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Documento BOE-A-2015-101

Orden ECC/2537/2014, de 15 de diciembre, de autorización administrativa a Mutual de Conductors, Mutualidad de Previsión Social a Prima Fija, para ampliar la actividad aseguradora a todo el territorio español.

Publicado en:
«BOE» núm. 4, de 5 de enero de 2015, páginas 1477 a 1477 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Economía y Competitividad
Referencia:
BOE-A-2015-101

TEXTO ORIGINAL

La entidad Mutual de Conductors, Mutualidad de Previsión Social a Prima Fija, hasta la fecha inscrita en el Registro de Mutualidades de Previsión Social de la Comunidad Autónoma de Cataluña, ha presentado solicitud de autorización administrativa para ampliar la actividad aseguradora a todo el territorio español.

De la documentación que se adjunta a la solicitud formulada, se desprende que la entidad Mutual de Conductors, Mutualidad de Previsión Social a Prima Fija, cumple los requisitos establecidos en el Texto Refundido de la Ley de Ordenación y Supervisión de los Seguros Privados, aprobado por Real Decreto Legislativo 6/2004, de 29 de octubre, y en su Reglamento de desarrollo, así como lo dispuesto en el Reglamento de Mutualidades de Previsión Social, aprobado por Real Decreto 1430/2002, de 27 de diciembre, para obtener la autorización administrativa de ampliación del ámbito territorial.

En consecuencia, a propuesta de la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones, he resuelto:

Primero.

Autorizar a la entidad Mutual de Conductors, Mutualidad de Previsión Social a Prima Fija, el ejercicio de la actividad aseguradora en todo el territorio nacional.

Segundo.

Inscribir a la entidad Mutual de Conductors, Mutualidad de Previsión Social a Prima Fija, en el Registro administrativo de entidades aseguradoras, previsto en el artículo 74 del precitado Texto Refundido de la Ley de Ordenación y Supervisión de los Seguros Privados.

Contra la presente Orden ministerial, que pone fin a la vía administrativa, de conformidad con lo previsto en el artículo 109 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y Disposición adicional decimoquinta de la Ley 6/1997, de 14 de abril, de Organización y Funcionamiento de la Administración General del Estado, se podrá interponer con carácter potestativo recurso de reposición ante el Ministro de Economía y Competitividad, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente a la notificación de la misma, de acuerdo con los artículos 116 y 117 de la citada Ley 30/1992, de 26 de noviembre. Asimismo, se podrá interponer recurso contencioso-administrativo, ante la Sala de lo Contencioso Administrativo de la Audiencia Nacional, en el plazo de dos meses, a partir del día siguiente a su notificación, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 11.1 a), 25 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Madrid, 15 de diciembre de 2014.–El Ministro de Economía y Competitividad, P.D. (Orden ECC/1695/2012, de 27 de julio), el Secretario de Estado de Economía y Apoyo a la Empresa, Íñigo Fernández de Mesa Vargas.

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