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Documento DOUE-L-1976-80028

Directiva del Consejo, de 18 de diciembre de 1975, relativa a la aproximación de las legislaciones de los Estados miembros sobre los abonos.

Publicado en:
«DOCE» núm. 24, de 30 de enero de 1976, páginas 21 a 44 (24 págs.)
Departamento:
Comunidades Europeas
Referencia:
DOUE-L-1976-80028

TEXTO ORIGINAL

EL CONSEJO DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS ,

Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Económica Europea y , en particular , su artículo 100 ,

Visto el dictamen del Parlamento Europeo (1) ,

Visto el dictamen del Comité económico y social (2) ,

Considerando que , en cada Estado miembro , los abonos deben reunir determinadas características técnicas fijadas por disposiciones imperativas ; que especialmente en lo que se refiere a la composición , denominación , identificación y envasado de los distintos tipos de abono , dichas disposiciones difieren de un Estado miembro a otro ; que tales diferencias obstaculizan los intercambios dentro de la Comunidad Económica Europea ;

Considerando que tales obstáculos al establecimiento y funcionamiento del mercado común pueden reducirse e incluso eliminarse si todos los Estados miembros adoptan las mismas disposiciones , como complemento o en sustitución de sus legislaciones actuales ;

Considerando que es necesario , con este fin , determinar a escala comunitaria la denominación , delimitación y composición de los abonos simples y compuestos más importantes en la Comunidad ; que es conveniente , asimismo , adoptar la denominación « abonos CEE » para todos los abonos que satisfagan las exigencias fijadas por la presente directiva ;

Considerando que procede igualmente fijar normas comunitarias relativas a la identificación y etiquetado de tales abonos , al cierre de los envases que

los contengan ;

Considerando que la producción de abonos está sujeta a fluctuaciones de importancia variable , debidas a las técnicas de fabricación o a las materias primas ; que tanto los procedimientos de tomas de muestras como los métodos de análisis pueden contener errores ; que es por ello necesario admitir ciertos márgenes de tolerancias en cuanto a los contenidos en sustancias fertilizantes que se declaren ; que en interés de los usuarios agrícolas es importante mantener dichos márgenes de tolerancia dentro de límites estrechos ;

Considerando que la presente Directiva se refiere exclusivamente a los abonos simples y compuestos ; que directivas posteriores establecerán disposiciones relativas , en concreto , a los abonos líquidios , a los elementos secundarios y a los oligoelementos ;

Considerando que tanto la determinación de los métodos de toma de muestras y de análisis como las modificaciones o complementos que se les pueda añadir para adoptarlos al progreso técnico , son medidas de aplicación de carácter técnico ; que es conveniente por ello confiar su adopción a la Comisión con el fin de simplificar y acelerar el procedimiento ;

Considerando que el progreso técnico exige una rápida adaptación de las normas técnicas contempladas en las diferentes directivas relativas a los abonos ; que para facilitar la ejecución de las medidas necesarias para ello , es conveniente establecer un procedimiento que permita una estrecha cooperación entre los Estados miembros y la Comisión en el seno del Comité para la adaptación al progreso técnico de las directivas tendentes a la eliminación de los obstáculos técnicos a los intercambios comerciales en el sector de los abonos ,

HA ADOPTADO LA PRESENTE DIRECTIVA :

Artículo 1

La presente Directiva se aplicará a los productos que se comercialicen como abonos y lleven la denominación « abonos CEE » .

Artículo 2

Los Estados miembros tomarán las medidas necesarias para que la denominación « abonos CEE » sólo pueda ser utilizada en aquellos abonos que pertenezcan a alguno de los tipos de abonos sólidos que figuran en el Anexo I y respondan a las exigencias fijadas por la Directiva y por sus Anexos I a III .

Artículo 3

Los Estados miembros tomarán las medidas necesarias para que los abonos a que se refiere el artículo 1 vayan provistos de marcas de identificación . Dichas marcas de identificación se describen en el número 1 del Anexo II . El punto 2 del mismo Anexo establece los términos y condiciones de utilización de las mismas .

Si se tratare de abonos envasados , las marcas de identificación deberán figurar sobre el envase o en las etiquetas . En caso de envases que contengan una cantidad de abono superior a 100 kilogramos , las marcas podrán figurar solamente en los documentos que los acompañen . Cuando se trate de abonos a granel , las marcas deberán figurar en los documentos que los acompañen .

Con objeto de satisfacer las exigencias de las letras b ) y c ) del número 1

del Anexo II , los Estados miembros podrán establecer , en lo que respecta a los abonos que se comercialicen en su territorio , que la información relativa al contenido en fósforo , potasio y magnesio se exprese :

- únicamente en forma de óxido ( P2O5 , K2O , MgO ) , o

- únicamente en forma de elementos ( P , K , Mg ) , o

- en ambas formas simultáneamente .

Cuando los Estados miembros hagan uso de esta facultad y establezcan que toda información relativa al contenido en fósforo , potasio o magnesio deberá expresarse en forma de elementos , todas las referencias en forma de óxidos que figuran en los Anexos deberán expresarse en forma de elementos y deberán convertirse los valores numéricos con ayuda de los factores siguientes :

- fósforo ( P ) = anhídrido fosfórico ( P2O5 ) x 0,436 ,

- potasio ( X ) = óxido de potasio ( K2O ) x 0,83 ,

- magnesio = óxido de magnesio ( MgO ) x 0,6 ;

los Estados miembros que hayan hecho uso de dicha facultad realizarán las adaptaciones que sean necesarias a las disposiciones que figuran en los Anexos de la presente Directiva .

Artículo 4

1 . Sin prejuicio de lo establecido en otras reglamentaciones comunitarias , las únicas indicaciones que se admitirán en los envases , etiquetas y documentos que los acompañen a que se refiere al artículo 3 , serán las siguientes informaciones relativas al abono :

a ) las marcas de identificación obligatorias previstas en el número 1 , del Anexo II ;

b ) las informaciones facultativas que figuran en el Anexo I ;

c ) la marca del fabricante , la marca del producto y las denominaciones comerciales ;

d ) las instrucciones específicas relativas al uso , almacenaje y manipulación del abono .

Las indicaciones a que se refieren c ) y d ) no podrán contradecir las de a ) y b ) y deberán aparecer claramente separadas de estas últimas .

2 . Todas las indicaciones que se recogen en el apartado 1 , deberán estar claramente separadas de cualquier otra información que figuren en los envases , etiquetas y documentos que los acompañen .

Artículo 5

Los Estados miembros podrán exigir que en su territorio la etiqueta , las inscripciones que figuren en el envase y los documentos que los acompañen vayan al menos redactados en la lengua o lenguas nacionales .

Artículo 6

Cuando se trate de abonos envasados , el envase deberá ir cerrado de tal manera o mediante un dispositivo tal , que el hecho de abrirlo deteriore irremediablemente el cierre , el precinto del cierre o el mismo envase .

Se admitirá el uso de sacos de válvula .

Artículo 7

Sin perjuicio de lo establecido en otras directivas comunitarias , los Estados miembros no podrán prohibir , limitar u obstaculizar , motivos que se refieran a su composición , identificación , etiquetado envasado , la

comercialización de aquellos abonos que vayan provistos de la denominación « abonos CEE » y que se ajusten a las disposiciones de la presente Directiva y sus Anexos .

