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Documento BOE-A-2015-124

Orden ECC/2543/2014, de 5 de diciembre, de autorización administrativa de la cesión parcial de la cartera de seguros de Caja de Seguros Reunidos, Compañía de Seguros y Reaseguros, SA a Mediterráneo Seguros Diversos, Compañía de Seguros y Reaseguros, SA de las pólizas suscritas, de los ramos de seguros generales, con la mediación de Galebán Gestión de Riesgos, SA Operador Banca Seguros Vinculado.

Publicado en:
«BOE» núm. 5, de 6 de enero de 2015, páginas 1539 a 1540 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Economía y Competitividad
Referencia:
BOE-A-2015-124

TEXTO ORIGINAL

Las entidades Caja de Seguros Reunidos, Compañía de Seguros y Reaseguros, S.A. (CASER), y Mediterráneo Seguros Diversos, Compañía de Seguros y Reaseguros, S.A., han presentado ante la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones solicitud de autorización administrativa para poder realizar la operación de cesión parcial de cartera de los ramos de seguros generales –sólo de las pólizas suscritas con la mediación de Galebán Gestión de Riesgos, S.A. Operador Banca Seguros Vinculado– de los ramos de accidentes, enfermedad, vehículos terrestres (no ferroviarios), mercancías transportadas (comprendidos los equipajes y demás bienes transportados), incendio y elementos naturales, otros daños a los bienes, responsabilidad civil en vehículos terrestres automóviles (comprendida la responsabilidad del transportista), responsabilidad civil en general, pérdidas pecuniarias diversas, defensa jurídica y asistencia de la entidad Caja de Seguros Reunidos, Compañía de Seguros y Reaseguros, S.A. (CASER), a favor de la entidad Mediterráneo Seguros Diversos, Compañía de Seguros y Reaseguros, S.A.

A la vista de la documentación aportada, y en aplicación de lo dispuesto en el artículo 23.1.c) del Texto Refundido de la Ley de Ordenación y Supervisión de los Seguros Privados, aprobado por Real Decreto Legislativo 6/2004, de 29 de octubre, y en el artículo 70.3 del Reglamento de Ordenación y Supervisión de los Seguros Privados, aprobado por Real Decreto 2486/1998, de 20 de noviembre, he resuelto:

Autorizar la cesión parcial de cartera en virtud de la cual la entidad Caja de Seguros Reunidos, Compañía de Seguros y Reaseguros, S.A. (CASER), cede a Mediterráneo Seguros Diversos, Compañía de Seguros y Reaseguros, S.A., los contratos suscritos en los ramos de accidentes, enfermedad, vehículos terrestres (no ferroviarios), mercancías transportadas (comprendidos los equipajes y demás bienes transportados), incendio y elementos naturales, otros daños a los bienes, responsabilidad civil en vehículos terrestres automóviles (comprendida la responsabilidad del transportista), responsabilidad civil en general, pérdidas pecuniarias diversas, defensa jurídica y asistencia, ramos números 1, 2, 3, 7, 8, 9, 10, 13, 16, 17 y 18 de la clasificación de los riesgos por ramos descritos en el artículo 6.1.a) del Texto Refundido de la Ley de Ordenación y Supervisión de los Seguros Privados, realizados con la mediación de Galebán Gestión de Riesgos, S.A. Operador Banca Seguros Vinculado.

Contra la presente Orden ministerial, que pone fin a la vía administrativa, de conformidad con lo previsto en el artículo 109 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y disposición adicional decimoquinta de la Ley 6/1997, de 14 de abril, de Organización y Funcionamiento de la Administración General del Estado, se podrá interponer con carácter potestativo recurso de reposición ante el Ministro de Economía y Competitividad en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente a la notificación de la misma, de acuerdo con los artículos 116 y 117 de la citada Ley 30/1992, de 26 de noviembre. Asimismo se podrá interponer recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso Administrativo de la Audiencia Nacional, en el plazo de dos meses, a partir del día siguiente a su notificación, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 11.1.a), 25 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Madrid, 5 de diciembre de 2014.–El Ministro de Economía y Competitividad, P.D. (Orden ECC/1695/2012, de 27 de julio), el Secretario de Estado de Economía y Apoyo a la Empresa, Íñigo Fernández de Mesa Vargas.

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