Está Vd. en

Documento BOE-A-2015-6896

Orden AEC/1200/2015, de 20 de marzo, por la que se crea un fichero de datos de carácter personal gestionado por la Secretaría General de Cooperación Internacional para el Desarrollo.

Publicado en:
«BOE» núm. 148, de 22 de junio de 2015, páginas 51867 a 51869 (3 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Asuntos Exteriores y de Cooperación
Referencia:
BOE-A-2015-6896
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/o/2015/03/20/aec1200

TEXTO ORIGINAL

El uso de las tecnologías de la información y la comunicación permite a las Administraciones Públicas poner al alcance de los ciudadanos, de una manera cómoda y accesible, multitud de servicios de su interés, facilitando sus gestiones.

La Secretaría General de Cooperación Internacional para el Desarrollo del Ministerio de Asuntos Exteriores y de Cooperación en cumplimiento de las funciones que le atribuye el artículo 10.2 k del Real Decreto 342/2012, de 10 de febrero, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Asuntos Exteriores y Cooperación, ofrece a través de la página web del Ministerio www.maec.es y del portal www.cooperacionespañola.es la posibilidad de compartir información relevante sobre temas relacionados con la cooperación internacional para el desarrollo, incluidos los relativos a su evaluación.

Una práctica cada vez más extendida y habitual en la utilización de servicios ofrecidos a través de páginas web es la posibilidad de registrarse para formar parte de una base de datos de profesionales, lo que implica que los usuarios deben facilitar, de manera voluntaria, ciertos datos de carácter personal que, para su adecuado tratamiento, deben ser incorporados a un fichero como el que se detalla en el anexo I de la presente disposición.

La Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal, establece un conjunto de medidas para garantizar y proteger, en lo concerniente al tratamiento de los datos personales, las libertades públicas y los derechos fundamentales de las personas físicas, y especialmente, de su honor e intimidad personal y familiar.

El apartado 1 del artículo 20 de la referida Ley establece que la creación, modificación o supresión de ficheros de las Administraciones Públicas sólo podrá hacerse por medio de disposición general publicada en el «Boletín Oficial del Estado» o Diario Oficial correspondiente. A su vez, el artículo 53.1 del Reglamento de desarrollo de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, aprobado por Real Decreto 1720/2007, de 21 de diciembre, determina que cuando la disposición se refiera a los órganos de la Administración del Estado o a las entidades u organismos vinculados o dependientes de la misma, la creación, modificación o supresión de ficheros adoptará la forma de orden ministerial o resolución de la entidad u organismo correspondiente.

Finalmente, conforme a lo dispuesto en el artículo 37.1 h) de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, la presente disposición ha sido informada previamente por la Agencia Española de Protección de Datos.

En su virtud, a fin de dar cumplimiento a los referidos mandatos legales y garantizar a los ciudadanos en ejercicio de sus legítimos derechos, dispongo:

Artículo único. Creación de fichero de datos de carácter personal.

Se crea el fichero de datos de carácter personal denominado «Especialistas en evaluación» con las características que se indican en el anexo de la presente orden, en los términos y condiciones fijados en la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal y su Reglamento de desarrollo aprobado por Real Decreto 1720/2007, de 21 de diciembre. Dicho fichero queda adscrito a la Secretaría de Estado de Cooperación Internacional y para Iberoamérica y gestionado por la Secretaría General de Cooperación Internacional para el Desarrollo.

Disposición final. Entrada en vigor.

La presente Orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

Madrid, 20 de marzo de 2015.–El Ministro de Asuntos Exteriores y de Cooperación, José Manuel García-Margallo Marfil.

ANEXO
Nombre del fichero: «Especialistas en evaluación»

a) Identificación del fichero, denominación, finalidad y usos previstos:

El fichero denominado «Base de datos de especialistas en evaluación» es un fichero automatizado y manual para la gestión de datos de usuarios registrados en las páginas www.maec.es y www.cooperacionespañola.es

La finalidad del fichero es servir de soporte para facilitar al conjunto de actores de la Cooperación Española y a sus socios la identificación de personas físicas y jurídicas con conocimientos y experiencia en evaluación en el ámbito de la cooperación internacional para el desarrollo. la participación en procesos de contratación pública o privada de empresas y profesionales que se dediquen al ámbito de la evaluación. A través de la página web se podrán inscribir los profesionales o empresas aportando los datos que se solicitan y se podrán realizar consultas a una base de datos que será de acceso público.

b) Origen de los datos, procedimiento de recogida de los datos y su procedencia:

El colectivo sobre el que se pretende obtener datos son personas físicas o jurídicas españolas y extranjeras con conocimientos y experiencia en evaluación en el ámbito de la cooperación internacional para el desarrollo interesadas en que sus datos sean consultados por otros usuarios para posibles contrataciones.

Procedimiento de recogida de datos, procedencia y gestión de los mismos: captación de datos a través de formularios on line al efecto, disponibles en las páginas web www.maec.es y www.cooperacionespañola.es

c) Estructura básica del fichero y tipo de datos:

Datos identificativos: Apellidos y nombre o razón social, teléfono, correo electrónico, país de residencia, idioma de trabajo, descripción de las evaluaciones en las que ha participado, formación específica en evaluación o disciplina afín, ámbitos de especialización, países en los que tiene experiencia, curriculum adjunto o memoria de actividades, observaciones.

Respecto al tratamiento de la información, los sistemas de información serán automatizados.

d) Comunicaciones de datos previstas.

Estos datos serán de acceso y consulta pública a través de las web www.maec.es y www.cooperacionespañola.es, lo que se pondrá en conocimiento del usuario durante la realización de la inscripción.

e) Transferencias internacionales de datos a terceros países:

No están previstas cesiones de datos a países terceros fuera del territorio del Espacio Económico Europeo, por lo que, no se proyectan transferencias internacionales de datos en los términos en que las define el artículo 5.1 del Reglamento de desarrollo de la Ley Orgánica 15/1999, aprobado por Real Decreto 1720/2007, de 21 de diciembre.

f) Órganos responsables del fichero:

Ministerio de Asuntos Exteriores y de Cooperación, a través de la Secretaría General de Cooperación Internacional para el Desarrollo de la Secretaría de Estado de Cooperación Internacional y para Iberoamérica.

g) Servicios o unidades ante los que pueden ejercitarse los derechos de acceso, rectificación, cancelación u oposición:

División de Evaluación de Políticas para el Desarrollo y Gestión del Conocimiento de la Secretaría General de Cooperación Internacional para el Desarrollo, en calle Serrano Galvache, 26. 28071 - Madrid, y a través del correo electrónico: evaluacion-sgcid@maec.es

h) Nivel de seguridad exigible:

El nivel de seguridad exigible para este fichero es básico, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 81 del Reglamento de desarrollo de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal aprobado por Real Decreto 1720/2007, de 21 de diciembre.

ANÁLISIS

  • Rango: Orden
  • Fecha de disposición: 20/03/2015
  • Fecha de publicación: 22/06/2015
  • Fecha de entrada en vigor: 23/06/2015
Referencias anteriores
  • DE CONFORMIDAD con el art. 20.1 de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre (Ref. BOE-A-1999-23750).
Materias
  • Ficheros con datos personales
  • Secretaría de Estado para la Cooperación Internacional y para Iberoamérica

subir

Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado

Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid