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Documento BOE-A-2015-5112

Orden ECC/831/2015, de 23 de abril, por la que se regulan los ficheros de datos de carácter personal del Centro de Investigaciones Energéticas, Medioambientales y Tecnológicas.

Publicado en:
«BOE» núm. 109, de 7 de mayo de 2015, páginas 40391 a 40402 (12 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Economía y Competitividad
Referencia:
BOE-A-2015-5112
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/o/2015/04/23/ecc831

TEXTO ORIGINAL

La Orden de 26 de julio de 1994 regula los ficheros de tratamiento automatizado de datos de carácter personal del Ministerio de Industria y Energía y entidades dependientes del mismo, de acuerdo con lo dispuesto en la disposición adicional segunda de la Ley Orgánica 5/1992, de 29 de octubre, de regulación de tratamiento automatizado de los datos de carácter personal (LORTAD), figurando en el anexo VII de dicha orden los ficheros que se crearon pertenecientes al Centro de Investigaciones Energéticas, Medioambientales y Tecnológicas (CIEMAT).

La disposición derogatoria única de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal, deroga la Ley Orgánica 5/1992, de 29 de octubre, de regulación de tratamiento automatizado de los datos de carácter personal (LORTAD).

La disposición adicional primera de la citada Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, establece que los ficheros y tratamientos automatizados inscritos o no en el Registro General de Protección de Datos deberán adecuarse a la Ley citada dentro del plazo de tres años, a contar desde su entrada en vigor. En dicho plazo, las Administraciones Públicas responsables de ficheros de titularidad pública deberán aprobar la pertinente disposición de regulación del fichero o adaptar la existente.

Por Real Decreto 557/2000, de 27 de abril, de reestructuración de los Departamentos ministeriales se suprimió el Ministerio de Industria y Energía y se creó el Ministerio de Ciencia y Tecnología, cuya estructura se desarrolló en el Real Decreto 1451/2000, de 28 de julio.

Mediante Orden CTE/3147/2002, de 28 de noviembre, se regulan los ficheros de datos de carácter personal del Ministerio de Ciencia y Tecnología y de los organismos públicos de investigación dependientes del mismo, incluyendo en el anexo III de dicha orden los ficheros del CIEMAT que se modifican, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 2 y 3 del Real Decreto 1451/2000, de 28 de julio, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Ciencia y Tecnología.

En virtud del Real Decreto 1553/2004, de 25 de junio, se desarrolla la estructura del Ministerio de Educación y Ciencia, quedando adscrito el CIEMAT a este Departamento ministerial, a través de la Secretaría de Estado de Universidades e Investigación.

Posteriormente, por la Orden ECI/2331/2007, de 27 de julio, se crean nuevos ficheros y se modifican otros ficheros existentes que contienen datos de carácter personal del CIEMAT, incorporándolos en la orden ECD/2063/2002, de 1 de agosto, por la que se regulan los ficheros automatizados con datos de carácter personal del entonces Ministerio de Educación, Cultura y Deporte y sus organismos autónomos.

Nuevas necesidades surgidas en el ámbito de diferentes unidades del CIEMAT requieren de un tratamiento de datos de carácter personal, lo que implica la creación de nuevos ficheros, y la modificación o supresión de alguno de los ya existentes.

Por tanto, teniendo en cuenta por un lado, la conveniencia de unificar la regulación relativa a la totalidad de los ficheros automatizados de datos de carácter personal del CIEMAT, siguiendo los principios de transparencia y simplificación, y por otro lado, la necesidad de adaptar el contenido de los mencionados ficheros a la actual estructura de las diferentes unidades que conforman el CIEMAT, se ha procedido a la elaboración de una nueva orden ministerial que tiene por objeto la creación, modificación y supresión de los ficheros con datos de carácter personal.

El CIEMAT está adscrito al Ministerio de Economía y Competitividad, a través de la Secretaría de Estado de Investigación, Desarrollo e Innovación, en virtud del Real Decreto 345/2012, de 10 de febrero, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Economía y Competitividad.

La orden ha sido sometida a informe previo de la Agencia Española de Protección de Datos, y cumple con lo establecido en el artículo 20 de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal, y los artículos 52, 53 y 54 del Reglamento de desarrollo de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal, aprobado por el Real Decreto 1720/2007, de 21 de diciembre.

En su virtud, dispongo:

Artículo 1. Objeto de la norma.

Mediante esta orden y con los datos que figuran en los anexos I, II y III, se crean nuevos ficheros, se modifican otros existentes y se suprime otro que contiene datos de carácter personal del CIEMAT. Las modificaciones realizadas en determinados ficheros ya existentes obedecen al cambio producido en el nombre de las unidades del CIEMAT responsables de los ficheros, cambio de la numeración de la avenida donde radica el CIEMAT, y modificación de las medidas de seguridad y del nivel de protección inicialmente atribuido a determinados ficheros.