Artículo 8

1 . Los Estados miembros tomarán todas las medidas necesarias para que los abonos comercializados con la denominación « abonos CEE » , sean sometidos a controles oficiales con el objeto de comprobar su conformidad con las disposiciones de la presente Directiva y de sus Anexos I y II .

2 . Para comprobar si un determinado abono se ajusta a las disposiciones de la presente Directiva y de los Anexos I y II en lo que se refiere a los tipos de abono , y para comprobar asimismo si el contenido real en elementos fertilizantes , el contenido real en dichos elementos expresado en alguna de las formas a que se refiere el artículo 3 , y la solubilidad real de los mismos coinciden con los contenidos y la solubilidad declarados , no podrán utilizarse , al efectuar los controles oficiales a que se refiere el apartado anterior , otros métodos de toma de muestras y de análisis que no sean los fijados de conformidad con las disposiciones de la presente Directiva , y teniendo en cuenta los márgenes de tolerancia que figuran en el Anexo III .

3 . Los Estados miembros podrán tomar todas las medidas necesarias para asegurar que nadie pueda aprovecharse sistemáticamente de los márgenes de tolerancia definidos en el Anexo III .

Artículo 9

1 . Las modificaciones que sean necesarias para adaptar al progreso técnico las columnas 4 , 5 , y 6 de la parte A y las columnas 8 a 10 de la parte B de los Anexos I y III , se adoptarán de conformidad con el procedimiento previsto en el artículo 11 .

2 . Los métodos de toma de muestras y de análisis se determinarán igualmente de conformidad con dicho procedimiento .

Artículo 10

1 . Se constituye un Comité para la adaptación al progreso técnico de las directivas tendentes a la eliminación de los obstáculos técnicos a los intercambios comerciales en el sector de los abonos , en adelante denominado « Comité » , que estará compuesto por representantes de los Estados miembros y presidido por un representante de la Comisión .

2 . El Comité establecerá su reglamento interno .

Artículo 11

1 . En caso de que se recurra al procedimiento definido en el presente artículo , el presidente del Comité , bien sea a iniciativa propia o a petición del representante de un Estado miembro , someterá el asunto al Comité .

2 . El representante de la Comisión presentará al Comité un proyecto en un plazo de dos meses . Se pronunciará por mayoría de cuarenta y un votos , ponderándose los votos de los Estados miembros del modo previsto en el apartado 2 , del artículo 148 , del Tratado . El presidente no tomará parte en la votación .

3 . a ) La Comisión adoptará las medidas proyectadas cuando sean conformes con el dictamen del Comité .

b ) En defecto de dictamen , o cuando las medidas proyectadas no sean conformes con el dictamen del Comité , la Comisión someterá de inmediato al consejo una propuesta relativa a las medidas que deban tomarse . El Consejo decidirá por mayoría cualificada .

c ) Si transcurridos tres meses desde el sometimiento de la propuesta el Consejo no hubiere tomado una decisión , la Comisión adoptará las medidas propuestas .

Artículo 12

1 . Los Estados miembros adoptarán en un plazo de veinticuatro meses a partir del día de su notificación , las disposiciones necesarias para cumplir la presente Directiva , e informarán de ellos inmediatamente a la Comisión .

2 . Los Estados miembros comunicarán a la Comisión el texto de las disposiciones básicas de Derecho interno que adopten en el ámbito regulado por la presente Directiva .

Artículo 13

Los destinatarios de la presente Directiva serán los Estados miembros .

Hecho en Bruselas , el 18 de diciembre de 1975 .

Por el Consejo

El Presidente

M. TOROS

(1) DO n º C 49 de 28 . 6 . 1973 , p. 42 .

(2) DO n º C 123 de 27 . 11 . 1972 , p. 34 .

ANEXO I

A . ABONOS SIMPLES

I . ABONOS NITROGENADOS

N º Denominación del tipo Informaciones sobre la forma de obtención y los componentes esenciales Contenido mínimo en elementos fertilizantes ( porcentajes en peso ) . Informaciones sobre la evaluación de los elementos fertilizantes . Otros requisitos Otras informaciones sobre la denominación del tipo Contenido en elementos fertilizantes que debe declararse y garantizarse . Formas y solubilidad de los elementos fertilizantes . Otros criterios

1 2 3 4 5 6

1 a Nitrato de Calcio ( de cal ) Producto obtenido químicamente que contiene como componente esencial nitrato de calcio y ocasionalmente nitrato de amonio 15 % N Nitrógeno evaluado como nitrógeno total o como nitrógeno nítrico y amoniacal . Nitrógeno total

Información facultativa suplementaria :

- nitrógeno nítrico

- nitrógeno amoniacal

Contenido máximo en nitrógeno amoniacal : 1,5 % N

1 b Nitrato de calcio y de magnesio ( nitrato de cal y de magnesio ) Producto obtenido químicamente que contiene como componentes esenciales nitrato de calcio y nitrato de magnesio 13 % N Nitrógeno evaluado como nitrógeno nítrico . Contenido mínimo en magnesio en forma de sales solubles en agua expresado en óxido de magnesio : 5 % de MgO Nitrógeno nítrico . Oxido de magnesio soluble en el agua .

2 a Nitrato de sodio ( sosa ) Producto obtenido químicamente que contiene como componente esencial nitrato de sodio 15 % N Nitrógeno nítrico

2 b Nitrato de Chile Producto preparado a partir de caliche que contiene como componente esencial nitrato de sodio 15 % N Nitrógeno evaluado como nitrógeno nítrico Nitrógeno nítrico

3 a Cianamida cálcica Producto obtenido químicamente que contiene como componentes esenciales cianamida y óxido de calcio y , ocasionalmente , sales de amonio y de urea en pequeñas cantidades 18 % N Nitrógeno evaluado como nitrógeno total , del cual como mínimo el 75 % del nitrógeno declarado se encuentra en forma de nitrógeno cianamídico Nitrógeno total

N º Denominación del tipo Informaciones sobre la forma de obtención y los componentes esenciales Contenido mínimo en elementos fertilizantes ( porcentajes en peso ) . Informaciones sobre la evaluación de los elementos fertilizantes . Otros requisitos Otras informaciones sobre la denominación del tipo Contenido en elementos fertilizantes que debe declararse y garantizarse . Formas y solubilidad de los elementos fertilizantes . Otros criterios

1 2 3 4 5 6

3 b Cianamida cálcica nitratada Producto obtenido químicamente que contiene como componentes esenciales cianamida cálcica y óxido de calcio y , ocasionalmente , pequeñas cantidades se sales de amonio y de urea , y al que se le han añadido nitrato 18 % N Nitrógeno evaluado como nitrógeno total , hallándose el 75 % como mínimo del nitrógeno nítrico declarado en forma de nitrógeno cianamídico Nitrógeno total , Nitrógeno nítrico

Contenido en nitrógeno nítrico :

- contenido mínimo : 1 % N

- contenido máximo : 3 % N

4 Sulfato de amonio Producto obtenido químicamente que contiene como componente esencial sulfato de amonio 20 % N Nitrógeno evaluado como nitrógeno amoniacal Nitrógeno amoniacal

