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Documento BOE-B-2008-77053

Anuncio de la Subdirección General de Recursos sobre notificación de la resolución recaída en el recurso administrativo 2007/01195.

Publicado en:
«BOE» núm. 77, de 29 de marzo de 2008, páginas 3881 a 3881 (1 pág.)
Sección:
V. Anuncios - B. Otros anuncios oficiales
Departamento:
Ministerio de Fomento
Referencia:
BOE-B-2008-77053

TEXTO

Al no haberse podido practicar la notificación personal a los interesados conforme dispone el artículo 59.5 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero, y en aplicación a lo dispuesto en el mismo artículo, debe publicarse, a efectos de notificación, la resolución del recurso de fecha 31 de enero de 2008, adoptada por el Secretario General de Transportes en el expediente número 2007/01195. «Examinado el recurso interpuesto por D. Eduardo González Mora, contra resolución de la Dirección General de la Marina Mercante, de fecha 4 de octubre de 2005, que le sancionaba con multas de 3.000 euros y 6.000 euros (total 9.000 euros) por dos infracciones de carácter grave previstas en los apartados 2.k) y 2.m) del Art. 115 de la Ley 27/92, de Puertos del Estado y de la Marina Mercante (Expediente. 04/260/0072), y teniendo en cuenta los siguientes.

Antecedentes de hecho Primero.-Por Agentes de la Patrulla Fiscal de la Guardia Civil de Mahón se levantó acta de infracción el día 23 de octubre de 2004 contra el ahora recurrente por navegar con la embarcación «Tina», matrícula 7.ª-MH-1-89/97 entorpeciendo la maniobra de atraque del buque «Atalaya de Alcudia» y con 5 personas a bordo cuando solo estaba autorizada para llevar cuatro.

Segundo.-Por la Capitanía Marítima de Palma de Mallorca se acordó la incoación de expediente sancionador con fecha 10 de noviembre de 2004, y después de haber sido tramitado en forma reglamentaria el oportuno expediente, se dictó en el mismo la resolución que queda consignada, cuya notificación con los debidos apercibimientos procedimentales tuvo lugar mediante publicación en el B.O.E. de 19/10/2005 y a través de exposición en el Ayuntamiento de Es Castell (Menorca), del día 13/9/2005 al 29/10/2005. Tercero.-Por la parte interesada ahora recurrente se presenta escrito mediante el que interpone recurso de alzada contra el citado acuerdo, en fecha 8 de mayo de 2006, y en el que se alega lo que juzgan conveniente a su derecho. Cuarto.-El citado recurso junto con el expediente ha sido informado desfavorablemente por el órgano sancionador, proponiendo su desestimación.

Fundamentos de Derecho I. Dentro del orden previo de las cuestiones de carácter adjetivo o formal, es preciso manifestar que la interposición del recurso se realizó con fecha 8 de mayo de 2006, a través del Registro de la Dirección General de la Marina Mercante en Mahón.

Como quiera que, según está acreditado en el Expediente, la Resolución recurrida fue expuesta por el Ayuntamiento de Es Castell (Menorca) del día 13 de septiembre de 2005 al 29 de octubre de 2005 y publicada en el Boletín Oficial del Estado con fecha de 19 de octubre de 2005, hay que entender que se ha superado el plazo de un mes establecido para la interposición del Recurso por el artículo. 155.1 de la Ley 30/92. Hay que indicar que se recurrió a la notificación por medio del BOE tras dos intentos frustrados de entregar dicha notificación los días 20 y 21 de septiembre de 2005. Además también es de mencionar que la Resolución y posterior Notificación se realizaron dentro del plazo de doce meses legalmente establecido para ello por tener fecha de 10 de noviembre de 2004 el Acuerdo de Inicio. En su virtud, esta Secretaría General de Transportes, de conformidad con la propuesta de la Subdirección General de Recursos, ha resuelto Inadmitir el expresado recurso de alzada interpuesto por don Eduardo González Mora, contra resolución de la Dirección General de la Marina Mercante, de fecha 4 de octubre de 2005, que le sancionaba con multas de 3.000 euros y 6.000 euros (total 9.000 euros) por dos infracciones de carácter grave previstas en los apartados 2.k) y 2.m) del Art. 115 de la Ley 27/92, de Puertos del Estado y de la Marina Mercante (Expediente 04/260/0072), la cual procede confirmar en sus propios términos.

Contra esta resolución que agota la vía administrativa, cabe recurso contencioso-administrativo, ante los Juzgados Centrales de lo Contencioso-Administrativo con sede en Madrid, en el plazo de dos meses desde el día siguiente al de su notificación».

Madrid, 12 de marzo de 2008.-Subdirector General de Recursos-Isidoro Ruiz Girón.

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