Artículo 2. Relación de ficheros con datos de carácter personal.

Mediante esta orden y con los datos que figuran en el anexo I, se crean nuevos ficheros y se modifican otros existentes, que contienen datos de carácter personal del CIEMAT.

Artículo 3. Regulación de los ficheros.

Mediante esta orden y con los datos que figuran en el anexo II, se crean nuevos ficheros y se modifican otros existentes, que contienen datos de carácter personal del CIEMAT.

Artículo 4. Supresión de ficheros.

Mediante esta orden se suprime el fichero <<USUARIOS EXTERNOS>> regulado en la Orden ECI/2331/2007, de 27 de julio, por la que se crean y modifican ficheros de datos de carácter personal del CIEMAT, al desaparecer la causa que justificó su creación, conforme se describe en el anexo III.

Disposición adicional única. Responsabilidad de los ficheros.

Las diferentes unidades del CIEMAT, como órganos responsables de sus ficheros, adoptarán las medidas necesarias para garantizar que los datos de carácter personal existentes en los mismos se usen para las finalidades y funciones de derecho público que tienen encomendadas, de conformidad con la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal.

Disposición derogatoria única. Derogación normativa.

Quedan derogadas cuantas disposiciones de igual o inferior rango que, conteniendo regulación de ficheros con datos de carácter personal del CIEMAT, se opongan o contradigan lo dispuesto en esta orden y en particular la Orden ECI/2331/2007, de 27 de julio, por la que se crean y modifican ficheros de datos de carácter personal del CIEMAT.

Disposición final única. Entrada en vigor.

La presente orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

Madrid, 23 de abril de 2015.–El Ministro de Economía y Competitividad, Luis de Guindos Jurado.

ANEXO I
Relación de ficheros con datos de carácter personal conforme a la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal

Secretaría de Estado de Investigación, Desarrollo e Innovación

Centro de Investigaciones Energéticas, Medioambientales y Tecnológicas

Ficheros:

Recursos Humanos. Acción Social. Registro de Documentos. Terceros. SISPR (Sistema de Información del Servicio de Protección Radiológica). Clientes-Publicaciones. Formación Interna. Gabinete Jurídico. Dirección de Seguridad. Sistema de Seguridad/Videovigilancia. Proyecto Indalo. Badaral. Controlpres. Nómina. Procesos Selectivos. Historial Dosimétrico. Viglab. GCPE. Intigis (Sistema de Información Geográfica para electrificación rural con energías renovables). ARC Proy (Acceso a Recursos de computación en Proyectos de I+D). Ada (Apreciación de la actuación–Evaluación realizada al personal funcionario y laboral del Centro).

ANEXO II
Regulación de los ficheros

Denominación del fichero: Recursos Humanos

a) La finalidad del fichero y los usos previstos por el mismo: Gestión de personal, anticipos reintegrables, reclamaciones laborales, horas extraordinarias, directorio Intranet, seguimiento de proyectos, control de la productividad, gestión del plan de pensiones del personal adscrito al CIEMAT, elaboración de estadísticas.

b) Las personas o colectivos sobre los que se pretende obtener datos de carácter personal que resulten obligados a suministrarlos: Personal funcionario y laboral del CIEMAT, becarios, personal de contratas y colaboradores en proyectos de I+D.

c) El procedimiento de recogida de los datos de carácter personal: El propio interesado o su representante legal. Administraciones Públicas y Registros Públicos. Recogida mediante formularios y transmisión por vía telemática.

d) La estructura básica del fichero y la descripción de los tipos de datos de carácter personal incluidos en el mismo: Datos de carácter identificativo. Datos de características personales. Datos académicos y profesionales. Datos de detalle de empleo.

e) Las cesiones de datos de carácter personal y, en su caso, las transferencias de datos que se prevean a países terceros: Instituto Nacional de Administraciones Públicas (INAP), Intervención General de la Administración del Estado, Tribunal de Cuentas, Registro Central de Personal de las Administraciones Públicas, Entidades gestoras y depositarias del Plan de Pensiones de la Administración General del Estado.

f) Los órganos de las Administraciones responsables: Secretaría General del CIEMAT.

g) Los servicios o unidades ante los que se pueden ejercitar los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición: Subdirección General de Administración y Personal del CIEMAT. Avenida Complutense, 40, 28040 Madrid.

h) Las medidas de seguridad con indicación del nivel básico, medio o alto exigible: Nivel básico.

