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Documento DOUE-L-2011-82154

Reglamento de Ejecución (UE) nº 1081/2011 de la Comisión, de 25 de octubre de 2011, por el que se modifica por 160ª vez el Reglamento (CE) nº 881/2002 por el que se imponen determinadas medidas restrictivas específicas dirigidas contra determinadas personas y entidades asociadas con la red Al-Qaida.

Publicado en:
«DOUE» núm. 280, de 27 de octubre de 2011, páginas 17 a 18 (2 págs.)
Departamento:
Unión Europea
Referencia:
DOUE-L-2011-82154

TEXTO ORIGINAL

LA COMISIÓN EUROPEA,

Visto el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea,

Visto el Reglamento (CE) n o 881/2002 del Consejo, de 27 de mayo de 2002, por el que se imponen determinadas medidas restrictivas específicas dirigidas contra determinadas personas y entidades asociadas con la red Al-Qaida ( 1 ) y, en particular sus artículos 7, apartado 1, letra a) y 7 bis, apartado 5,

Considerando lo siguiente:

(1) En el anexo I del Reglamento (CE) n o 881/2002 figura la lista de las personas, grupos y entidades a los que afecta el bloqueo de fondos y recursos económicos conforme al mismo Reglamento.

(2) El 17 de octubre de 2011, el Comité de Sanciones del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas decidió retirar una persona física de la lista de personas, grupos y entidades a los que afecta la congelación de fondos y recursos económicos.

(3) En vista de ello, el anexo I del Reglamento (CE) n o 881/2002 debe modificarse en consecuencia.

HA ADOPTADO EL PRESENTE REGLAMENTO:

Artículo 1

El anexo I del Reglamento (CE) n o 881/2002 queda modificado de acuerdo con lo establecido en el anexo del presente Reglamento.

Artículo 2

El presente Reglamento entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea.

El presente Reglamento será obligatorio en todos sus elementos y directamente aplicable en cada Estado miembro.

Hecho en Bruselas, el 25 de octubre de 2011.

Por la Comisión, en nombre del Presidente Director del Servicio de Instrumentos de Política Exterior

___________________

( 1 ) DO L 139 de 29.5.2002, p. 9.

ANEXO

El anexo I del Reglamento (CE) n o 881/2002 queda modificado como sigue:

En el epígrafe «Personas físicas» se suprime la siguiente entrada:

«Shafiq Ben Mohamed Ben Mohamed Al-Ayadi [alias a) Ayadi Chafiq Bin Muhammad; b) Ben Muhammad Ayadi Chafik; c) Ben Muhammad Aiadi; d) Ben Muhammad Aiady; e) Ayadi Shafig Ben Mohamed; f) Ayadi Chafig Ben Mohamed; g) Chafiq Ayadi; h) Chafik Ayadi; i) Ayadi Chafiq; j) Ayadi Chafik; k) Ajadi Chafik; l) Abou El Baraa]. Dirección: Dublín, Irlanda (donde residía en agosto de 2009). Fecha de nacimiento: 21.1.1963. Lugar de nacimiento: Sfax, Túnez. Nacionalidad: tunecina. Pasaporte n: E423362 (pasaporte tunecino expedido en Islamabad el 15.5.1988 y expirado el 14.5.1993). Documento nacional de identificación n o : 1292931. Información adicional: a) el nombre del padre es Mohamed y el de la madre, Medina Abid; b) asociado con la Fundación Islámica Al-Haramain. Fecha de designación conforme al artículo 2 bis, apartado 4, letra b): 17.10.2001.»

ANÁLISIS

  • Rango: Reglamento
  • Fecha de disposición: 25/10/2011
  • Fecha de publicación: 27/10/2011
Referencias anteriores
  • MODIFICA el anexo I del Reglamento 881/2002, de 27 de mayo (Ref. DOUE-L-2002-80901).
Materias
  • Afganistán
  • Cuentas bloqueadas
  • Sanciones
  • Terrorismo

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