades», se añaden las siguientes entradas:

a)«Al Mouakaoune Biddam [alias a) Les Signataires par le Sang; b) Ceux Qui Signent avec le Sang; c) Those Who Sign in Blood]. Dirección: Mali. Fecha de designación mencionada en el artículo 2 bis, apartado 4, letra b): 2.6.2014.».

b)«Al Moulathamoun [alias a) Les Enturbannés; b) The Veiled]. Dirección: a) Argelia; b) Mali; c) Níger. Información adicional: Activo en el Sahel/Sáhara. Fecha de designación mencionada en el artículo 2 bis, apartado 4, letra b): 2.6.2014.».

c)«Al Mourabitoun [alias a) Les Sentinelles; b) The Sentinels]. Dirección: Mali. Información adicional: Activo en la región del Sahel/Sáhara. Fecha de designación mencionada en el artículo 2 bis, apartado 4, letra b): 2.6.2014.».

2)En el epígrafe «Personas físicas» se suprimen las entradas siguientes:

a)«Jainal Antel Sali (jr.) [alias a) Abu Solaiman, b) Abu Solayman, c) Apong Solaiman, d) Apung]. Fecha de nacimiento: 1.6.1965. Lugar de nacimiento: Barangay Lanote, Bliss, Isabela, Basilan, Filipinas. Nacionalidad: Filipina. Información adicional: Presuntamente muerto en 2007. Fecha de designación a que se refiere el artículo 2 bis, apartado 4, letra b): 6.12.2005.».

b)«Mohammad Ilyas Kashmiri [alias a) Muhammad Ilyas Kashmiri, b) Elias al-Kashmiri, c) Ilyas Naib Amir]. Título: Mufti. Dirección: Thathi Village, Samahni, Bhimber District, la Cachemira bajo administración pakistaní. Fecha de nacimiento: a) 2.1.1964, b) 10.2.1964. Lugar de nacimiento: Bhimber, Samahani Valley, la Cachemira bajo administración pakistaní. Información adicional: a) Título precedente: Maulana. b) Presuntamente muerto en Pakistán el 11 de junio 2011. Fecha de designación mencionada en el artículo 2 bis, apartado 4, letra b): 6.8.2010.».

3)La entrada «Abu Mohammed Al-Jawlani [alias a) Abu Mohamed al-Jawlani, b) Abu Muhammad al-Jawlani, c) Abu Mohammed al-Julani, d) Abu Mohammed al-Golani, e) Abu Muhammad al-Golani, f) Abu Muhammad Aljawlani, g) Muhammad al-Jawlani, h) Shaykh al-Fatih, i) Al Fatih. Fecha de nacimiento: entre 1975 y 1979. Lugar de nacimiento: Siria. Nacionalidad: siria. Dirección: En Siria en junio de 2013. Fecha de designación a que se refiere el artículo 2 bis, apartado 4, letra b): 24.7.2013.» en el epígrafe «Personas físicas» se sustituye por el texto siguiente:

«Abu Mohammed Al-Jawlani [alias a) Abu Mohamed al-Jawlani, b) Abu Muhammad al-Jawlani, c) Abu Mohammed al-Julani, d) Abu Mohammed al-Golani, e) Abu Muhammad al-Golani, f) Abu Muhammad Aljawlani, g) Muhammad al-Jawlani, h) Shaykh al-Fatih, i) Al Fatih]. Fecha de nacimiento: entre 1975 y 1979. Lugar de nacimiento: Siria. Nacionalidad: siria. Dirección: En Siria en junio de 2013. Información adicional: Líder de Al-Nusrah Front for the People of the Levant desde enero de 2012. Fecha de designación a que se refiere el artículo 2 bis, apartado 4, letra b): 24.7.2013.».

4)La entrada «Doku Khamatovich Umarov (alias Умаров Доку Хаматович). Fecha de nacimiento: 12.5.1964. Lugar de nacimiento: Kharsenoy Village, Shatoyskiy (Sovetskiy) District, Chechenskaya Respublika, Federación de Rusia. Nacionalidad: a) rusa, b) URSS (hasta 1991). Información adicional: a) en noviembre de 2010 residía en la Federación de Rusia; b) Orden internacional de detención emitida en 2000. Fecha de designación a que se refiere el artículo 2 bis, apartado 4, letra b): 10.3.2011.» en el epígrafe «Personas físicas» se sustituye por el texto siguiente:

«Doku Khamatovich Umarov (alias Умаров Доку Хаматович). Fecha de nacimiento: 12.5.1964. Lugar de nacimiento: Kharsenoy Village, Shatoyskiy (Sovetskiy) District, Chechenskaya Respublika, Federación de Rusia. Nacionalidad: a) rusa, b) URSS (hasta 1991). Información adicional: a) en noviembre de 2010 residía en la Federación de Rusia; b) Orden internacional de detención emitida en 2000; c) presuntamente muerto desde abril de 2014. Fecha de designación a que se refiere el artículo 2 bis, apartado 4, letra b): 10.3.2011 .».

5)La entrada «Al-Qaida in Iraq [alias a) AQI, b) al-Tawhid, c) the Monotheism and Jihad Group, d) Qaida of the Jihad in the Land of the Two Rivers, e) Al-Qaida of Jihad in the Land of the Two Rivers, f) The Organization of Jihad's Base in the Country of the Two Rivers, g) The Organization Base of Jihad/Country of the Two Rivers, h) The Organization Base of Jihad/Mesopotamia, i) Tanzim Qa'idat Al-Jihad fi Bilad al-Rafidayn, j) Tanzeem Qa'idat al Jihad/Bilad al Raafidaini, k) Jama'at Al-Tawhid Wa'al-Jihad, l) JTJ, m) Islamic State of Iraq, n) ISI, o) al-Zarqawi network, p) Jabhat al Nusrah, q) Jabhet al-Nusra, r) Al-Nusrah Front, s) The Victory Front, t) Islamic State in Iraq and the Levant]. Fecha de designación a que se refiere el artículo 2 bis, apartado 4, letra b): 18.10.2004.» en el epígrafe «Personas jurídicas, grupos y entidades» se sustituye por el texto siguiente:

«Al-Qaida in Iraq [alias a) AQI, b) al-Tawhid, c) the Monotheism and Jihad Group, d) Qaida of the Jihad in the Land of the Two Rivers, (e) Al-Qaida of Jihad in the Land of the Two Rivers, f) The Organization of Jihad's Base in the Country of the Two Rivers, g) The Organization Base of Jihad/Country of the Two Rivers, h) The Organization Base of Jihad/Mesopotamia, i) Tanzim Qa'idat Al-Jihad fi Bilad al-Rafidayn, j) Tanzeem Qa'idat al Jihad/Bilad al Raafidaini, k) Jama'at Al-Tawhid Wa'al-Jihad, l) JTJ, (m) Islamic State of Iraq, (n) ISI, o) al-Zarqawi network, p) Islamic State in Iraq and the Levant]. Fecha de designación a que se refiere el artículo 2 bis, apartado 4, letra b): 18.10.2004.».

ANÁLISIS

  • Rango: Reglamento
  • Fecha de disposición: 12/06/2014
  • Fecha de publicación: 13/06/2014
  • Fecha de entrada en vigor: 13/06/2014
Referencias anteriores
  • MODIFICA el anexo I del Reglamento 881/2002, de 27 de mayo (Ref. DOUE-L-2002-80901).
Materias
  • Afganistán
  • Cuentas bloqueadas
  • Sanciones
  • Terrorismo

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