Está Vd. en

Documento BOE-A-2014-8654

Circular 4/2014, de 30 de julio, del Banco de España, por la que se crean y modifican ficheros con datos de carácter personal.

Publicado en:
«BOE» núm. 194, de 11 de agosto de 2014, páginas 64381 a 64422 (42 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Banco de España
Referencia:
BOE-A-2014-8654
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/cir/2014/07/30/4

TEXTO ORIGINAL

Las descripciones de los ficheros automatizados con datos de carácter personal existentes en el Banco de España están recogidas en las circulares 2/2005, de 25 de febrero; 4/2005, de 23 de diciembre; 4/2008, de 31 de octubre; 1/2011, de 26 de enero; 3/2012, de 28 de marzo, y 2/2013, de 27 de junio, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 20 de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de protección de datos de carácter personal, y en el título V del Reglamento de la mencionada Ley Orgánica 15/1999, aprobado mediante el Real Decreto 1720/2007, de 21 de diciembre, sobre creación, modificación o supresión de ficheros de las Administraciones Públicas.

Los cambios en la estructura organizativa del Banco, así como los cambios en la normativa de referencia, en algunos procesos de gestión, en los datos recogidos para su tratamiento y en los sistemas de información correspondientes, hacen necesaria la creación de un nuevo fichero y la modificación de 22 ficheros.

Las modificaciones de ficheros con datos de carácter personal recogidas en la presente circular afectan a ficheros creados o modificados por las circulares 2/2005, de 25 de febrero; 4/2005, de 23 de diciembre; 4/2008, de 31 de octubre; 1/2011, de 26 de enero; 3/2012, de 28 de marzo, y 2/2013, de 27 de junio.

Las descripciones de los 22 ficheros que se modifican, figuran en el anejo de esta circular. Dichas descripciones sustituyen a las incluidas en la circular de creación o última modificación del fichero, según lo que sea aplicable para cada fichero.

Con independencia de los potenciales cesionarios que figuran en los apartados «Cesiones de datos de carácter personal» y «Transferencias de datos de carácter personal a países terceros», de las descripciones de los ficheros gestionados por el Banco de España en virtud de las funciones públicas a él encomendadas por la Ley 13/1994, de 1 de junio, y de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 6 del Real Decreto Legislativo 1298/1986, de 28 de junio, en la redacción dada a este por la Ley 37/1998, de 16 de noviembre, los datos, documentos e informaciones que obren en poder del Banco de España en virtud de cuantas funciones le encomiendan las leyes tienen carácter reservado, pudiendo, no obstante, ser cedidos a las autoridades, organismos o colectivos enumerados en el apartado 4 del citado precepto.

Asimismo, y en virtud de lo dispuesto en el apartado 1 del mencionado artículo, el Banco de España podrá comunicar informaciones relativas a la dirección, gestión y propiedad de las entidades de crédito, así como las que puedan facilitar el control de la solvencia de aquellas y cualquier otra que pueda facilitar su supervisión o sirva para evitar, perseguir o sancionar conductas irregulares, a aquellas autoridades que tengan encomendadas funciones semejantes en Estados extranjeros.

Por todo cuanto se expone, el Banco de España, en uso de las facultades que le confiere la Ley 13/1994, de 1 de junio, de Autonomía del Banco de España, de acuerdo con el procedimiento en ella previsto, ha dispuesto las siguientes normas:

Norma primera.

Se modifica el fichero «Balanza de pagos y transacciones económicas con el exterior» en los apartados «Finalidad del fichero y usos previstos del mismo», «Origen de los datos», «Colectivos o categorías de interesados» y «Cesiones de datos de carácter personal». La descripción que figura en el anejo de esta circular sustituye a la del fichero de igual nombre que consta en el anejo de la Circular del Banco de España 4/2008, de 31 de octubre, de actualización de la Circular 2/2005, de 25 de febrero, sobre ficheros automatizados con datos de carácter personal gestionados por el Banco de España.

Norma segunda.

Se modifica el fichero «Central de Información de Riesgos» en los apartados «Normativa de referencia», «Finalidad del fichero y usos previstos del mismo», «Origen de los datos», «Colectivos o categorías de interesados», «Estructura básica del fichero y tipos de datos de carácter personal incluidos en él», «Sistema de tratamiento», «Cesiones de datos de carácter personal» y «Transferencias de datos de carácter personal a países terceros». La descripción que figura en el anejo de esta circular sustituye a la del fichero de igual nombre que consta en el anejo de la Circular del Banco de España 4/2005, de 23 de diciembre, de actualización de la Circular 2/2005, de 25 de febrero, sobre ficheros automatizados con datos de carácter personal gestionados por el Banco de España.