5 Nitrato amónico o nitrato de amonio y carbonato cálcio Producto obtenido químicamente que contiene como componente esencial nitrato amónico y al que puede habérsele añadido carbonato de calcio , sulfato de calcio , dolomita triturada , sulfato de magnesio , kieserita 20 % N Nitrógeno evaluado como nitrógeno nítrico y nitrógeno amoniacal , representando cada una de estas formas de nitrógeno alrededor de la mitad del nitrógeno presente La denominación « nitrato de amonio y carbonato cálcico » sólo podrá utilizarse para abonos que contengan , además de nitrato de amonio , carbonato de calcio ( piedra caliza ) y/o carbonato de magnesio y carbonato de calcio ( dolomita ) . El contenido mínimo del abono en carbonatos deberá ser del 20 % . El grado de pureza de tales carbonatos deberá ser como mínimo del 90 % Nitrógeno total , Nitrógeno nítrico , Nitrógeno amoniacal

6 Sulfonitrato de amonio Producto obtenido químicamente y que contiene como componentes esenciales nitrato de amonio y sulfato de amonio 25 % N Nitrógeno evaluado como nitrógeno amoniacal y nítrico . Nitrógeno total , Nitrógeno amoniacal , Nitrógeno nítrico

Contenido mínimo en nitrógeno nítrico : 5 %

N º Denominación del tipo Informaciones sobre la forma de obtención y los

componentes esenciales Contenido mínimo en elementos fertilizantes ( porcentajes en peso ) . Informaciones sobre la evaluación de los elementos fertilizantes . Otros requisitos Otras informaciones sobre la denominación del tipo Contenido en elementos fertilizantes que debe declararse y garantizarse . Formas y solubilidad de los elementos fertilizantes . Otros criterios

1 2 3 4 5 6

7 Sulfonitrato de magnesio Producto obtenido químicamente y que contiene como componentes esenciales nitrato de amonio , sulfato de amonio y sulfato de magnesio 19 % N Nitrógeno evaluado como nitrógeno amoniacal y nitrógeno nítrico . Nitrógeno total , Nitrógeno amoniacal , Nitrógeno nítrico , Oxido de magnesio soluble en el agua

Contenido mínimo en nitrógeno nítrico 6 % N .

5 % MgO : magnesio en forma de sales solubles en agua , expresado en óxido de magnesio

8 Abono nitrogenado con magnesio Producto obtenido químicamente y que contiene como componentes esenciales nitratos , sales de amoníaco y compuestos del magnesio ( dolomita , carbonato de magnesio y/o sulfato de magnesio ) 19 % N Nitrógeno evaluado como nitrógeno amoniacal y nítrico . Contenido mínimo en nitrógeno nítrico : 6 % N . Nitrógeno total , Nitrógeno amoniacal , Nitrógeno nítrico , Oxido de magnesio total y , ocasionalmente , óxido de magnesio soluble en el agua

5 % MgO : magnesio evaluado como óxido de magnesio total

9 Urea Producto obtenido químicamente que contiene como componente esencial diamida carbónica ( carbamida ) 44 % N Nitrógeno evaluado como nitrógeno total , expresado en nitrógeno úrico . Nitrógeno total , expresado en nitrógeno úrico

Contenido máximo en biuret : 1,2 %

II . ABONOS FOSFATADOS

Cuando se trate de abonos que se vendan en forma granulada y para cuyos componentes básicos se presenta un determinado grado de finura de molienda ( n º 1 , 3 , 4 , 5 , 6 y 7 ) este último se establecerá por medio de un método de análisis apropiado .

N º Denominación del tipo Informaciones sobre la forma de obtención y los componentes esenciales Contenido mínimo en elementos fertilizantes ( porcentajes en peso ) . Informaciones sobre la evaluación de los elementos fertilizantes . Otros requisitos Otras informaciones sobre la denominación del tipo Contenido en elementos fertilizantes que debe declararse y garantizarse . Formas y solubilidad de los elementos fertilizantes . Otros criterios

1 2 3 4 5 6

1 Escorias de desfosforación Producto obtenido en siderurgia por tratamiento de la fundición fosforosa y que contiene como componentes esenciales silicofosfatos de calcio 12 % P2O5 Fósforo evaluado como anhídrido fosfórico soluble en los ácidos minerales , siendo soluble en ácido cítrico al 2 % el 75 % como mínimo del contenido declarado en anhídrido fosfórico 10 % P2O5 Anhídrido fosfórico total ( soluble en los ácidos minerales ) , 75 % del cual ( indicar en porcentaje de peso ) soluble en ácido cítrico al 2 % (

para la comercialización en Francia e Italia ) . Anhídrido fosfórico soluble en los ácidos minerales y anhídrido fosfórico soluble en ácido cítrico al 2 % ( para la comercialización en el Reino Unido ) . Anhídrido fosfórico soluble en ácido cítrico al 2 % ( para la comercialización en Alemania , Bélgica , Dinamarca , Irlanda , Luxemburgo y Países Bajos ) .

- fosfatos Thomas

- escorias Thomas

Fósforo evaluado como anhídrido fosfórico soluble en ácido cítrico al 2 %

Grado de finura de molienda :

- paso de , por lo menos , el 75 % por el tamiz de 0,160 mm de abertura de malla ,

- paso de , por lo menos , el 96 % por el tamiz de 0,630 mm de abertura de malla

2 a Superfosfato normal Producto obtenido por reacción del fosfato mineral triturado con el ácido sulfúrico y que contiene como componentes esenciales fosfato monocálcico y sulfato de calcio 16 % P2O5 Fósforo evaluado como P2O5 soluble en el citrato de amoníaco neutro , siendo el 93 % como mínimo del contenido declarado en P2O5 soluble en agua - Toma de análisis : 1 g Anhídrido fosfórico soluble en el citrato de amoniaco neutro , Anhídrido fosfórico soluble en el agua

2 b Superfosfato concentrado Producto obtenido por reacción del fosfato mineral triturado con el ácido sulfúrico y el ácido fosfórico y que contiene como componente esencial fosfato monocálcico y sulfato de calcio 25 % P2O5 Fósforo evaluado como P2O5 soluble en el citrato de amoníaco neutro , siendo el 93 % como mínimo del contenido declarado en P2O5 soluble en el agua - Toma de análisis 1 g Anhídrido fosfórico soluble en el citrato de amoníaco neutro , Anhídrido fosfórico soluble en el agua

N º Denominación del tipo Informaciones sobre la forma de obtención y los componentes esenciales Contenido mínimo en elementos fertilizantes ( porcentajes en peso ) . Informaciones sobre la evaluación de los elementos fertilizantes . Otros requisitos Otras informaciones sobre la denominación del tipo Contenido en elementos fertilizantes que debe declararse y garantizarse . Formas y solubilidad de los elementos fertilizantes . Otros criterios

1 2 3 4 5 6

2 c Superfosfato triple Producto obtenido por reacción del fosfato natural triturado con ácido fosfórico y que contiene como componente esencial fosfato monocálcico 38 % P2O5 Fósforo evaluado como P2O5 soluble en el citrato de amoniaco neutro siendo el 93 % como mínimo del contenido declarado en P2O5 soluble en el agua - Toma de análisis 3 g : Anhídrido fosfórico soluble en el citrato de amoníaco neutro , Anhídrido fosfórico soluble en el agua