Denominación del fichero: Acción Social

a) La finalidad del fichero y los usos previstos por el mismo: Gestión de las ayudas concedidas al personal del CIEMAT en relación con su situación personal y familiar.

b) Las personas o colectivos sobre los que se pretende obtener datos de carácter personal o que resulten obligados a suministrarlos: Funcionarios y personal laboral del CIEMAT, ascendientes, descendientes y cónyuge.

c) El procedimiento de recogida de los datos de carácter personal: El propio interesado o su representante legal. Otras personas físicas distintas del afectado, recogido mediante formularios y transmisión por vía telemática a Administraciones Públicas.

d) La estructura básica del fichero y la descripción de los tipos de datos de carácter personal incluidos en el mismo: Datos de carácter identificativo: Nombre y apellidos. Dirección. NIF/DNI.

Datos de características personales. Datos de detalle de empleo. Datos de circunstancias sociales. Otros datos especialmente protegidos: salud, datos derivados de violencia de género.

e) Las cesiones de datos de carácter personal y, en su caso, las transferencias de datos que se prevean a países terceros: No está prevista ninguna cesión específica de los datos.

f) Los órganos de las Administraciones responsables: Secretaría General del CIEMAT.

g) Los servicios o unidades ante los que se pueden ejercitar los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición: Subdirección General de Administración y Personal del CIEMAT. Avenida Complutense, 40, 28040 Madrid.

h) Las medidas de seguridad con indicación del nivel básico, medio o alto exigible: Nivel alto.

Denominación del fichero: Registro de Documentos

a) La finalidad del fichero y los usos previstos por el mismo: Gestión de la entrada y salida de documentos y emisión de certificados para dar cumplimiento a lo establecido en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

b) Las personas o colectivos sobre los que se pretende obtener datos de carácter personal o que resulten obligados a suministrarlos: Personas que presentan documentos en el Registro de documentos del CIEMAT.

c) El procedimiento de recogida de los datos de carácter personal: El propio interesado o su representante legal, recogidos a partir de los documentos presentados a registro.

d) La estructura básica del fichero y la descripción de los tipos de datos de carácter personal incluidos en el mismo: Datos de carácter identificativo.

e) Las cesiones de datos de carácter personal y, en su caso, las transferencias de datos que se prevean a países terceros: Los datos serán comunicados al órgano u organismo público que resulte competente en caso de que el documento haya sido presentado con destino a dicho organismo.

f) Los órganos de las Administraciones responsables: Secretaría General del CIEMAT.

g) Los servicios o unidades ante los que se pueden ejercitar los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición: Subdirección General de Administración y Personal del CIEMAT. Avenida Complutense, 40, 28040 Madrid.

h) Las medidas de seguridad con indicación del nivel básico, medio o alto exigible: Nivel básico.

Denominación del fichero: Terceros

a) La finalidad del fichero y los usos previstos por el mismo: Datos comerciales y fiscales necesarios de suministradores y clientes ocasionalmente personas físicas para el establecimiento de contratos y la realización de pagos de índole comercial y social, prestación de servicios, asistencias técnicas y entrega de suministros.

b) Las personas o colectivos sobre los que se pretende obtener datos de carácter personal o que resulten obligados a suministrarlos: Representantes de empresas y personas físicas en concepto de terceros.

c) El procedimiento de recogida de los datos de carácter personal: El propio interesado o su representante legal. Subdirección General de Administración y Personal. Recogida mediante formularios, ofertas, presupuestos y transmisión por vía telemática.

d) La estructura básica del fichero y la descripción de los tipos de datos de carácter personal incluidos en el mismo: Datos de carácter identificativo. Datos económico-financieros.

e) Las cesiones de datos de carácter personal y, en su caso, las transferencias de datos que se prevean a países terceros: Entidades bancarias. Agencia Tributaria. Intervención General de la Administración del Estado, Tribunal de Cuentas, Junta Consultiva de Contratación Administrativa y Unión Europea cuando lo prevea una norma con rango de ley o de derecho comunitario de aplicación directa.

f) Los órganos de las Administraciones responsables: Secretaría General del CIEMAT.

g) Los servicios o unidades ante los que se pueden ejercitar los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición: Subdirección General de Administración y Personal del CIEMAT. Avenida Complutense, 40, 28040 Madrid.

h) Las medidas de seguridad con indicación del nivel básico, medio o alto exigible: Nivel básico.

Denominación del fichero: SISPR

a) La finalidad del fichero y los usos previstos por el mismo: Coordinar y consultar el proceso de clasificación radiológica de personas, regulado en el Manual de Protección Radiológica del CIEMAT, de acuerdo con el Real Decreto 783/2001, de 6 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de protección sanitaria contra las radiaciones ionizantes. Elaboración de estadísticas, informes y estudios propios del Servicio de Protección Radiológica.

b) Las personas o colectivos sobre los que se pretende obtener datos de carácter personal o que resulten obligados a suministrarlos: Personas que puedan ser expuestas a radiaciones ionizantes en el desempeño regular de sus trabajos en el CIEMAT. Se distingue entre trabajadores externos al CIEMAT (personas que prestan sus servicios en el CIEMAT pero que no mantienen vinculación laboral con el Centro como, por ejemplo, personal de contratas) y trabajadores no externos (por exclusión, el resto de personas que mantienen alguna vinculación laboral con el CIEMAT).

