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Documento DOUE-L-1987-81901

Rectificación a la Directiva 87/22/CEE del Consejo, de 22 de diciembre de 1986, por la que se apróximan las medidas nacionales relativas a la comercialización de medicamentos de alta tecnología en particular los obtenidos por biotecnología.

Publicado en:
«DOCE» núm. 21, de 23 de enero de 1987, páginas 78 a 78 (1 pág.)
Departamento:
Comunidades Europeas
Referencia:
DOUE-L-1987-81901

TEXTO ORIGINAL

Página 39, artículo 3, apartado 3, párrafo segundo. Al comienzo del párrafo suprímase una vez la palabra « Además ».

en lugar de: « dicha copia certificará que todos los expedientes ... »,

léase: « dicho responsable certificará que todos los expedientes ... ».

Página 39, artículo 3, apartado 4

Dicho apartado ha de leerse como sigue:

« 4. Las autoridades de los Estados miembros y la persona responsable de la comercialización del medicamento en cuestión transmitirán al Comité todo informe de evaluación y de farmacovigilancia disponible, relativo al medicamento en cuestión. ».

ANÁLISIS

  • Rango: Corrección (errores o erratas)
  • Fecha de publicación: 23/01/1987
Referencias anteriores
  • CORRECCIÓN de errores de Directiva 87/22, de 22 de diciembre (Ref. DOUE-L-1987-80022).
Materias
  • Armonización de legislaciones
  • Comercialización
  • Comité de Especialidades Farmacéuticas
  • Especialidades y productos farmacéuticos
  • Medicamentos
  • Sanidad veterinaria

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