3 Fosfato natural parcialmente solubilizado Producto obtenido por ataque parcial del fosfato natural triturado por el ácido sulfúrico o el ácido fosfórico y que contiene como componentes esenciales fosfato monocálcico , fosfato tricálcico y sulfato de calcio 20 % P2O5 Fósforo evaluado como P2O5 soluble en los ácidos minerales , siendo el 40 % como mínimo del contenido declarado en P2O5 soluble en el agua Anhídrido fosfórico total ( soluble en

los ácidos minerales ) , Anhídrido fosfórico soluble en el agua

Grado de finura de molienda :

- paso de , por lo menos , el 90 % por el tamiz de 0,160 mm de abertura de malla ,

- paso de , por lo menos , el 98 % por el tamiz de 0,630 mm de abertura de malla

4 Fosfato precipitado bicálcico dihidratado Producto obtenido por la precipitación del ácido fosfórico solubilizado de fosfatos minerales o de huesos y que contiene como componente esencial fosfato bicálcico dihidratado 38 % P2O5 Fósforo evaluado como P2O5 soluble en el citrato de amoníaco alcalino ( Petermann ) Anhídrido fosfórico soluble en el citrato de amoníaco alcalino

Grado de finura de molienda :

- paso de , por lo menos , el 90 % por el tamiz de 0,160 mm de abertura de malla ,

- paso de , por lo menos , el 98 % por el tamiz de 0,630 mm de abertura de malla

N º Denominación del tipo Informaciones sobre la forma de obtención y los componentes esenciales Contenido mínimo en elementos fertilizantes ( porcentajes en peso ) Informaciones sobre la evaluación de los elementos fertilizantes Otros requisitos Otras informaciones sobre la denominación del tipo Contenido en elementos fertilizantes que debe declararse y garantizarse Formas y solubilidad de los elementos fertilizantes . Otros criterios

1 2 3 4 5 6

5 Fosfato calcinado Producto obtenido por reacción térmica del fosfato natural molido bajo la acción de compuestos alcalinos y de ácido silícico y que contiene como componentes esenciales fosfato alcalino y silicato de calcio 25 % de P2O5 Fósforo evaluado como P2O5 soluble en el citrato de amoníaco alcalino ( Petermann ) Anhídrido fosfórico soluble en el citrato de amoníaco alcalino

- Grado de finura de molienda :

- paso de , por lo menos , el 75 % por el tamiz de 0,160 mm de abertura de malla ,

- paso de , por lo menos , el 96 % por el tamiz de 0,630 mm de abertura de malla

6 Fosfato aluminocálcico Producto obtenido en forma amorfa por tratamiento térmico y triturado , que contiene como componentes esenciales fosfatos de calcio y de aluminio 30 % de P2O5 Fósforo evaluado como P2O5 soluble en los ácidos minerales , siendo el 75 % como mínimo del contenido declarado en P2O5 soluble en el citrato de amoniaco alcalino ( Joulie ) Anhídrido fosfórico total ( soluble en los ácidos minerales ) . Anhídrido fosfórico soluble en el citrato de amoniaco alcalino

Grado de finura de molienda :

- paso de , por lo menos , el 90 % por el tamiz de 0,160 mm de malla

- paso de , por lo menos , el 98 % por el tamiz de 0,630 mm de abertura de malla

7 Fosfato natural blando Producto obtenido por trituración de fosfatos minerales blandos y que contiene como componentes esenciales fosfato

tricálcico y carbonato de calcio 25 % P2O5 Fósforo evaluado como P2O5 soluble en los ácidos minerales siendo el 55 % como mínimo del contenido declarado en P2O5 soluble en ácido fórmico al 2 % Anhídrido fosfórico total ( soluble en los ácidos minerales ) , Anhídrido fosfórico soluble en ácido fórmico al 2 % , Porcentaje en peso del producto que pueda pasar a través del tamiz de 0,063 mm de abertura de malla

Grado de finura de molienda :

- paso de , por lo menos , el 90 % por el tamiz de 0,063 mm de abertura de malla ,

- paso de , por lo menos , el 99 % por el tamiz de 0,125 mm de abertura de malla

III . ABONOS POTASICOS

N º Denominación del tipo Informaciones sobre la forma de obtención y los componentes esenciales Contenido mínimo en elementos fertilizantes ( porcentajes en peso ) Informaciones sobre la evaluación de los elementos fertilizantes Otros requisitos Otras informaciones sobre la denominación del tipo Contenido en elementos fertilizantes que debe declararse y garantizarse Formas y solubilidad de los elementos fertilizantes . Otros criterios

1 2 3 4 5 6

1 Sal potásica en bruto Producto obtenido a partir de sales potásicas en bruto 10 % K2O Potasio evaluado como K2O soluble en el agua 5 % MgO , magnesio en forma de sales solubles en agua , expresado en óxido de magnesio Podrán añadirse las denominaciones usuales en el comercio Oxido de potasio soluble en el agua , Oxido de magnesio soluble en el agua

2 Sal potásica en bruto enriquecida Producto obtenido a partir de sales potásicas en bruto enriquecidas por mezcla con el cloruro de potasio 18 % K2O Potasio evaluado como K2O soluble en el agua Se podrán añadir las denominaciones usuales en el comercio Oxido de potasio soluble en el agua , Indicación facultativa del contenido en óxido de magnesio soluble en el agua , si es superior al 5 % de MgO

3 Cloruro de potasio Producto obtenido a partir de sales potásicas en bruto y que contienen como componente esencial cloruro de potasio 37 % K2O Potasio evaluado como K2O soluble en el agua Se podrán añadir las denominaciones usuales en el comercio Oxido de potasio soluble en el agua

4 Cloruro de potasio con sal de magnesio Producto obtenido a partir de sales potásicas en bruto con adición de sales de magnesio y que contiene como componentes esenciales cloruro de potasio y sales de magnesio 37 % K2O Potasio evaluado como K2O soluble en el agua , 5 % MgO , magnesio en forma de sales solubles en agua , expresado en óxido de magnesio Oxido de potasio soluble en el agua , Oxido de magnesio soluble en el agua

N º Denominación del tipo Informaciones sobre la forma de obtención y los componentes esenciales Contenido mínimo en elementos fertilizantes ( porcentajes en peso ) Informaciones sobre la evaluación de los elementos fertilizantes Otros requisitos Otras informaciones sobre la denominación del tipo Contenido en elementos fertilizantes que debe declararse y garantizarse Formas y solubilidad de los elementos fertilizantes . Otros criterios

1 2 3 4 5 6

5 Sulfato de potasio Producto obtenido químicamente a partir de las sales de

potasio y que contiene como componente esencial sulfato de potasio 47 % K2O Potasio evaluado como K2O soluble en el agua , Contenido máximo en cloro : 3 % Cl Oxido de potasio soluble en el agua , Indicación facultativa del contenido en cloro , si es inferior al 3 % Cl

6 Sulfato de potasio con sal de magnesio Producto obtenido químicamente a partir de sales de potasio con una posible adición de sales de magnesio y que contiene como componentes esenciales sulfato de potasio y sulfato de magnesio 22 % K2O Potasio evaluado como K2O soluble en el agua , 8 % MgO , magnesio en forma de sales solubles en el agua , expresado en óxido de magnesio . Contenido máximo en cloro : 3 % Cl Se podrán añadir las denominaciones usuales en el comercio Oxido de potasio soluble en el agua , Oxido de magnesio soluble en el agua , Indicación facultativa del contenido en cloro , si es inferior al 3 % Cl .