c) El procedimiento de recogida de los datos de carácter personal: Interesado o representante legal recogidos a partir de formularios y autorizaciones escritas.

d) La estructura básica del fichero y la descripción de los tipos de datos de carácter personal incluidos en el mismo: Datos de carácter identificativo. Datos de características personales. Datos de detalle de empleo. Datos académicos y profesionales. Datos de aptitud para el trabajo en presencia de Radiaciones Ionizantes.

e) Las cesiones de datos de carácter personal y, en su caso, las transferencias de datos que se prevean a países terceros: No está prevista ninguna cesión específica de los datos.

f) Los órganos de las Administraciones responsables: Dirección General del CIEMAT.

g) Los servicios o unidades ante los que se pueden ejercitar los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición: Dirección General del CIEMAT. Avenida Complutense, 40, 28040 Madrid.

h) Las medidas de seguridad con indicación del nivel básico, medio o alto exigible: Nivel básico.

Denominación del fichero: Clientes-Publicaciones

a) La finalidad del fichero y los usos previstos por el mismo: Mantenimiento del directorio de clientes.

b) Las personas o colectivos sobre los que se pretende obtener datos de carácter personal o que resulten obligados a suministrarlos: Representantes de empresas y personas físicas en concepto de terceros.

c) El procedimiento de recogida de los datos de carácter personal: El propio interesado o su representante legal. Secretaría General.

d) La estructura básica del fichero y la descripción de los tipos de datos de carácter personal incluidos en el mismo: Datos de carácter identificativo.

e) Las cesiones de datos de carácter personal y, en su caso, las transferencias de datos que se prevean a países terceros: Entidades bancarias.

f) Los órganos de las Administraciones responsables: Subdirección General de Relaciones Institucionales y Transferencia del Conocimiento del CIEMAT.

g) Los servicios o unidades ante los que se pueden ejercitar los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición: Subdirección General de Relaciones Institucionales y Transferencia del Conocimiento del CIEMAT. Avenida Complutense, 40, 28040 Madrid.

h) Las medidas de seguridad con indicación del nivel básico, medio o alto exigible: Nivel básico.

Denominación del fichero: Formación Interna

a) La finalidad del fichero y los usos previstos por el mismo: Gestión de los cursos de formación solicitados y emisión de certificados.

b) Las personas o colectivos sobre los que se pretende obtener datos de carácter personal o que resulten obligados a suministrarlos: Profesores y alumnos de los cursos impartidos.

c) El procedimiento de recogida de los datos de carácter personal: El propio interesado o su representante legal mediante formularios y transmisión por vía telemática.

d) La estructura básica del fichero y la descripción de los tipos de datos de carácter personal incluidos en el mismo: Datos de carácter identificativo. Datos de detalle de empleo.

e) Las cesiones de datos de carácter personal y, en su caso, las transferencias de datos que se prevean a países terceros: No está prevista ninguna cesión específica de los datos.

f) Los órganos de las Administraciones responsables: Subdirección General de Relaciones Institucionales y Transferencia del Conocimiento del CIEMAT.

g) Los servicios o unidades ante los que se pueden ejercitar los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición: Subdirección General de Relaciones Institucionales y Transferencia del Conocimiento del CIEMAT. Avenida Complutense, 40, 28040 Madrid.

h) Las medidas de seguridad con indicación del nivel básico, medio o alto exigible: Nivel básico.

Denominación del fichero: Gabinete Jurídico

a) Finalidad del fichero y los usos previstos por el mismo: Gestión de los expedientes del Gabinete Jurídico.

b) Las personas o colectivos sobre los que se pretende obtener datos de carácter personal o que resulten obligados a suministrarlos: Funcionarios y personal laboral del CIEMAT, y personas implicadas en algún expediente jurídico del CIEMAT.

c) El procedimiento de recogida de los datos de carácter personal: El propio interesado o su representante legal. Otras personas físicas distintas del afectado o su representante, mediante formularios y transmisión por vía telemática.

d) La estructura básica del fichero y la descripción de los tipos de datos de carácter personal incluidos en el mismo: Datos de carácter identificativo: Nombre y apellidos. Dirección. NIF/DNI.

Datos académicos y profesionales. Datos de detalle de empleo.

e) Las cesiones de datos de carácter personal y, en su caso, las transferencias de datos que se prevean a países terceros: Abogacía General del Estado. Tribunales. Ministerio al que se encuentre adscrito el CIEMAT.

f) Los órganos de las Administraciones responsables: Subdirección General de Relaciones Institucionales y Transferencia del Conocimiento del CIEMAT.

g) Los servicios o unidades ante los que se pueden ejercitar los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición: Subdirección General de Relaciones Institucionales y Transferencia del Conocimiento del CIEMAT. Avenida Complutense, 40, 28040 Madrid.

h) Las medidas de seguridad con indicación del nivel básico, medio o alto exigible: Nivel básico.