Norma tercera.

Se modifica el fichero «Declaraciones del código de conducta del Banco de España» en los apartados «Responsable de protección de datos del fichero» y «Derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición». La descripción que figura en el anejo de esta circular sustituye a la del fichero de igual nombre que consta en el anejo de la Circular del Banco de España 3/2012, de 28 de marzo, por la que se crean, modifican y suprimen ficheros de datos de carácter personal gestionados por el Banco de España.

Norma cuarta.

Se modifica el fichero «Banco de España - Entidad Gestora del Mercado de Deuda Pública Anotada» cambiando su denominación, que pasa a ser «Entidad Gestora del Mercado de Deuda Pública Anotada», y en los apartados «Responsable de protección de datos del fichero», «Normativa de referencia», «Finalidad del fichero y usos previstos del mismo», «Colectivos o categorías de interesados», «Estructura básica del fichero y tipos de datos de carácter personal incluidos en él», «Sistema de tratamiento» y «Cesiones de datos de carácter personal». La descripción que figura en el anejo de esta circular sustituye a la del fichero de igual nombre que consta en el anejo de la Circular 2/2005, de 25 de febrero, sobre ficheros automatizados con datos de carácter personal gestionados por el Banco de España.

Norma quinta.

Se modifica el fichero «Expedientes de la Central de Información de Riesgos» en los apartados «Normativa de referencia», «Finalidad del fichero y usos previstos del mismo», «Colectivos o categorías de interesados», «Estructura básica del fichero y tipos de datos de carácter personal incluidos en él», «Sistema de tratamiento», «Cesiones de datos de carácter personal» y «Transferencias de datos de carácter personal a países terceros». La descripción que figura en el Anejo de esta Circular sustituye a la del fichero de igual nombre que consta en el anejo de la Circular del Banco de España 4/2005, de 23 de diciembre, de actualización de la Circular 2/2005, de 25 de febrero, sobre ficheros automatizados con datos de carácter personal gestionados por el Banco de España.

Norma sexta.

Se modifica el fichero «Expedientes sancionadores» en los apartados «Responsable de protección de datos del fichero», «Derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición», «Normativa de referencia» y «Sistema de tratamiento». La descripción que figura en el anejo de esta circular sustituye a la del fichero de igual nombre que consta en el anejo de la Circular del Banco de España 2/2013, de 27 de junio, por la que se crean y modifican ficheros de datos de carácter personal.

Norma séptima.

Se modifica el fichero «Gestión de la actividad supervisora» en los apartados «Responsable de protección de datos del fichero», «Derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición», «Finalidad del fichero y usos previstos del mismo», «Origen de los datos» y «Colectivos o categorías de interesados». La descripción que figura en el anejo de esta circular sustituye a la del fichero de igual nombre que consta en el anejo de la Circular del Banco de España 4/2008, de 31 de octubre, de actualización de la Circular 2/2005, de 25 de febrero, sobre ficheros automatizados con datos de carácter personal gestionados por el Banco de España.

Norma octava.

Se modifica el fichero «Gestión de la contratación» en el apartado «Finalidad del fichero y usos previstos del mismo». La descripción que figura en el anejo de esta circular sustituye a la del fichero de igual nombre que consta en el anejo de la Circular del Banco de España 2/2013, de 27 de junio, por la que se crean y modifican ficheros de datos de carácter personal.

Norma novena.

Se modifica el fichero «Gestión de la plantilla de Supervisión» en los apartados «Responsable de protección de datos del fichero» y «Derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición». La descripción que figura en el anejo de esta circular sustituye a la del fichero de igual nombre que consta en el anejo de la Circular del Banco de España 1/2011, de 26 de enero, sobre creación, modificación y supresión de ficheros con datos de carácter personal gestionados por el Banco de España.

Norma décima.

Se crea el fichero «Información sobre grandes exposiciones», cuya descripción figura en el anejo de esta circular, y se incluye entre los ficheros gestionados por el Banco de España en virtud de las funciones públicas encomendadas a él por la Ley 13/1994, de 1 de junio, y demás legislación aplicable.

Norma undécima.

Se modifica el fichero «Miembros de colegios de supervisores» en los apartados «Responsable de protección de datos del fichero», «Derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición» y «Tipo de fichero». La descripción que figura en el anejo de esta circular sustituye a la del fichero de igual nombre que consta en el anejo de la Circular del Banco de España 3/2012, de 28 de marzo, por la que se crean, modifican y suprimen ficheros de datos de carácter personal gestionados por el Banco de España.

Norma duodécima.