LISTA DE LOS TIPOS DE ABONOS COMPUESTOS

1 . ABONOS NPK

Denominación del tipo Información sobre la forma de obtención Contenido mínimo en elementos fertilizantes ( porcentaje en peso ) Formas , solubilidad y contenido en elementos fertilizantes que deben declararse y garantizarse como se especifica en las columnas 8 a 10 Grado de finura de molienda Información para la identificación de los abonos Otras exigencias

total para cada uno de los elementos fertilizantes N P2O5 K2O N P2O5 K2O

1 2 3 4 5 6 7 8 9 10

Abonos NPK Producto obtenido químicamente o por mezcla sin incorporación orgánica fertilizantes de origen animal o vegetal 20 % ( N + P2O5 + K2O ) 3 % N , 5 % P2O5 , 5 % K2O

( 1 ) Nitrógeno total

( 2 ) Nitrógeno total

( 3 ) Nitrógeno amonical

( 4 ) Nitrógeno úrico

( 5 ) Nitrógeno cianamídico

( 1 ) P2O5 soluble en el agua

( 2 ) P2O5 soluble en el citrato de amonio neutro

( 3 ) P2O5 soluble en el citrato de amonio neutro y en el agua

( 4 ) P2O5 soluble únicamente en los ácidos minerales

( 5 ) P2O5 soluble en el citrato de amonio alcalino ( Petermann )

( 6a ) P2O5 soluble en los ácidos minerales , siendo el 75 % como mínimo del contenido declarado en P2O5 soluble en ácido cítrico al 2 %

( 6b ) P2O5 soluble en ácido cítrico al 2 %

K2O soluble en el agua

1 . Nitrógeno total

2 . Si alguna de las formas de nitrógeno ( 2 ) a ( 5 ) alcanza al menos el 1 % en peso , el contenido en esa forma de nitrógeno deberá declararse y garantizarse

1 . Un abono NPK sin escorias Thomas , fosfato calcinado , fosfato aluminocálcico , fosfato natural parcialmente solubilizado y fosfato natural deberá garantizarse de conformidad con la solubilidad ( 1 ) , ( 2 ) o ( 3 ) ;

- en el caso en que el P2O5 soluble en el agua no alcance el 2 % , se

declarará únicamente la solubilidad ( 2 ) ;

- en el caso en que el P2O5 soluble en el agua alcance el 2 % , se declará la solubilidad ( 3 ) con la obligación de indicar el contenido en P2O5 soluble en el agua solubilidad ( 1 ) .

El contenido de P2O5 soluble únicamente en los ácidos minerales no deberá sobrepasar el 2 % .

Para este tipo 1 , la toma de análisis para la determinación de la solubilidad ( 2 ) y ( 3 ) será de lg .

2a . Un abono NPK que contenga fosfato natural o fosfato natural parcialmente solubilizado no deberá contener escorias Thomas , fosfato calcinado ni fosfato aluminocálcico . Se garantizará de acuerdo con la solubilidad ( 1 ) , ( 3 ) y ( 4 ) .

1 . Oxido de potasio soluble en el agua

2 . « Pobre en cloro » equivaldrá a un contenido máximo de 2 % CL

3 . Se permitirá declarar y garantizar el contenido en cloro

Denominación del tipo Información sobre la forma de obtención Contenido mínimo en elementos fertilízantes ( porcentaje en peso ) Formas , solubilidad y contenido en elementos fertilizantes que deben declararse y garantizarse como se especifica en las columnas 8 a 10 - Grado de finura de molienda Información para la identificación de los abonos . Otras exigencias

total para cada uno de los elementos fertilizantes N P2O5 K2O N P2O5 K2O

1 2 3 4 5 6 7 8 9 10

( 7 ) P2O5 soluble en los ácidos minerales , siendo el 75 % como mínimo del contenido declarado en P2O5 soluble en el citrato de amonio alcalino ( Joulie )

( 8 ) P2O5 soluble en los ácidos minerales , siendo el 55 % como mínimo del contenido declarado en P2O5 soluble en ácido fórmico al 2 %

Grados de finura de molienda de los componentes fostados básicos

Escorias Thomas : paso de , por lo menos , el 75 % a través del tamiz de 0,160 mm de abertura de malla

Fosfato aluminocálcio : paso de , por lo menos , el 90 % a través del tamiz de 0,160 mm de abertura de malla

Fosfato calcinado : paso de , por lo menos , el 75 % a través del tamiz de 0,160 mm de abertura de malla

Fosfato natural blando : paso de , por lo menos , el 90 % a través de un tamiz de 0,063 mm de abertura de malla

Fosfato natural parcialmente solubilizado : paso de , por lo menos , el 90 % a través de un tamiz de 0,160 de abertura de malla

Este tipo de abono deberá responder a las siguientes exigencias :

- contener al menos un 2 % de P2O5 soluble únicamente en los ácidos minerales [ solubiladas ( 4 ) ] .

- contener al menos un 5 % de P2O5 soluble en el agua y en el citrato de amonio neutro [ solubilidad ( 3 ) ] .

- contener al menos un 2,5 % de P2O5 soluble en el agua [ solubilidad ( 1 ) ] .

Este tipo de abono deberá comercializarse bajo la denominación « Abono NPK con fosfato natural » o « Abono NPK con fosfato natural parcialmente solubilizado » .

En tal caso , la toma de análisis para la determinación de la solubilidad será de 3 g .

2b . Un abono NPK que contenga fosfato aluminocálcico no deberá tener escorias Thomas , fosfato calcinado , fosfato natural parcialmente solubilizado ni fosfato natural . Se garantizará de acuerdo con la solubilidad ( 1 ) y ( 7 ) , aplicándose esta última una vez deducido a la solubilidad en el agua .

Este tipo de abono deberá responder a las siguientes exigencias :

- contener al menos un 2 % de P2O5 soluble en el [ agua solubilidad ( 1 ) ] .

Denominación del tipo Información sobre la forma de obtención Contenido mínimo en elementos fertilizantes ( porcentaje en peso ) Formas , solubilidad y contenido en elementos fertilizantes que deben declararse y garantizarse como se especifica en las columnas 8 a 10 . Grado de finura de molienda Información para la identificación de los abonos . Otras exigencias

total para cada uno de los elementos fertilizantes N P2O5 K2O N P2O5 K2O

1 2 3 4 5 6 7 8 9 10

- contener al menos un 5 % de P2O5 según la solubilidad ( 7 )

Este tipo de abono deberá comercializarse bajo la denominación « Abono NPK con fosfato aluminocálcico » .

3 . Cuando se trate de abono NPK que sólo contenga uno de los tipos de abonos fosfatados siguientes : escorias Thomas , fosfato aluminocálcico o fosfato natural blando , el componente fosfatado deberá indicarse a continuación de la denominación del tipo de abono .

