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Documento BOE-A-2018-2176

Resolución de 6 de octubre de 2017, de la Dirección General de los Registros y del Notariado, por la que se inscribe en el Registro de Fundaciones la Fundación Rodríguez Losada.

Publicado en:
«BOE» núm. 42, de 16 de febrero de 2018, páginas 18713 a 18715 (3 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Justicia
Referencia:
BOE-A-2018-2176

TEXTO ORIGINAL

Examinada la solicitud de inscripción de la Fundación Rodríguez Losada resultan los siguientes

Antecedentes de hecho

Primero. Constitución de la Fundación.

La Fundación anteriormente citada fue constituida por doña Patricia Rodríguez González, en virtud de escritura otorgada ante el Notario de Madrid, Fernando Gomá Lanzón, el día 5 de junio de 2017, con el número novecientos diecisiete de su protocolo y ese mismo día ante el citado Notario se elevó a público el nombramiento de Director General y otorgamiento de poderes.

Segundo. Domicilio, duración y ámbito de la Fundación.

El domicilio de la Fundación quedó establecido en Madrid, en la calle Gobelas, 19, planta baja, oficina 1, 28023.

La fundación está constituida con una duración indefinida.

Tiene nacionalidad española y desarrollará sus actividades en el ámbito nacional.

Tercero. Dotación.

El patrimonio fundacional quedó formado inicialmente por la dotación de treinta mil euros (30.000,00 euros) y quedará afecto a lo establecido en los Estatutos. El desembolso ha sido efectuado en su integridad por la fundadora doña Patricia Rodríguez González y depositada a nombre de la Fundación el 29 de mayo de 2017, tal y como consta en certificación bancaria.

Dicha dotación está sujeta al principio de subrogación real del patrimonio y, en caso de enajenación o gravamen, requerirá autorización del Protectorado en los términos previstos en la Ley.

Cuarto. Fines de la Fundación.

La Fundación persigue el siguiente fin de interés general, la promoción y protección de los derechos humanos y la paz con especial atención a niños y jóvenes en situación de vulnerabilidad.

A estos efectos se entienden por derechos humanos los establecidos por la Declaración Universal de los Derechos Humanos de 10 de diciembre de 1948, por la Convención de las Naciones Unidas sobre los Derechos del Niño de fecha 20 de noviembre de 1989 y demás instrumentos jurídicos internacionales para protección de los derechos del hombre.

Quinto. Patronato.

Doña Patricia Rodríguez González, como fundador, de conformidad con lo dispuesto en los estatutos, nombra miembros del Patronato de la Fundación por tiempo indefinido a:

Doña Berta Rodríguez González, con DNI18594850V.

Don José-Domingo Rodríguez, con DNI 755449Z.

Doña Ángeles González Fernández, con DNI 1065930H.

Los miembros del Patronato aceptan en el cargo.

Los patronos nombrados acuerdan por unanimidad designar los cargos del Patronato de la Fundación, quedando constituido el mismo por las personas y los cargos que se indican a continuación:

Presidente: Doña Berta Rodríguez González, con DNI 18594850V.

Vicepresidente: Doña Ángeles González Fernández, con DNI 1065930H.

Vocal: Don José-Domingo Rodríguez, con DNI 755449Z.

Secretario no patrono: Doña Patricia Rodríguez González, con DNI 3251620H.

Los nombrados aceptan sus respectivos cargos y se posesionan de los mismos, manifestando no estar incursos en supuestos de incompatibilidad para su ejercicio.

Sexto. Nombramiento Director General y otorgamiento de poderes.

En virtud de la escritura de nombramiento de Director y apoderamiento otorgada ante el Notario de Madrid, Fernando Gomá Lanzón, el 5 de junio de 2017, con número novecientos dieciocho de su protocolo, se nombra a doña Patricia Rodríguez González, Directora de la Fundación, confiriéndole poderes para que ejercites las facultades que se contienen en la certificación que ha quedado unidad a esta matriz.

Fundamentos de Derecho

Primero.

Resultan de aplicación para la resolución del expediente:

El artículo 34 de la Constitución Española, que reconoce el derecho de fundación para fines de interés general.

La Ley 50/2002, de 26 de diciembre, de Fundaciones.

El Real Decreto 1337/2005, de 11 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de fundaciones de competencia estatal.

El Real Decreto 1611/2007, de 7 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento del Registro de fundaciones de competencia estatal.

La Orden PRE/2537/2015, de 26 de noviembre, por la que se dispone la entrada en funcionamiento y la sede del registro de Fundaciones de Competencia Estatal y demás disposiciones concordantes.

El Real Decreto 1066/2015, de 27 de noviembre por el que se modifica el Real Decreto 257/2012, de 27 de enero, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Educación, Cultura y deporte y se crea el Protectorado de las Fundaciones de competencia estatal.

Segundo.

Según los artículos 35.1 de la Ley de Fundaciones, el 43 del Reglamento de fundaciones de competencia estatal y el 31.3 del Real Decreto 1611/2007, de 7 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento del Registro de fundaciones de competencia estatal, la inscripción de las Fundaciones requerirá el informe favorable del Protectorado en cuanto a la idoneidad de los fines y en cuanto a la adecuación y suficiencia de la dotación, constando en el expediente informe favorable del Protectorado de Fundaciones de fecha 23 de agosto de 2017.

Tercero.

Según la Orden PRE/2537/2015, de 26 de noviembre, por la que se dispuso la entrada en funcionamiento y la sede del registro de Fundaciones de Competencia Estatal se procede a la inscripción de la Fundación en este Registro de Fundaciones.

Por todo lo cual, resuelvo inscribir en el Registro de Fundaciones la Fundación Rodríguez Losada, el Patronato y cargos dentro del mismo.

Contra la presente resolución, que no agota la vía administrativa, podrá interponer recurso de alzada, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente de la presente notificación, ante la Subsecretaría del Ministerio de Justicia, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 121 y 122 y concordantes, de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Madrid, 6 de octubre de 2017.–El Director General de los Registros y del Notariado del Ministerio de Justicia, Francisco Javier Gómez Gálligo.

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