Denominación del fichero: Dirección de Seguridad

a) Finalidad del fichero y los usos previstos por el mismo: Control de accesos y censo de vehículos.

b) Las personas o colectivos sobre los que se pretende obtener datos de carácter personal o que resulten obligados a suministrarlos: Personal ajeno al centro colaborador en proyectos de I+D o con presencia física en el Centro.

c) El procedimiento de recogida de los datos de carácter personal: El propio interesado o su representante legal, mediante formularios o transmisión por vía telemática.

d) La estructura básica del fichero y la descripción de los tipos de datos de carácter personal incluidos en el mismo: Datos de carácter identificativo. Datos de detalle de empleo.

e) Las cesiones de datos de carácter personal y, en su caso, las transferencias de datos que se prevean a países terceros: No está prevista ninguna cesión de datos.

f) Los órganos de las Administraciones responsables: Subdirección General de Seguridad y Mejora de las Instalaciones del CIEMAT.

g) Los servicios o unidades ante los que se pueden ejercitar los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición: Subdirección General de Seguridad y Mejora de las Instalaciones del CIEMAT. Avenida Complutense, 40, 28040 Madrid.

h) Las medidas de seguridad con indicación del nivel básico, medio o alto exigible: Nivel básico.

Denominación del fichero: Sistema de Seguridad/ Videovigilancia

a) La finalidad del fichero y los usos previstos por el mismo: Gestionar el sistema de videovigilancia a efectos de seguridad y control de accesos al recinto.

b) Las personas o colectivos sobre los que se pretende obtener datos de carácter personal o que resulten obligados a suministrarlos: Personas que acceden al recinto del CIEMAT.

c) El procedimiento de recogida de los datos de carácter personal: El propio interesado o su representante legal.

d) La estructura básica del fichero y la descripción de los tipos de datos de carácter personal incluidos en el mismo: Datos de carácter identificativo.

e) Las cesiones de datos de carácter personal y, en su caso, las transferencias de datos que se prevean a países terceros: Jueces y Tribunales, Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado según prevé la ley por motivos de seguridad pública.

f) Los órganos de las Administraciones responsables: Subdirección General de Seguridad y Mejora de las Instalaciones del CIEMAT.

g) Los servicios o unidades ante los que se pueden ejercitar los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición: Subdirección General de Seguridad y Mejora de las Instalaciones del CIEMAT. Avenida Complutense, 40, 2804 Madrid.

h) Las medidas de seguridad con indicación del nivel básico, medio o alto exigible: Nivel básico.

Denominación del fichero: Proyecto Indalo

a) La finalidad del fichero y los usos previstos por el mismo: El mantenimiento y control de los registros dosimétricos voluntarios de las personas que pudieran resultar afectadas por el accidente nuclear acaecido en Palomares en 1966.

b) Las personas o colectivos sobre los que se pretende obtener datos de carácter personal o que resulten obligados a suministrarlos: Personas que pudieran resultar afectadas por el accidente nuclear acaecido en Palomares en 1966.

c) El procedimiento de recogida de los datos de carácter personal: El propio interesado o su representante legal mediante formularios o transmisión por vía telemática.

d) La estructura básica del fichero y la descripción de los tipos de datos de carácter personal incluidos en el mismo: Datos de carácter identificativo. Datos de características personales. Datos dosimétricos.

e) Las cesiones de datos de carácter personal y, en su caso, las transferencias de datos que se prevean a países terceros: No está prevista ninguna cesión específica de datos.

f) Los órganos de las Administraciones responsables: Unidad de Medioambiente del CIEMAT.

g) Los servicios o unidades ante los que se pueden ejercitar los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición: Unidad de Medioambiente del CIEMAT. Avenida Complutense, 40, 28040 Madrid.

h) Las medidas de seguridad con indicación del nivel básico, medio o alto exigible: Nivel alto.

Denominación del fichero: Badaral

a) La finalidad del fichero y los usos previstos por el mismo: Mantenimiento de la información obrante en el Registro Central de Personal del Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas relativos al personal adscrito al CIEMAT. Elaboración de estadísticas.

b) Las personas o colectivos sobre los que se pretende obtener datos de carácter personal o que resulten obligados a suministrarlos: Funcionarios y personal laboral del CIEMAT.

c) El procedimiento de recogida de los datos de carácter personal: El propio interesado o su representante legal mediante formularios o transmisión por vía telemática.

d) La estructura básica del fichero y la descripción de los tipos de datos de carácter personal incluidos en el mismo: Datos de carácter administrativo: identificativo, académico y empleo.

e) Las cesiones de datos de carácter personal y, en su caso, las transferencias de datos que se prevean a países terceros: Registro Central de Personal del Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas.

f) Los órganos de las Administraciones responsables: Secretaría General del CIEMAT.

g) Los servicios o unidades ante los que se pueden ejercitar los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición: Subdirección General de Administración y Personal del CIEMAT. Avenida Complutense, 40, 28040 Madrid.

h) Las medidas de seguridad con indicación del nivel básico, medio o alto exigible: Nivel básico.