La garantía de la solubilidad del P2O5 deberá darse de la siguiente forma :

- para los abonos a base de escorias Thomas solubilidad ( 6a ) ( Francia , Italia ) , ( 6b ) ( Alemania , Bélgica , Dinamarca , Irlanda , Luxemburgo , Países Bajos , Reino Unido )

- para los abonos a base de fosfato calcinado : solubilidad ( 5 )

- para los abonos a base de fosfato aluminicálcico : solubilidad ( 7 )

- para los abonos a base de fosfato natural blando : solubilidad ( 8 ) .

Denominación del tipo Información sobre la forma de obtención Contenido mínimo en elementos fertilizantes ( porcentaje en peso ) Formas , solubilidad y contenido en elementos fertilizantes que deben declararse y garantizarse como se especifica en las columnas 8 a 10 . Grado de finura de molienda Información para la identificación de los abonos . Otras exigencias

total para cada uno de los elementos fertilizantes N P2O5 K2O N P2O5 K2O

1 2 3 4 5 6 7 8 9 10

Abonos NP Producto obtenido químicamente o por mezcla , sin incorporación de materias orgánicas fertilizantes de origen animal o vegetal 18 % N + P2O5 3 % N , 5 % P2O5

( 1 ) Nitrógeno total

( 2 ) Nitrógeno nítrico

( 3 ) Nitrógeno amoniacal

( 4 ) Nitrógeno úrico

( 5 ) Nitrógeno cianamídico

( 1 ) P2O5 soluble en el agua

( 2 ) P2O5 soluble en el citrato de amonio neutro

( 3 ) P2O5 soluble en el citrato de amonio neutro y en el agua

( 4 ) P2O5 soluble únicamente en los ácidos minerales

( 5 ) P2O5 soluble en el citrato de amonicalcalino ( Petermann )

( 6a ) P2O5 soluble en los ácidos minerales , siendo el 75 % al menos del contenido declarado en P2O5 soluble en ácido cítrico al 2 %

( 6b ) P2O5 soluble en el ácido cítrico

1 . Nitrógeno total

2 . Si alguna de las formas de nitrógeno ( 2 ) a ( 5 ) alcanza al menos el 1 % en peso , el contenido en esa forma de nitrógeno deberá declararse y garantizarse

1 . Deberá garantizarse un abono NP sin escorias Thomas , fosfato calcinado , fosfato aluminicálcico , fosfato natural parcialmente solubilizado ni fosfato natural , de conformidad con la solubilidad ( 1 ) , ( 2 ) o ( 3 ) :

- en el caso en que el P2O5 soluble en el agua no alcance el 2 % , se declarará únicamente la solubilidad ( 2 ) ,

- en el caso en que el P2O5 soluble en el agua alcance el 2 % , se declarará la solubilidad ( 3 ) con la obligación de indicar en P2O5 soluble en el agua [ solubilidad ( 1 ) ] .

El contenido de P2O5 soluble únicamente en los ácidos minerales no deberá sobrepasar el 2 % . Para este tipo 1 , la toma de análisis para la determinación de la solubilidad será de 1g .

2a . Un abono NP que contenga fosfato natural parcialmente solubilizado no deberá tener escorias Thomas , fosfato calcinado ni fosfato aluminicálcio

Se garantizará de acuerdo con la solubilidad ( 1 ) , ( 3 ) y ( 4 )

Denominación del tipo Información sobre la forma de obtención Contenido mínimo en elementos fertilízantes ( porcentaje en peso ) Formas , solubilidad y contenido en elementos fertilizantes que deben declararse y garantizarse como se especifica en las columnas 8 a 10 . Grado de finura de molienda Información para la identificación de los abonos . Otras exigencias

total para cada uno de los elementos fertilizantes N P2O5 K2O N P2O5 K2O

1 2 3 4 5 6 7 8 9 10

( 7 ) P2O5 soluble en los ácidos minerales , siendo el 75 % como mínimo del contenido declarado en P2O5 soluble en el citrato de amonio alcalino ( Petermann )

( 8 ) P2O5 soluble en los ácidos minerales , siendo el 55 % como mínimo del contenido declarado en P2O5 soluble en ácido fórmico al 2 %

Grados de finura de molienda de los componentes fosfatados básicos

Escorias Thomas : paso de , por lo menos , el 75 % a través del tamiz de 0,160 mm de abertura de malla

Fosfato aluminocálcico : paso de , por lo menos , el 90 % a través del tamiz de 0,160 mm de abertura de malla

Fosfato calcinado : paso de , por lo menos , el 75 % a través del tamiz de 0,160 mm de abertura de malla

Fosfato natural blando : paso de , por lo menos , el 90 % a través de un tamiz de 0,063 mm de abertura de malla

Fosfato natural parcialmente solubilizado : paso de , por lo menos , el 90 % a través del tamiz de 0,160 mm de abertura de malla

Este tipo de abono deberá responder a las siguientes exigencias :

- contener al menos un 2 % de P2O5 soluble únicamente en los ácidos minerales [ solubiladas ( 4 ) ] .

- contener al menos un 5 % de P2O5 soluble en el agua y en el citrato de amonio neutro solubilidad ( 3 ) .

- contener al menos 2,5 % de P2O5 soluble en el agua [ solubilidad ( 1 ) ] .

Este tipo de abono deberá comercializarse bajo la denominación « Abono NP con fosfato natural » o « Abono NP con fosfato natural parcialmente solubilizado » .

La toma de análisis para la determinación de la solubilidad ( 3 ) en este tipo de abono será de 3g

2b . Un abono NP que contenga fosfato aluminocálcico no deberá tener escorias Thomas , fosfato calcinado , fosfato natural parcialmente solubilizado ni fosfato natural .

Se garantizará de acuerdo con la solubilidad ( 1 ) y ( 7 ) , aplicándose esta última , una vez deducida la solubilidad en el agua . Este tipo de abono deberá responder a las siguientes exigencias :

- contener al menos un 2 % de P2O5 soluble en el agua [ solubilidad ( 1 ) ] .

- contener al menos un 5 % de P2O5 según la solubilidad ( 7 ) .

Denominación del tipo Información sobre la forma de obtención Contenido mínimo en elementos fertilizantes ( porcentaje en peso ) Formas , solubilidad y contenido en elementos fertilizantes que deben declararse y garantizarse como se especifica en las columnas 8 a 10 . Grado de finura de molienda Información para la identificación de los abonos . Otras exigencias

total para cada uno de los elementos fertilizantes N P2O5 K2O N P2O5 K2O

1 2 3 4 5 6 7 8 9 10

Este tipo de abono deberá comercializarse bajo la denominación « Abono NP con fosfato aluminocálcico » .

3 . Cuando se trate de abonos NP que sólo contenga uno de los tipos de abonos fosfatados siguientes : escorias Thomas , fosfato calcinado , fosfato aluminocálcico , o fosfato natural blando , el componente fosfatado deberá indicarse a continuación del tipo de abono .

La garantía de la solubilidad del P2O5 deberá darse de la siguiente forma :

- para los abonos a base de escorias Thomas : solubilidad ( 6a ) ( Francia , Italia ) , ( 6b ) ( Alemania , Bélgica , Dinamarca , Irlanda , Luxemburgo , Países Bajos , Reino Unido )

- para los abonos a base de fosfato calcinado : solubilidad ( 5 )

- para los abonos a base fosfato aluminicálcico : solubilidad ( 7 )

- para los abonos a base de fosfato natural blando : solubilidad ( 8 ) .

