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El artículo 6 del Real decreto 944/2017, de 27 de octubre, por la que se designa a órganos y autoridades encargados de dar cumplimiento a las medidas dirigidas al Gobierno y a la Administración de la Generalidad de Cataluña, autorizadas por acuerdo del Pleno del Senado, de 27 de octubre de 2017, por el que se aprueban las medidas requeridas por el gobierno, al amparo del artículo 155 de la Constitución, establece que los Ministros como titulares de sus departamentos quedan habilitados para el ejercicio de funciones y para la adopción de acuerdos, resoluciones y disposiciones que correspondan a los Consejeros, conforme a la legislación autonómica de aplicación, en la esfera específica de su actuación, de conformidad con lo establecido en el Anexo del mismo Real Decreto.
La ley 20/2009, de 4 de diciembre, de Prevención i control ambiental de las actividades, regula en el capítulo I del Título II el régimen de las autorizaciones ambientales, que corresponde otorgar al Departamento de Territorio y Sostenibilidad.
Por la Resolución TES/210/2017, de 8 de febrero, de delegación de competencias de la persona titular del Departamento de Territorio y Sostenibilidad en diversos órganos del Departamento (DOGC núm. 7309, de 15 de febrero de 2017), se delegó en la persona titular de la Secretaria de Medio Ambiente y Sostenibilidad el ejercicio de la competencia para la resolución de las solicitudes relativas a la autorización ambiental, a las modificaciones y a las revisiones de las autorizaciones ambientales.
Las decisiones relativas a las autorizaciones ambientales, sus modificaciones y sus revisiones revisten tienen gran incidencia sobre el desarrollo de la actividad empresarial, puesto que condicionan la viabilidad de importantes inversiones en los establecimientos industriales. Al mismo tiempo, dichas autorizaciones son un importante elemento de protección ambiental, puesto que determinan las condiciones en que deben llevarse a cabo las actividades industriales y los límites de emisión que deben respetar.
Teniendo en cuesta esas circunstancias, y para lograr la mayor eficacia administrativa y para poder resolver de manera ágil los recursos administrativos relativos a autorizaciones ambientales, por esta orden se delegan en la persona titular de la Secretaría General del Departamento de Territorio y Sostenibilidad el ejercicio de determinadas competencias que en virtud del artículo 6 del Real Decreto 944/2017 corresponden a la persona titular del Ministerio de Agricultura y Pesca, Alimentación y Medio Ambiente.
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 9 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de régimen jurídico del sector público, dispongo:
Se delega en la persona titular de la Secretaría General del Departamento de Territorio y Sostenibilidad el ejercicio de la competencia para resolver los recursos administrativos que se interpongan contra las autorizaciones ambientales, sus modificaciones y sus revisiones.
Esta orden produce efectos desde el día siguiente de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».
Madrid, 14 de marzo de 2018.–La Ministra de Agricultura y Pesca, Alimentación y Medio Ambiente, (de conformidad con lo establecido en el Real Decreto 944/2017, de 27 de octubre), Isabel García Tejerina.
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