Denominación del fichero: Controlpres

a) La finalidad del fichero y los usos previstos por el mismo: Controlar las ausencias y permisos del personal que trabaja en el CIEMAT.

b) Las personas o colectivos sobre los que se pretende obtener datos de carácter personal o que resulten obligados a suministrarlos: Funcionarios y personal laboral del CIEMAT.

c) El procedimiento de recogida de los datos de carácter personal: El propio interesado o su representante legal mediante formularios o transmisión por vía telemática.

d) La estructura básica del fichero y la descripción de los tipos de datos de carácter personal incluidos en el mismo: Datos de carácter administrativo: identificativos, laborales, de estancia en el Centro.

e) Las cesiones de datos de carácter personal y, en su caso, las transferencias de datos que se prevean a países terceros: Autoridad laboral. Tesorería General de la Seguridad Social.

f) Los órganos de las Administraciones responsables: Secretaría General del CIEMAT.

g) Los servicios o unidades ante los que se pueden ejercitar los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición: Subdirección General de Administración y Personal del CIEMAT. Avenida Complutense, 40, 28040 Madrid.

h) Las medidas de seguridad con indicación del nivel básico, medio o alto exigible: Nivel básico.

Denominación del fichero: Nómina

a) La finalidad del fichero y los usos previstos por el mismo: Obtención periódica de la nómina del personal del organismo y de sus productos asociados, cotizaciones, retenciones, control y seguimiento del gasto y estadísticas.

b) Las personas o colectivos sobre los que se pretende obtener datos de carácter personal o que resulten obligados a suministrarlos: Funcionarios, personal laboral y becarios del CIEMAT.

c) El procedimiento de recogida de los datos de carácter personal: El propio interesado o su representante legal. Subdirección General de Administración y Personal del CIEMAT, mediante formularios o transmisión por vía telemática.

d) La estructura básica del fichero y la descripción de los tipos de datos de carácter personal incluidos en el mismo: Datos de carácter identificativo: Nombre y apellidos. Dirección. NIF/DNI. Otro tipo de datos: administrativos, sociales y fiscales.

e) Las cesiones de datos de carácter personal y, en su caso, las transferencias de datos que se prevean a países terceros: Agencia Estatal de la Administración Tributaria. Tesorería General de la Seguridad Social. MUFACE. Intervención General de la Administración del Estado. Tribunal de Cuentas. Entidades bancarias.

f) Los órganos de las Administraciones responsables: Secretaría General del CIEMAT.

g) Los servicios o unidades ante los que se pueden ejercitar los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición: Subdirección General de Administración y Personal del CIEMAT. Avenida Complutense, 40, 28040 Madrid.

h) Las medidas de seguridad con indicación del nivel básico, medio o alto exigible: Nivel básico.

Denominación del fichero: Procesos Selectivos

a) La finalidad del fichero y los usos previstos por el mismo: Gestión de procesos de concesión de becas y procesos selectivos.

b) Las personas o colectivos sobre los que se pretende obtener datos de carácter personal o que resulten obligados a suministrarlos: Candidatos a obtener una beca o un puesto de trabajo en el CIEMAT o que participen en procesos selectivos encomendados al CIEMAT.

c) El procedimiento de recogida de los datos de carácter personal: El propio interesado o su representante legal recogidos mediante formularios.

d) La estructura básica del fichero y la descripción de los tipos de datos de carácter personal incluidos en el mismo: Datos de carácter identificativo. Datos de características personales. Datos de detalle de empleo.

e) Las cesiones de datos de carácter personal y, en su caso, las transferencias de datos que se prevean a países terceros: Publicación de listas de admitidos y excluidos en la web y el Centro de Información de Administraciones del Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas.

f) Los órganos de las Administraciones responsables: Secretaría General del CIEMAT.

g) Los servicios o unidades ante los que se pueden ejercitar los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición: Subdirección General de Administración y Personal del CIEMAT. Avenida Complutense, 40, 28040 Madrid.

h) Las medidas de seguridad con indicación del nivel básico, medio o alto exigible: Nivel básico.