Denominación del tipo Información sobre la forma de obtención Contenido mínimo en elementos fertilizantes ( porcentaje en peso ) Formas , solubilidad y contenido en elementos fertilizantes que deben declararse y garantizarse como se especifica en las columnas 8 a 10 . Grado de finura de molienda Información para la identificación de los abonos . Otras exigencias

total para cada uno de los elementos fertilizantes N P2O5 K2O N P2O5 K2O

1 2 3 4 5 6 7 8 9 10

Abono NK Producto obtenido químicamente o por mezcla , sin incorporación de materias orgánicas fertilizantes de origen animal o vegetal 18 % ( N + K2O )

3 % N , 5 % K20 ( 1 ) Nitrógeno total K2O soluble en el agua

( 2 ) Nitrógeno nítrico

( 3 ) Nitrógeno úrico

( 5 ) Nitrógeno cianamídico

1 . Nitrógeno total 1 . Oxido de potasio soluble en el agua

2 . Si una de las formas de nitrógeno de ( 2 ) a ( 5 ) alcanza al menos el 1 % en peso , el contenido en esa forma de nitrógeno deberá declararse y garantizarse 2 . « Pobre en cloro » equivaldrá a un contenido máximo de 2 % Cl

3 . El contenido en cloro podrá declararse y garantizarse

Denominación del tipo Información sobre la forma de obtención Contenido mínimo en elementos fertilizantes ( porcentaje en peso ) Formas , solubilidad y contenido en elementos fertilizantes que deben declararse y garantizarse como se especifica en las columnas 8 a 10 . Grado de finura de molienda Información para la identificación de los abonos . Otras exigencias

total para cada uno de los elementos fertilizantes N P2O5 K2O N P2O5 K2O

1 2 3 4 5 6 7 8 9 10

Abonos PK Producto obtenido químicamente o por mezcla , sin incorporación de materias orgánicas fertilizantes de origen animal o vegetal 18 % ( P2O5 + K2O ) 5 % P2O5 , 5 % K2O ( 1 ) P2O5 soluble en el agua K2 soluble en el agua

( 2 ) P2O5 soluble en el citrato de amonio neutro

( 3 ) P2O5 soluble en el citrato de amonio neutro y en el agua

( 4 ) P2O5 soluble únicamente en los ácidos minerales

( 5 ) P2O5 soluble en el citrato de amonio alcalino ( Petermann )

( 6 ) P2O5 soluble en los ácidos minerales , siendo el 75 % como mínimo del contenido declarado en P2O5 soluble en ácido cítrico al 2 %

( 6b ) P2O5 soluble en ácido cítrico al 2 %

1 . Un abono PK sin escorias Thomas , fosfato calcinado , fosfato aluminocálcico , fosfato natural parcialmente solubilizado y fosfato natural , deberá garantizarse de conformidad con la solubilidad ( 1 ) , ( 2 ) o ( 3 ) ;

- en el caso en que el P2O5 soluble en el agua no alcance el 2 % , se declarará solamente la solubilidad ( 2 ) ;

- en el caso en que el P2O5 soluble en el agua alcance el 2 % , se declarará la solubilidad ( 3 ) con la obligación de indicar el contenido en P2O5 soluble en el agua [ solubilidad ( 1 ) ] .

El contenido de P2O5 soluble únicamente en los ácidos minerales no deberá sobrepasar el 2 % .

Para este tipo 1 , la toma de análisis para la determinación de la solubilidad ( 2 ) y ( 3 ) será de lg .

2a . Un abono PK que contenga fosfato natural o fosfato natural parcialmente solubilizado , no deberá tener escorias Thomas , fosfato calcinado ni fosfato aluminocálcico . Se garantizará de acuerdo con la solubilidad ( 1 ) , ( 3 ) y ( 4 ) .

1 . Oxido de potasio soluble en el agua

2 . « Pobre en cloro » equivaldrá a un contenido máximo de 2 % CL

3 . El contenido en cloro podrá declararse y garantizarse

Denominación del tipo Información sobre la forma de obtención Contenido

mínimo en elementos fertilizantes ( porcentaje en peso ) Formas , solubilidad y contenido en elementos fertilizantes que deben declararse y garantizarse como se especifica en las columnas 8 a 10 . Grado de finura de molienda Información para la identificación de los abonos . Otras exigencias

total para cada uno de los elementos fertilizantes N P2O5 K2O N P2O5 K2O

1 2 3 4 5 6 7 8 9 10

( 7 ) P2O5 soluble en los ácidos minerales , siendo el 75 % como mínimo del contenido declarado en P2O5 soluble en el citrato de amonio alcalino ( Joulie )

( 8 ) P2O5 soluble en los ácidos minerales , siendo el 55 % como mínimo del contenido declarado en P2O5 soluble en ácido fórmico al 2 %

Grado de finura de molienda de los componentes fostados básicos

Escorias Thomas : paso de , por lo menos , el 75 % a través del tamiz de 0,160 mm de abertura de malla

Fosfato aluminocálcio : paso de , por lo menos , el 90 % a través del tamiz de 0,160 mm de abertura de malla

Fosfato calcinado : paso de , por lo menos , el 75 % a través del tamiz de 0,160 mm de abertura de malla

Fosfato natural blando : paso de , por lo menos , el 90 % a través del tamiz de 0,063 mm de abertura de malla

Fosfato natural parcialmente solubilizado : paso de , por lo menos , el 90 % a través del tamiz de 0,160 mm de abertura de malla

Este tipo de abono deberá responder a las siguientes exigencias :

- contener al menos un 2 % de P2O5 soluble únicamente en los ácidos minerales [ solubilidad ( 4 ) ] .

- contener al menos un 5 % de P2O5 soluble en el agua y en el citrato de amonio neutro [ solubilidad ( 3 ) ] .

- contener al menos un 2,5 % de P2O5 soluble en el agua [ solubilidad ( 1 ) ] .

Este tipo de abono deberá comercializarse bajo la denominación « Abono PK con fosfato natural » o « Abono PK con fosfato natural parcialmente solubilizado » .

La toma de análisis para la determinación de la solubilidad será de 3g .

2b . Un abono PK que contenga fosfato aluminocálcico no deberá tener escorias Thomas , fosfato calcinado , fosfato natural parcialmente solubilizado ni fosfato natural . Se garantizará de acuerdo con la solubilidad ( 1 ) y ( 7 ) , aplicándose esta última una vez deducido a la solubilidad en el agua .

Este tipo de abono deberá responder a las siguientes exigencias :

- contener al menos un 2 % de P2O5 soluble en el agua [ solubilidad ( 1 ) ] .

- contener al menos un 5 % de P2O5 según la solubilidad ( 7 )

Denominación del tipo Información sobre la forma de obtención Contenido mínimo en elementos fertilizantes ( porcentaje en peso ) Formas , solubilidad y contenido en elementos fertilizantes que deben declararse y garantizarse como se especifica en las columnas 8 a 10 Grado de finura de molienda Información para la identificación de los abonos Otras exigencias

total para cada uno de los elementos fertilizantes N P2O5 K2O N P2O5 K2O

1 2 3 4 5 6 7 8 9 10

Este tipo de abono deberá comercializarse bajo la denominación « Abono PK con fosfato aluminocálcico » .

