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Documento BON-n-2017-90270

Anulación de la corrección de errores de la Ley Foral 24/2016, de 28 de diciembre, de Presupuestos Generales de Navarra para el año 2017.

Publicado en:
«BON» núm. 28, de 9 de febrero de 2017, páginas 1663 a 1663 (1 pág.)
Departamento:
Comunidad Foral de Navarra
Referencia:
BON-n-2017-90270

TEXTO ORIGINAL

Advertidos errores en el texto de la corrección de errores de la Ley Foral 24/2016, de 28 de diciembre, de Presupuestos Generales de Navarra para el año 2017, publicada en el «Boletín Oficial de Navarra» número 16, de 24 de enero de 2017, se procede a la anulación de dicha corrección.

Pamplona, 7 de febrero de 2017.–El Consejero de Hacienda y Política Financiera, Mikel Aranburu Urtasun.

Corrección de errores de la Ley Foral 24/2016, de 28 de diciembre, de Presupuestos Generales de Navarra para el año 2017

Advertidos errores en la Ley Foral 24/2016, de 28 de diciembre, de Presupuestos Generales de Navarra para el año 2017, publicada en el «Boletín Oficial de Navarra» extraordinario número 251, de 31 de diciembre de 2016, se procede a efectuar la oportuna rectificación:

En el artículo 5, punto 2, apartado i), página 12559, primera columna, donde dice:

«155003-17830-3501-932100 denominada «Intereses de demora en devoluciones de impuestos».

Debe decir:

«155003-17830-3501-932100 denominada «Intereses por demora en devoluciones de impuestos».

En el artículo 5, punto 3, apartado a), página 12559, primera columna, donde dice:

«400000-41000-1220-322002 denominada «Reversión de los recortes en enseñanza pública».

Debe decir:

«400000-41000-1220-322002 denominada «Reversión de los recortes en la enseñanza pública».

En el artículo 5, punto 5, apartado b), página 12559, segunda columna, donde dice:

«710000-71210-4700-412107 denominada «Ayudas a los daños en infraestructuras privadas y a la pérdida de renta».

Debe decir:

«710000-71210-4700-412107 denominada «Ayudas a los daños en infraestructuras privadas y a la pérdida de rentas».

En el artículo 5, punto 6, apartado b), página 12559, segunda columna, donde dice:

«820005-82110-7701-46306 denominada «Convocatoria I+D+i Cooperación Áreas de S3. Estrategia Especialización inteligente y tecnologías».

Debe decir:

«820005-82110-7701-467306 denominada «Convocatoria I+D+i Cooperación Áreas de S3. Estrategia Especialización inteligente y tecnologías».

En el artículo 9, punto 10, párrafo segundo, página 12561, primera columna, donde dice:

«Las retribuciones para el año 2017 del personal directivo con consideración de alto cargo de las sociedades públicas de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra integradas en la Corporación Pública Empresarial de Navarra, serán las siguientes:

Para las personas titulares de Direcciones-Gerencias el salario bruto base anual, referida a catorce mensualidades, será de 55.000,00 euros. Dicha retribución anual se modulará en base a la complejidad de la empresa pública a gestionar, todo ello según la siguiente tabla:

Tipo de sociedad Complemento de complejidad

Salario bruto base anual

Euros

D 0% 55.000,00
C 10% 60.500,00
B 30% 71.500,00
A 55% 81.250,00

La clasificación de las sociedades en función de su tipo se determinará por Acuerdo del Gobierno de Navarra».

Debe decir:

«Las retribuciones para el año 2017 del personal directivo con consideración de alto cargo de las sociedades públicas de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra integradas en la Corporación Pública Empresarial de Navarra, serán las siguientes:

Para las personas titulares de Direcciones-Gerencias el salario bruto base anual, referida a catorce mensualidades, será de 55.000,00 euros. Dicha retribución anual se modulará en base a la complejidad de la empresa pública a gestionar, todo ello según la siguiente tabla:

Tipo de sociedad Complemento de complejidad

Salario bruto base anual

Euros

D 0% 55.000,00
C 10% 60.500,00
B 30% 71.500,00
A 55% 85.250,00

La clasificación de las sociedades en función de su tipo se determinará por Acuerdo del Gobierno de Navarra».

En el artículo 41, párrafo seis, página 12566, primera columna, donde dice:

«Mediante la disposición pertinente se regulará la participación institucional de los agentes sociales y empresariales. Los participantes percibirán una compensación en la forma y cuantía que se determine en dicha disposición con cargo a la partida «Transferencia agentes sociales y empresariales en función de su participación institucional».

Debe decir:

«Mediante la disposición pertinente se regulará la participación institucional de los agentes sociales y empresariales. Los participantes percibirán una compensación en la forma y cuantía que se determine en dicha disposición con cargo a la partida 810012-81500-4819-494111 «Transferencia agentes sociales y empresariales por participación».

En el artículo 52, título y párrafo primero, página 12567, primera columna, donde dice:

«Gestión de la partida 400000-41000-1220-323002 denominada «Reversión de Recortes en la enseñanza pública».

La partida «Reversión de Recortes en la enseñanza pública» se destinará a financiar cualquier tipo de gasto cuya finalidad sea la reversión de los recortes producidos en la educación pública durante la legislatura 2011-2015. Para la consecución de este objetivo se podrán habilitar y/o incrementar créditos en cualquiera de los programas presupuestarios del Departamento de Educación que serán financiados con esta partida presupuestaria siempre y cuando estas habilitaciones o incrementos de crédito obedezcan a la reversión de los referidos recortes».

Debe decir:

«Gestión de la partida 400000-41000-1220-323002 denominada «Reversión de los recortes en la enseñanza pública».

La partida «Reversión de los recortes en la enseñanza pública» se destinará a financiar cualquier tipo de gasto cuya finalidad sea la reversión de los recortes producidos en la educación pública durante la legislatura 2011-2015. Para la consecución de este objetivo se podrán habilitar y/o incrementar créditos en cualquiera de los programas presupuestarios del Departamento de Educación que serán financiados con esta partida presupuestaria siempre y cuando estas habilitaciones o incrementos de crédito obedezcan a la reversión de los referidos recortes».

Se sustituyen los cuadros resumen de gasto e ingresos, página 12570, por los siguientes:

Explicación del gasto

1

Gastos de personal

2

Gastos en bienes corrientes y servicios

3

Gastos financieros

4

Transferencias corrientes

5

Fondo de Contingencia

6

Inversiones reales

7

Transferencias de capital

8

Activos financieros

9

Pasivos financieros

Total
P Parlamento de Navarra       15.564.337     1.309.447     16.873.784

0 Departamento de Presidencia, Función

Pública, Interior y Justicia

228.126.904 40.158.878   19.119.035   12.243.650 146.010 19.222.500   319.016.977

1 Departamento de Hacienda y Política

Financiera

21.962.282 12.152.773 98.328.242 506.665.051 11.770.210 4.181.821 20 16.273.010 293.000.000 964.333.409

 

ANÁLISIS

  • Rango: Corrección (errores o erratas)
  • Fecha de publicación: 09/02/2017
Referencias anteriores
  • ANULA:
    • la Corrección de errores de la Ley Foral 24/2016, de 28 de diciembre (Ref. BON-n-2017-90259).
    • la Corrección de errores publicada en el BON núm. 16 de 24 de enero de 2017, de la Ley foral 24/2016, de 28 de diciembre (Ref. BOE-A-2017-2354).
Materias
  • Créditos Presupuestarios
  • Gestión presupuestaria
  • Navarra
  • Ordenación de gastos y pagos
  • Presupuestos de las Comunidades Autónomas

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