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Documento BOE-A-2024-3533

Enmienda al Anexo A del Convenio de Estocolmo sobre Contaminantes Orgánicos Persistentes, adoptada en Ginebra el 17 de junio de 2022, mediante la Decisión SC-10/13.

Publicado en:
«BOE» núm. 49, de 24 de febrero de 2024, páginas 22292 a 22293 (2 págs.)
Sección:
I. Disposiciones generales
Departamento:
Ministerio de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación
Referencia:
BOE-A-2024-3533
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/ai/2022/06/17/(2)

TEXTO ORIGINAL

Decisión SC-10/13: Inclusión del ácido perfluorohexano sulfónico (PFHxS), sus sales y los compuestos conexos del PFHxS

La Conferencia de las Partes,

Habiendo examinado el perfil de riesgos y la evaluación de la gestión de riesgos del ácido perfluorohexano sulfónico (PFHxS), sus sales y los compuestos conexos del PFHxS presentados por el Comité de Examen de los Contaminantes Orgánicos Persistentes1,

1. UNEP/POPS/POPRC.14/6/Add.1 y UNEP/POPS/POPRC.15/7/Add.1.

Tomando nota de la recomendación formulada por el Comité de Examen de los Contaminantes Orgánicos Persistentes para incluir el ácido perfluorohexano sulfónico (PFHxS), sus sales y los compuestos conexos del PFHxS en el anexo A del Convenio de Estocolmo sobre Contaminantes Orgánicos Persistentes sin exenciones específicas2,

2. UNEP/POPS/COP.10/12, anexo.

Decide modificar la parte I del anexo A del Convenio de Estocolmo sobre Contaminantes Orgánicos Persistentes para incluir en ella el ácido perfluorohexano sulfónico (PFHxS), sus sales y los compuestos conexos del PFHxS, sin exenciones específicas, mediante la adición del renglón siguiente:

Producto químico Actividad Exención específica

Ácido perfluorohexano sulfónico (PFHxS), sus sales y los compuestos conexos del PFHxS.

Por «ácido perfluorohexano sulfónico (PFHxS), sus sales y los compuestos conexos del PFHxS» se entenderá lo siguiente:

i) El ácido perfluorohexano sulfónico (núm. de CAS: 355-46-4, PFHxS), incluidos sus isómeros ramificados;

ii) Sus sales;

iii) Toda sustancia que contenga la fracción química C6F13SO2- entre sus elementos estructurales y que pueda degradarse a PFHxS.

Producción. Ninguna.
Uso. Ninguna.

* * * *

De conformidad con lo dispuesto en los epígrafes b) y c) del párrafo 3 y en el párrafo 4, ambos del artículo 22 del Convenio, la presente Enmienda entró en vigor, de forma general y para España, el 16 de noviembre de 2023, excepto:

– Para las partes que hayan formulado una declaración de conformidad con el párrafo 4 del artículo 25 del Convenio,

– Japón, que ha depositado una notificación de no aceptación de la enmienda, de conformidad con el epígrafe b) del párrafo 3 del artículo 22 del Convenio.

Madrid, 15 de febrero de 2024.–La Secretaria General Técnica, Rosa Velázquez Álvarez.

ANÁLISIS

  • Rango: Acuerdo Internacional
  • Fecha de disposición: 17/06/2022
  • Fecha de publicación: 24/02/2024
  • Fecha de entrada en vigor: 16/11/2023
  • Entrada en vigor, con la salvedad indicada el 16 de noviembre de 2023.
  • Fecha Resolución Ministerio de Asuntos Exteriores: 15 de febrero de 2024.
Referencias anteriores
  • ENMIENDAS al anexo A del Convenio de 22 de mayo de 2001 (Ref. BOE-A-2004-11653).
Materias
  • Acuerdos internacionales
  • Gestión de residuos
  • Organización de las Naciones Unidas
  • Plaguicidas
  • Productos químicos
  • Residuos
  • Sustancias peligrosas

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