3 . Cuando se trate de abonos PK que sólo contenga uno de los tipos de abonos fosfatados siguientes : escorias Thomas , fosfato calcinado fosfato aluminiocálcico , fosfato natural blando , el componente fosfatado deberá indicarse a continuación de la denominación del tipo de abono .

La garantía de la solubilidad del P2O5 deberá darse de la forma siguiente :

- para los abonos a base de escorias Thomas : solubilidad ( 6a ) ( Francia , Italia ) , ( 6b ) ( Alemania , Bélgica , Dinamarca , Irlanda , Luxemburgo , Países Bajos , Reino Unido )

- para los abonos a base de fosfato disgregado : solubilidad ( 5 )

- para los abonos a base fosfato aluminicálcico : solubilidad ( 7 )

- para los abonos a base de fosfato natural blando : solubilidad ( 8 ) .

ANEXO II

DISPOSICIONES RELATIVAS A LA IDENTIFICACION Y AL ETIQUETADO

1 . Marcas de identificación obligatorias

a ) La mención « ABONOS CEE » en letras mayúsculas .

b ) La denominación del tipo de abono , de acuerdo con el Anexo I , y cuando se trate de abonos compuestos , los números que indiquen el contenido en elementos fertilizantes , en el orden establecido por dicha denominación .

c ) El contenido garantizado en cada elemento fertilizante y el contenido garantizado en formas y/o solubilidad , cuando el Anexo I así lo establezca .

Cuando se trate de abonos simples y compuestos , el contenido en elementos fertilizantes deberá darse en porcentaje del peso , en número entero o , en su caso , con un decimal y en el orden , N , P2O5 , y/o P , K2O y/o K para los abonos compuestos .

Las formas y la solubilidad de los elementos fertilizantes deberán indicarse igualmente en porcentaje del peso , salvo en el caso en que el Anexo I establezca expresamente que el contenido se indique de otra manera .

Los elementos fertilizantes deberán indicarse al mismo tiempo con la denominación literal y la denominación en símbolo químico ( por ejemplo , nitrógeno ( N ) , fósforo ( P ) , anhídrido fosfórico ( P2O5 ) , potasio ( K ) , óxido de potasio ( K2O ) , magnesio ( Mg ) , óxido de magnesio ( MgO ) ) ;

d ) Peso neto o peso bruto garantizado .

En caso de que se indique el peso bruto , deberá indicarse al lado el peso de la tara .

e ) El nombre o la razón social o la marca registrada , y la dirección de la persona responsable de la comercialización del abono que tenga su sede dentro de la Comunidad .

2 . Normas de etiquetado

a ) Las etiquetas o las indicaciones impresas sobre el envase que contengan los datos a los que se refiere el número 1 deberán colocarse en lugar bien visible . Las etiquetas deberán fijarse al sistema de cierre del envase . Si el sistema de cierre estuviere constituido por un sello o precinto de plomo o de cualquier otro material , dicho sello o precinto deberá llevar el

nombre o la marca de la persona responsable a que se refiere la letra e ) del número 1 .

b ) Las marcas obligatorias a que se refiere el número 1 deberán ser y permanecer indelebles y claramente legibles .

c ) En los casos a que se refiere el artículo 3 , la mercancía deberá ir acompañada de un ejemplar de los documentos que contengan las marcas de identificación . Este ejemplar de los documentos deberá ser accesible a los organismos de control .

ANEXO III

MARGENES DE TOLERANCIA

a ) Los márgenes de tolerancia que se indican en el presente Anexo constituyen la diferencia admisible entre el valor de un elemento fertilizante hallado en el análisis y su valor declarado .

b ) Están destinados a tener en cuenta variaciones de fabricación , de preparación de muestras y de análisis .

c ) No se admitirá tolerancia alguna en lo que se refiere a los contenidos mínimos y máximos que se especifican en el Anexo I .

d ) Si no se indica máximo alguno , el excedente de elemento fertilizante con relación al contenido declarado no será objeto de restricción alguna .

e ) En lo que se refiere al contenido declarado y garantizado en elementos fertilizantes de los diversos tipos de abonos , o márgenes de tolerancia aplicables serán los siguientes :

Valores absolutos en porcentaje del peso expresado en N , P2O5 , K2O , MgO y Cl

A . ABONOS SIMPLES

I . Abonos nitrogenados

Nitrato de calcio 0,4

Nitrato de calcio y de magnesio 0,4

Nitrato de sodio 0,4

Nitrato de Chile 0,4

Cianamida cálcica nitratada 1,0

Sulfato de amonio 0,3

Nitrato amónico

- hasta 32 % 0,8

- más del 32 % 0,6

Sulfonitrato de amonio 0,8

Sulfonitrato de amonio y de magnesio 0,8

Abono nitrogenado con magnesio 0,8

Urea 0,4

II . Abonos fosfatados

Escorias Thomas :

- garantía expresada por una diferencia del 2 % en peso 0

- garantía expresada por un sólo número 1,0

Otros abonos fosfatados

Solubilidad del P2O5 en : ( Número del abono en el Anexo 1 )

Acido mineral ( 3 , 6 , 7 ) 0,8

Acido fórmico ( 7 ) 0,8

Citrato de amonio neutro ( 2a , b , c ) 0,8

Citrato de amonio alcalino ( 4 , 5 , 6 ) 0,8

Agua ( 2a , 2b , 3 ) 0,9

( 2c ) 1,3

III . Abonos potásicos

Sal potásicos en bruto 1,5

Sal potásica en bruto enriquecida 1,0

Cloruro de potasio :

( hasta el 55 % ) 1,0

( más del 55 % ) 0,5

Cloruro de potasio con sal de magnesio 1,5

Sulfato de potasio 0,5

Sulfato de potasio con sal de magnesio 1,5

Otros elementos

Oxido de magnesio 0,9

Cloro 0,2

B . ABONOS COMPUESTOS

1 . Elementos fertilizantes

- N 1,1

- P2O5 1,1

- K2O 1,1

2 . Valor máximo de las diferencias negativas en relación al valor declarado

- abonos binarios 1,5

- abonos ternarios 1,9

f ) En lo que se refiere al contenido declarado y garantizado para las diferentes formas de nitrógeno y a la solubilidad declarada del anhídrido fosfórico , el margen de tolerancia sera 1/10 del contenido total del elemento de que se trate con un máximo del 2 % del peso , siempre que la cantidad total de dicho elemento fertilizante permanezca dentro de los límites que se especifican en el Anexo I y de los márgenes de tolerancia que se especifican en la letra e ) .

ANÁLISIS

  • Rango: Directiva
  • Fecha de disposición: 18/12/1975
  • Fecha de publicación: 30/01/1976
  • Cumplimiento a más tardar el 30 de enero de 1978.
Referencias posteriores

Criterio de ordenación:

Materias
  • Abonos
  • Análisis
  • Armonización de legislaciones
  • Comercialización
  • Comités consultivos
  • Embalajes
  • Etiquetas
  • Fósforo
  • Magnesio
  • Marcas

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