Denominación del fichero: Historial Dosimétrico

a) La finalidad del fichero y los usos previstos por el mismo: Mantener y actualizar los registros dosimétricos de los trabajadores profesionalmente expuestos a las radiaciones ionizantes.

b) Las personas o colectivos sobre los que se pretende obtener datos de carácter personal o que resulten obligados a suministrarlos: Personal expuesto del CIEMAT y terceros ajenos al Centro.

c) El procedimiento de recogida de los datos de carácter personal: El propio interesado o su representante legal. Persona distinta al interesado: entidad privada y Servicio de Protección Radiológica del CIEMAT, mediante formularios.

d) La estructura básica del fichero y la descripción de los tipos de datos de carácter personal incluidos en el mismo: Datos de carácter identificativo. Datos de características personales. Datos de detalle de empleo. Datos dosimétricos.

e) Las cesiones de datos de carácter personal y, en su caso, las transferencias de datos que se prevean a países terceros: Banco Dosimétrico Nacional del Consejo de Seguridad Nuclear. Administraciones Públicas, Jueces y Tribunales.

f) Los órganos de las Administraciones responsables: Unidad de Medio Ambiente del CIEMAT.

g) Los servicios o unidades ante los que se pueden ejercitar los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición: Unidad de Medio Ambiente del CIEMAT. Avenida Complutense, 40, 28040 Madrid.

h) Las medidas de seguridad con indicación del nivel básico, medio o alto exigible: Nivel alto.

Denominación del fichero: VIGILAB

a) La finalidad del fichero y los usos previstos por el mismo: Gestión de la prevención de riesgos laborales tanto en su vertiente de vigilancia médica, como de seguridad e higiene en el trabajo: vigilancia de la salud de los trabajadores, análisis estadísticos y epidemiológicos de carácter sanitario; evaluación de riesgos laborales y planificación de la acción preventiva; investigación de daños para la salud.

b) Las personas o colectivos sobre los que se pretende obtener datos de carácter personal o que resulten obligados a suministrarlos: Personal laboral, funcionarios, becarios, así como colaboradores y personal ajeno al CIEMAT, que por cualquier causa es asistido en la Unidad de Salud Laboral.

c) El procedimiento de recogida de los datos de carácter personal: El propio interesado o su representante legal. Subdirección General de Administración y Personal del CIEMAT, mediante formularios o transmisión vía telemática.

d) La estructura básica del fichero y la descripción de los tipos de datos de carácter personal incluidos en el mismo: Datos de carácter identificativo. Datos de características personales. Datos de circunstancias sociales. Datos de detalle de empleo. Otros datos especialmente protegidos: salud.

e) Las cesiones de datos de carácter personal y, en su caso, las transferencias de datos que se prevean a países terceros: Administración laboral, Administración Sanitaria y Administración de Justicia.

f) Los órganos de las Administraciones responsables: Secretaría General del CIEMAT.

g) Los servicios o unidades ante los que se pueden ejercitar los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición: Secretaría General del CIEMAT. Avenida Complutense, 40, 28040 Madrid.

h) Las medidas de seguridad con indicación del nivel básico, medio o alto exigible: Nivel alto.

Denominación del fichero: GCPE

a) La finalidad del fichero y los usos previstos por el mismo: Facilitar la elaboración y gestión de los programas de formación especializada destinados a la gestión de la Unidad de Formación y emisión de certificados.

b) Las personas o colectivos sobre los que se pretende obtener datos de carácter personal que resulten obligados a suministrarlos: Profesores y alumnos de los cursos impartidos por la Unidad de Formación.

c) El procedimiento de recogida de los datos de carácter personal: El propio interesado o su representante legal. Subdirección General de Administración y Personal del CIEMAT, mediante formularios o transmisión vía telemática.

d) La estructura básica del fichero y la descripción de los tipos de datos de carácter personal incluidos en el mismo: Datos de carácter identificativo. Datos de detalle de empleo.

e) Las cesiones de datos de carácter personal y, en su caso, las transferencias de datos que se prevean a países terceros: Entidades bancarias.

f) Los órganos de las Administraciones responsables: Subdirección General de Relaciones Institucionales y Transferencia del Conocimiento del CIEMAT.

g) Los servicios o unidades ante los que se pueden ejercitar los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición: Subdirección General de Relaciones Institucionales y Transferencia del Conocimiento del CIEMAT. Avenida Complutense, 40, 28040 Madrid.

h) Las medidas de seguridad con indicación del nivel básico, medio o alto exigible: Nivel básico.

