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Documento BOE-A-2016-2158

Resolución 3D0/38035/2016, de 15 de febrero, del Instituto Nacional Técnica Aeroespacial "Esteban Terradas", sobre constitución y composición, con carácter permanente, de la Mesa de Contratación y de la Mesa de Diálogo Competitivo.

Publicado en:
«BOE» núm. 53, de 2 de marzo de 2016, páginas 17290 a 17291 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Defensa
Referencia:
BOE-A-2016-2158
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/res/2016/02/15/3d038035

TEXTO ORIGINAL

Mediante Resolución 317/2000, de 9 de octubre, se aprobó la constitución y composición de la Mesa de Contratación del Instituto Nacional de Técnica Aeroespacial «Esteban Terradas» (INTA), de conformidad con lo previsto en el artículo 81 del texto refundido de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2000, de 16 de junio.

Dicha Resolución fue posteriormente modificada mediante Resoluciones 22/2005, de 25 de febrero, y 3D0/38148/2010, de 23 de junio, en sus apartados segundo.2, y segundo.1 y 2, respectivamente.

El artículo 2.1 de la Ley 15/2014, de 16 de septiembre, de racionalización del Sector Público y otras medidas de reforma administrativa, aprobó la integración en el INTA del organismo autónomo Canal de Experiencias Hidrodinámicas de El Pardo (CEHIPAR), así como del Instituto Tecnológico «La Marañosa» (ITM) y del Laboratorio de Ingenieros del Ejército «General Marvá» (LABINGE). No obstante, de conformidad con lo establecido en el apartado 3 del mismo artículo, la integración efectiva se produce con el Real Decreto 925/2015, de 16 de octubre, por el que se aprueba el Estatuto del Instituto Nacional de Técnica Aeroespacial «Esteban Terradas», donde se desarrolla una nueva estructura orgánica del Instituto, que afecta a la composición de la anteriormente citada Mesa de Contratación.

De conformidad con lo previsto en los artículos 320 y 321 del texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, aprobado por Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, y como órgano de Contratación del INTA, conforme a lo dispuesto en su artículo 316.2 y en el artículo 4.2 del Estatuto del Instituto, aprobado por el Real Decreto 925/2015, de 16 de octubre, dispongo:

Primero.

La constitución con carácter permanente, de la Mesa de Contratación en el Instituto Nacional de Técnica Aeroespacial «Esteban Terradas» (INTA), Organismo autónomo adscrito a la Secretaría de Estado del Ministerio de Defensa, con las funciones que le asignan en el artículo 22 del Real Decreto 817/2009, de 8 de mayo.

Segundo. Composición.

1. Presidente: El Secretario General del Instituto. En caso de vacante, ausencia enfermedad u otra causa legal, será sustituido por el Jefe del Departamento de Asuntos Económicos. En ausencia de los dos anteriores, ejercerá la presidencia de la Mesa de Contratación el miembro de la Mesa de mayor jerarquía, antigüedad y edad, por este orden, de entre sus componentes, sin que en ningún caso pueda recaer la presidencia ni en el Jurídico ni en el Interventor, quienes en todo caso actuarán como vocales.

2. Vocales:

a) Un representante de la Secretaría General.

b) Un representante de la Subdirección General de Coordinación y Planes.

c) Un representante de la Subdirección General de Sistemas Espaciales.

d) Un representante de la Subdirección General de Sistemas Aeronáuticos.

e) Un representante de la Subdirección General de Sistemas Terrestres.

f) Un representante de la Subdirección General de Sistemas Navales.

g) Un representante del Centro de Astrobiología.

h) Un miembro del Cuerpo Jurídico Militar de entre los destinados en la Asesoría Jurídica del Instituto.

i) Un miembro del Cuerpo Militar de Intervención de entre los destinados en la Intervención Delegada del Instituto.

3. Secretario: Jefe del Área de Gestión de Contratación. En caso de vacante, ausencia, enfermedad u otra causa legal, será sustituido por el funcionario del Área que le sustituya reglamentariamente.

Todos los miembros anteriormente citados tendrán derecho a voz y voto, a excepción del Secretario, que actuará con voz pero sin voto.

Cuando así lo aconseje el objeto de los contratos, podrá requerirse la asistencia de cuantos asesores especializados y personal técnico estime conveniente y podrá también solicitar cuantos informes considere necesarios. Los asesores y personal técnico actuarán con voz pero sin voto, sin que tengan la consideración de miembros de la mesa.

Tercero.

En los supuestos en que se aplique el diálogo competitivo como procedimiento de adjudicación, la Mesa de Contratación se constituirá de forma especial y estará compuesta por los mismos miembros de la Mesa permanente de contratación, más las personas que designe el órgano de contratación que, en un número igual o superior a tres y no representando menos de la tercera parte de los miembros de la mesa, se considere oportuno que se incorporen al órgano colegiado como personas con competencia técnica en la materia a la que se refiere la licitación.

Los mencionados miembros que se incorporen a la mesa de contratación formarán parte de la mesa de diálogo competitivo como miembros con voz y voto.

Disposición derogatoria única. Queda derogada la Resolución 317/2000, de 9 de octubre, y cuantas disposiciones de igual o inferior rango se opongan a lo dispuesto en esta Resolución.
Disposición final. La presente Resolución entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

Torrejón de Ardoz, 15 de febrero de 2016.–El Director General del Instituto Nacional de Técnica Aeroespacial Esteban Terradas, Ignacio Azqueta Ortiz.

ANÁLISIS

  • Rango: Resolución
  • Fecha de disposición: 15/02/2016
  • Fecha de publicación: 02/03/2016
  • Fecha de entrada en vigor: 03/03/2016
Referencias anteriores
  • DEROGA la Resolución 317/2000, de 9 de octubre (Ref. BOE-A-2000-18975).
  • DE CONFORMIDAD con:
    • el art. 4.2 del Estatuto aprobado por Real Decreto 925/2015, de 16 de octubre (Ref. BOE-A-2015-11162).
    • el art. 316.2 de la Ley de Contratos del Sector Público, texto refundido aprobado por Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre (Ref. BOE-A-2011-17887).
Materias
  • Contratos de las Administraciones Públicas
  • Instituto Nacional de Técnica Aeroespacial Esteban Terradas
  • Mesas de Contratación

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