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Documento BOE-A-2016-10074

Orden ECC/1733/2016, de 14 de octubre, de autorización administrativa de cesión parcial de la cartera de seguros del ramo de enfermedad, modalidad asistencia sanitaria, por parte de Santa Lucia, SA, Compañía de Seguros y Reaseguros, a Asisa, Asistencia Sanitaria Interprovincial de Seguros, SAU.

Publicado en:
«BOE» núm. 264, de 1 de noviembre de 2016, páginas 76242 a 76242 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Economía y Competitividad
Referencia:
BOE-A-2016-10074

TEXTO ORIGINAL

Las entidades SANTA LUCÍA S.A., COMPAÑÍA DE SEGUROS Y REASEGUROS, y ASISA, ASISTENCIA SANITARIA INTERPROVINCIAL DE SEGUROS, S.A.U., han presentado, ante la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones, solicitud de autorización administrativa para llevar a cabo la operación de cesión parcial de la cartera de seguros del ramo de enfermedad, modalidad asistencia sanitaria, de la entidad cedente SANTA LUCÍA S.A., COMPAÑÍA DE SEGUROS Y REASEGUROS, a la entidad cesionaria ASISA, ASISTENCIA SANITARIA INTERPROVINCIAL DE SEGUROS, S.A.U. La cartera objeto de cesión está integrada por las pólizas de seguros correspondientes al ramo de enfermedad, modalidad asistencia sanitaria, distribuidas a través de Centro de Seguros y Servicios, Correduría de Seguros, S.A. y por la red comercial de Seguros el Corte Inglés, Vida, Pensiones y Reaseguros, S.A., suscritas y existentes a 31 de diciembre de 2015.

De la documentación que se adjunta a la solicitud presentada ante este Centro Directivo se concluye que se ha dado cumplimiento a los requisitos establecidos en el artículo 89 de la Ley 20/2015, de 14 de julio, de ordenación, supervisión y solvencia de las entidades aseguradoras y reaseguradoras, y en los artículos 99 y 100 del Real Decreto 1060/2015, de 20 de noviembre, de ordenación, supervisión y solvencia de las entidades aseguradoras y reaseguradoras, para llevar a cabo la operación de cesión.

En consecuencia, a propuesta de la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones, he resuelto:

Primero.

Autorizar la cesión parcial de la cartera de seguros del ramo de enfermedad, modalidad asistencia sanitaria, definida en los términos señalados en el párrafo primero de la presente Orden, de la entidad cedente SANTA LUCÍA S.A., COMPAÑÍA DE SEGUROS Y REASEGUROS, a la entidad cesionaria ASISA, ASISTENCIA SANITARIA INTERPROVINCIAL DE SEGUROS, S.A.U.

Contra la presente Orden Ministerial que pone fin a la vía administrativa, de conformidad con lo previsto en el artículo 114 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, se podrá interponer con carácter potestativo recurso de reposición en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente a la notificación de la misma, de acuerdo con los artículos 123 y 124 de la citada Ley 39/2015, de 1 de octubre. Asimismo, se podrá interponer recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso Administrativo de la Audiencia Nacional en el plazo de dos meses, a partir del día siguiente a su notificación, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 11.1.a), 25 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Madrid, 14 de octubre de 2016.–El Ministro de Economía y Competitividad, P. D. (Orden ECC/1695/2012, de 27 de julio), el Secretario de Estado de Economía y Apoyo a la Empresa, Íñigo Fernández de Mesa Vargas.

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