Denominación del fichero: INTIGIS

a) Finalidad del fichero y los usos previstos por el mismo: Gestión de los accesos al sistema de información geográfica INTIGIS integrada en la página web del CIEMAT, relativa a respuestas con energías renovables ante problemas de electrificación rural.

b) Personas o colectivos sobre los que se pretende obtener datos de carácter personal o que resulten obligados a suministrarlos: Personas físicas y representantes de empresas interesadas en el acceso a la información de la aplicación INTIGIS.

c) Procedimiento de recogida de los datos de carácter personal: El propio interesado en el acceso a la información o su representante legal, mediante transmisión vía telemática, a través del formulario Web alojado en la Web del CIEMAT.

d) Estructura básica del fichero y la descripción de los tipos de datos de carácter personal incluidos en el mismo: Datos de carácter identificativo del solicitante.

e) Cesiones de datos de carácter personal, y en su caso, las transferencias de datos que se prevean a países terceros: No está prevista ninguna cesión específica de datos.

f) Los órganos de las Administraciones responsables: Subdirección General de Energía del CIEMAT.

g) Servicios o unidades ante los que se pueden ejercitar los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición: Subdirección General de Energía del CIEMAT. Avenida Complutense, 40, 28040 Madrid, o mediante el correo electrónico: intigis@ciemat.es

h) Medidas de seguridad con indicación del nivel básico, medio o alto exigible: Nivel básico.

Denominación del fichero: ARC PROY

a) Finalidad del fichero y los usos previstos por el mismo: Gestión de los accesos a los recursos de computación del CIEMAT con el fin de colaborar en Proyectos de I+D participados por el CIEMAT.

b) Personas o colectivos sobre los que se pretende obtener datos de carácter personal o que resulten obligados a suministrarlos:

1.º Personas físicas que colaboren en Proyectos de I+D participados por el CIEMAT para los que se requieran recursos informáticos centralizados.

2.º Personas físicas que sin formar parte de la plantilla del CIEMAT, desarrollan labores de apoyo a las distintas unidades organizativas del CIEMAT.

c) Procedimiento de recogida de los datos de carácter personal:

1.º El propio interesado en el acceso a los recursos de computación, mediante transmisión vía telemática, previa autorización del responsable de la actividad a realizar.

2.º Por el responsable de la actividad, mediante transmisión vía telemática.

d) Estructura básica del fichero y la descripción de los tipos de datos de carácter personal incluidos en el mismo: Datos de carácter identificativo del solicitante y de la institución o entidad a la que está adscrito.

e) Cesiones de datos de carácter personal, y en su caso, las transferencias de datos que se prevean a países terceros: No está prevista ninguna cesión específica de datos.

f) Los órganos de las Administraciones responsables: Unidad de Tecnología del CIEMAT.

g) Servicio o Unidades ante los que se pueden ejercitar los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición: Unidad de Tecnología del CIEMAT. Avenida Complutense, 40, 28040 Madrid.

h) Las medidas de seguridad con indicación del nivel básico, medio o alto exigible: Nivel básico.

Denominación del fichero: ADA

a) La finalidad del fichero y los usos previstos por el mismo: Gestión de la información referente a la evaluación del desempeño de los trabajadores del CIEMAT.

b) Las personas o colectivos sobre los que se pretende obtener datos de carácter personal o que resulten obligados a suministrarlos: Personal funcionario y laboral del CIEMAT.

c) El procedimiento de recogida de los datos de carácter personal: El propio interesado o su representante legal mediante formularios o transmisión vía telemática.

d) La estructura básica del fichero y la descripción de los tipos de datos de carácter personal incluidos en el mismo: Datos de carácter identificativo. Datos relativos a la evaluación del desempeño.

e) Las cesiones de datos de carácter personal y, en su caso, las transferencias de datos que se prevean a países terceros: No está prevista ninguna cesión específica de los datos.

f) Los órganos de las Administraciones responsables: Subdirección General de Administración y Personal del CIEMAT.

g) Los servicios o unidades ante los que se pueden ejercitar los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición: Subdirección General de Administración y Personal del CIEMAT. Avenida Complutense, 40, 28040 Madrid.

h) Las medidas de seguridad con indicación del nivel básico, medio o alto exigible: Nivel básico.

ANEXO III
Fichero con datos de carácter personal que resulta suprimido mediante esta orden ministerial

Denominación del fichero: Usuarios externos

Motivo de la supresión: El fichero ha dejado de utilizarse.

Destino de los Datos. Los Datos serán borrados. El fichero que contenía los datos será eliminado.

ANÁLISIS

  • Rango: Orden
  • Fecha de disposición: 23/04/2015
  • Fecha de publicación: 07/05/2015
  • Fecha de entrada en vigor: 08/05/2015
Referencias anteriores
  • DEROGA la Orden ECI/2331/2007, 27 de julio (Ref. BOE-A-2007-14640).
  • DE CONFORMIDAD con el art. 20.1 de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre (Ref. BOE-A-1999-23750).
  • CITA Orden CTE/3147/2002, de 28 de noviembre (Ref. BOE-A-2002-24340).
Materias
  • Centro de Investigaciones Energéticas, Medioambientales y Tecnológicas
  • Ficheros con datos personales

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