Está Vd. en

Documento BOE-A-2018-8420

Resolución de 10 de mayo de 2018, de la Dirección General de los Registros y del Notariado, por la que se inscribe en el Registro de Fundaciones la Fundación Instituto Inmunes.

Publicado en:
«BOE» núm. 149, de 20 de junio de 2018, páginas 62916 a 62917 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Justicia
Referencia:
BOE-A-2018-8420

TEXTO ORIGINAL

Examinada la solicitud de inscripción de la Fundación Instituto Inmunes, resultan los siguientes:

Antecedentes de hecho

Primero. Constitución de la Fundación.

La Fundación anteriormente citada fue constituida por don Antonio Ignacio Torralba Gómez-Portillo, doña María Blanca Rubio Hernández y doña Eulalia Alcaide Cornejo, la «Asociación Madrileña de enfermos de Lupus y Amigos (AMELYA)» y la «Coordinadora Nacional de Artritis (CONARTRITIS)», estás dos últimas por medio de sus representantes, doña María Blanca Rubio Hernández y don Antonio Ignacio Torralba Gómez-Portillo respectivamente, según consta en la escritura pública, otorgada ante el notario de Madrid don Luis de la Fuente O´Connor de fecha 29 de junio de 2017, con el número 1089 de su protocolo, complementadas por otras del mismo Notario de 19 de enero y 1 de febrero de 2018 con los números 109 y 201 de protocolo, respectivamente.

Segundo. Domicilio y ámbito de la Fundación.

El domicilio de la Fundación quedó establecido en la calle Ferrocarril, 18, 1.ª planta y oficina 2 de Madrid, con el C.P. 28045 y su ámbito de actuación se extiende a todo el territorio del Estado español.

Tercero. Dotación.

Dotación inicial: Treinta mil euros (30.000,00 €). La dotación es dineraria y ha sido desembolsada íntegramente según se acredita con el certificado bancario.

Dicha dotación está sujeta al principio de subrogación real del patrimonio y, en caso de enajenación o gravamen, requerirá autorización del Protectorado en los términos previstos en la Ley.

Cuarto. Fines de la Fundación.

Según el artículo 5 de los Estatutos son fines de la Fundación:

El fomento de la investigación sobre las causas, evolución y tratamiento de las enfermedades inflamatorias inmunomediadas.

La promoción y defensa de las personas afectadas por una enfermedad inflamatoria inmunomediada y su entorno.

Quinto. Patronato.

Don Antonio Ignacio Torralba Gómez-Portillo, doña María Blanca Rubio Hernández y doña Eulalia Alcaide Cornejo, la «Asociación Madrileña de Enfermos de Lupus y Amigos (AMELYA)» y la «Coordinadora Nacional de Artritis (CONARTRITIS)».

Cargos por un plazo de cuatro años:

Presidente: Don Antonio Ignacio Torralba Gómez-Portillo.

Vicepresidente: Doña María Blanca Rubio Hernández.

Secretaria: Doña Eulalia Alcaide Cornejo.

Consta la aceptación de los cargos indicados por parte de las personas anteriormente citadas.

Fundamentos de Derecho

Primero.

Resultan de aplicación para la resolución del expediente:

El artículo 34 de la Constitución Española, que reconoce el derecho de fundación para fines de interés general.

La Ley 50/2002, de 26 de diciembre, de Fundaciones.

El Real Decreto 1337/2005, de 11 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de fundaciones de competencia estatal.

El Real Decreto 1611/2007, de 7 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento del Registro de fundaciones de competencia estatal.

La Orden PRE/2537/2015, de 26 de noviembre, por la que se dispone la entrada en funcionamiento y la sede del registro de Fundaciones de Competencia Estatal y demás disposiciones concordantes.

El Real Decreto 1066/2015, de 27 de noviembre, por el que se modifica el Real Decreto 257/2012, de 27 de enero, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Educación, Cultura y deporte y se crea el Protectorado de las Fundaciones de competencia estatal.

Segundo.

Según los artículos 35.1 de la Ley de Fundaciones, el 43 del Reglamento de fundaciones de competencia estatal y el 31.3 del Real Decreto 1611/2007, de 7 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento del Registro de fundaciones de competencia estatal, la inscripción de las Fundaciones requerirá el informe favorable del Protectorado en cuanto a la idoneidad de los fines y en cuanto a la adecuación y suficiencia de la dotación, constando en el expediente informe favorable del Protectorado de Fundaciones de fecha 12 de febrero de 2018.

Tercero.

Según la Orden PRE/2537/2015, de 26 de noviembre, por la que se dispuso la entrada en funcionamiento y la sede del registro de Fundaciones de Competencia Estatal se procede a la inscripción de la Fundación en este Registro de Fundaciones.

Por todo lo cual, resuelvo:

Inscribir en el Registro de Fundaciones la Fundación Instituto Inmunes, su Patronato y cargos dentro del mismo.

Contra la presente resolución, que no agota la vía administrativa, podrá interponer recurso de alzada, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente de la presente notificación, ante la Subsecretaría del Ministerio de Justicia, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 121 y 122 y concordantes, de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Madrid, 10 de mayo de 2018.–El Director General de los Registros y del Notariado, Francisco Javier Gómez Gálligo.

subir

Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado

Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid