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Documento DOUE-L-1999-80705

Rectificación a la Directiva 98/69/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 13 de octubre de 1998, relativa a las medidas que deben adoptarse contra la contaminación atmosférica causada por las emisiones de los vehículos de motor y por la que se modifica la Directiva 70/220/CEE del Consejo.

Publicado en:
«DOCE» núm. 104, de 21 de abril de 1999, páginas 31 a 31 (1 pág.)
Departamento:
Comunidades Europeas
Referencia:
DOUE-L-1999-80705

TEXTO ORIGINAL

En la página 4, en el considerando 14:

en lugar de: "... que, no obstante, el DAB se encuentra en una fase menos desarrollada en el caso de los vehículos de gasóleo, por lo que no se podrá incorporar a la totalidad de tales vehículos antes del año 2005; ",

léase: "... que, no obstante, el DAB se encuentra en una fase menos desarrollada en el caso de los vehículos de gasóleo, y se podrá incorporar a los nuevos tipos de tales vehículos a partir del año 2003; ";

en la página 23, en el anexo I, en el apéndice 4, en el punto 4.2:

en lugar de: "... 6.2.1",

léase: "... 5.3.1.4";

en la página 46, en el anexo X, en el punto 1.8, en el gráfico:

-en la 3ª columna: se suprimirá la llamada de nota "(3)" después de NOx

-en la 4ª columna: se añadirá la llamada de nota "(2)" después de HC + NOx (g/km);

en la página 52, en el anexo XI, en el apéndice 1, en el punto 2.1, en el segundo guión:

en lugar de: "... 6.2.1",

léase: "... 6.2".

ANÁLISIS

  • Rango: Corrección (errores o erratas)
  • Fecha de publicación: 21/04/1999
Referencias anteriores
Materias
  • Armonización de legislaciones
  • Contaminación atmosférica
  • Gas
  • Homologación
  • Normas de calidad
  • Vehículos de motor

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