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Documento DOUE-L-2006-80864

Reglamento (CE) nº 760/2006 de la Comisión, de 18 de mayo de 2006, por el que se modifica el Reglamento (CE) nº 1184/2005 del Consejo por el que se imponen medidas restrictivas específicas en contra de determinadas personas que obstaculizan el proceso de paz y vulneran el Derecho internacional en el conflicto de la región de Darfur en Sudán.

[Disposición derogada]

Publicado en:
«DOUE» núm. 132, de 19 de mayo de 2006, páginas 28 a 29 (2 págs.)
Departamento:
Unión Europea
Referencia:
DOUE-L-2006-80864

TEXTO ORIGINAL

LA COMISIÓN DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS,

Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Europea,

Visto el Reglamento (CE) no 1184 /2005 del Consejo, de 18 de julio de 2005, por el que se imponen medidas restrictivas específicas en contra de determinadas personas que obstaculizan el proceso de paz y vulneran el Derecho internacional en el conflicto de la región de Darfur en Sudán (1) y, en particular, su artículo 9, apartado 1, letra a),

Considerando lo siguiente:

(1) En el anexo I del Reglamento (CE) no 1184/2005 figura la lista de las personas físicas o jurídicas, entidades u organismos a los que debe aplicarse el bloqueo de fondos y recursos económicos en virtud de dicho Reglamento.

(2) De conformidad con la Resolución no 1672 (2006) del Consejo de Seguridad, el Comité establecido en virtud de la Resolución no 1591 (2005), ha modificado la lista de personas, entidades y organismos a los que debe aplicarse el bloqueo de fondos y recursos económicos. Por tanto, el anexo I debe modificarse en consecuencia.

(3) El presente Reglamento debe entrar en vigor inmediatamente en aras de la eficacia de las medidas previstas en el mismo.

HA ADOPTADO EL PRESENTE REGLAMENTO:

Artículo 1

El anexo I del Reglamento (CE) no 1184/2005 queda modificado según se especifica en el anexo del presente Reglamento.

Artículo 2

El presente Reglamento entrará en vigor el día de su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea.

El presente Reglamento será obligatorio en todos sus elementos y directamente aplicable en cada Estado miembro.

Hecho en Bruselas, el 18 de mayo de 2006.

Por la Comisión

Eneko LANDÁBURU

Director General de Relaciones Exteriores

________

(1) DO L 193 de 23.7.2005, p. 9.

ANEXO

Las siguientes personas físicas serán añadidas al anexo I del Reglamento (CE) no 1184/2005 del Consejo:

1) Gaffar Mohamed ELHASSAN

Denominación: General de División

Otros datos: Comandante de la región militar occidental de la Fuerza Aérea de Sudán.

2) Jeque Musa HILAL

Otros datos: Jefe de la tribu Jalul, norte de Darfur.

3) Adam Yacub SHANT

Otros datos: Comandante del Ejército de Liberación de Sudán.

4) Gabril Abdul Kareem BADRI

Otros datos: Comandante Jefe del Movimiento Nacional para la Reforma y el Desarrollo.

ANÁLISIS

  • Rango: Reglamento
  • Fecha de disposición: 18/05/2006
  • Fecha de publicación: 19/05/2006
  • Fecha de entrada en vigor: 19/05/2006
  • Esta norma se entiende implícitamente derogada por Reglamento 747/2014, de 10 de julio; (Ref. DOUE-L-2014-81552).
  • Fecha de derogación: 11/07/2014
Referencias anteriores
  • MODIFICA el anexo I del Reglamento 1184/2005, de 18 dejulio (Ref. DOUE-L-2005-81340).
Materias
  • Armas
  • Cuentas bloqueadas
  • Embargos
  • Pacificación
  • Política Exterior y de Seguridad Común
  • Sudán

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