El Consejo de Administración de la Autoridad Portuaria de Baleares, en sesión celebrada en fecha 18 de abril de 2013, adoptó, entre otros, el siguiente acuerdo:
"1º.- Dejar sin efecto en todos sus términos la "Actualización de tarifas para la prestación del servicio portuario de remolque en el puerto de Maó" aprobada en la sesión del 13 de mayo de 2010 del Consejo de Administración de la Autoridad Portuaria de Baleares.
2º.- Modificar el punto 2.2 de la Prescripción 11 del Pliego de Prescripciones Particulares del Servicio de Remolque en los puertos de Palma, Alcúdia, Maó y Eivissa/la Savina, quedando dicho punto 2.2 de la forma siguiente:
"Prescripción 11.- Tarifas.
2.2.- Para los buques que sea obligatoria la utilización del servicio de remolque
Los buques obligados a la utilización del servicio de remolque portuario abonarán las siguientes cantidades en cada operación:
Tarifa servicio Palma Alcúdia Eivissa Maó
0,552 €/GT 0,552 €/GT 0,552 €/GT 0,552 €/GT
Estas cantidades se abonarán por cada servicio y con independencia del número de remolcadores que, en el puerto de Palma, se utilicen durante la maniobra".
Esta modificación tarifaria será de aplicación a partir del momento en el que se cumplan las exigencias relativas a los medios mínimos previstos en el Pliego de Prescripciones Particulares del Servicio, en particular las características de cada uno de los remolcadores, que en el puerto Maó deberá disponer de una tracción mínima a punto fijo de 40 t, y para los buques tanque tendrá que ser de propulsión azimutal".
Esta modificación tarifaria es de aplicación desde su fecha de entrada en vigor 9 de marzo de 2014.
Palma, 15 de julio de 2014.- El Presidente, Alberto Pons Fernández.-La Secretaria, M.ª Antonia Ginard Moll.
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