Se modifica el fichero «Operaciones de cuentas corrientes y depósito de valores» en los apartados «Responsable de protección de datos del fichero», «Finalidad del fichero y usos previstos del mismo», «Tipo de fichero», «Colectivos o categorías de interesados», «Estructura básica del fichero y tipos de datos de carácter personal incluidos en él», «Sistema de tratamiento», «Cesiones de datos de carácter personal», y «Transferencias de datos de carácter personal a países terceros». La descripción que figura en el anejo de esta circular sustituye a la del fichero de igual nombre que consta en el anejo de la Circular 2/2005, de 25 de febrero, sobre ficheros automatizados con datos de carácter personal gestionados por el Banco de España.

Las «Transferencias de datos de carácter personal a países terceros» se refieren a las entidades financieras de terceros países dentro del ámbito geográfico de la Zona Única de Pagos en Euros (SEPA) y se realizan con consentimiento previo del afectado, de acuerdo con el apartado e) del artículo 34 de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre.

Norma decimotercera.

Se modifica el fichero «Operaciones de efectivo» en el apartado «Cesiones de datos de carácter personal». La descripción que figura en el anejo de esta circular sustituye a la del fichero de igual nombre que consta en el anejo de la Circular del Banco de España 3/2012, de 28 de marzo, por la que se crean, modifican y suprimen ficheros de datos de carácter personal gestionados por el Banco de España.

Norma decimocuarta.

Se modifica el fichero «Proveedores y profesionales del efectivo» en los apartados «Responsable de protección de datos del fichero» y «Cesiones de datos de carácter personal». La descripción que figura en el anejo de esta circular sustituye a la del fichero de igual nombre que consta en el anejo de la Circular del Banco de España 1/2011, de 26 de enero, sobre creación, modificación y supresión de ficheros con datos de carácter personal gestionados por el Banco de España.

Norma decimoquinta.

Se modifica el fichero «Servicio de Reclamaciones» cambiando su denominación, que pasa a ser «Reclamaciones, quejas y consultas», y en los apartados «Responsable de protección de datos del fichero», «Derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición», «Normativa de referencia», «Finalidad del fichero y usos previstos del mismo», «Origen de los datos», «Cesiones de datos de carácter personal» y «Transferencias de datos de carácter personal a países terceros». La descripción que figura en el anejo de esta circular sustituye a la del fichero denominado «Servicio de Reclamaciones», que consta en el anejo de la Circular del Banco de España 1/2011, de 26 de enero, sobre creación, modificación y supresión de ficheros con datos de carácter personal gestionados por el Banco de España.

Norma decimosexta.

Se modifica el fichero «Registro de agentes de entidades de crédito y de pago» cambiando su denominación, que pasa a ser «Registro de agentes de entidades de crédito, de entidades de dinero electrónico y de entidades de pago», y en los apartados «Responsable de protección de datos del fichero», «Derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición», «Normativa de referencia», «Finalidad del fichero y usos previstos del mismo», «Estructura básica del fichero y tipos de datos de carácter personal incluidos en él» y «Transferencias de datos de carácter personal a países terceros». La descripción que figura en el anejo de esta circular sustituye a la del fichero denominado «Registro de agentes de entidades de crédito y de pago», que consta en el anejo de la Circular del Banco de España 2/2013, de 27 de junio, por la que se crean y modifican ficheros de datos de carácter personal.

Norma decimoséptima.

Se modifica el fichero «Registro de entrada y salida de documentos» en los apartados «Responsable de protección de datos del fichero», «Derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición», «Normativa de referencia» y «Estructura básica del fichero y tipos de datos de carácter personal incluidos en él». La descripción que figura en el anejo de esta circular sustituye a la del fichero de igual nombre que consta en el anejo de la Circular del Banco de España 3/2012, de 28 de marzo, por la que se crean, modifican y suprimen ficheros de datos de carácter personal gestionados por el Banco de España.

Norma decimoctava.

Se modifica el fichero «Registro de profesionales vinculados a las sociedades de tasación supervisadas por el Banco de España» en los apartados «Responsable de protección de datos del fichero», «Derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición», «Normativa de referencia», «Colectivos o categorías de interesados», «Estructura básica del fichero y tipos de datos de carácter personal incluidos en él» y «Cesiones de datos de carácter personal». La descripción que figura en el anejo de esta circular sustituye a la del fichero de igual nombre que consta en el anejo de la Circular del Banco de España 1/2011, de 26 de enero, sobre creación, modificación y supresión de ficheros con datos de carácter personal gestionados por el Banco de España.

Norma decimonovena.

Se modifica el fichero «Registro de servicios de atención al cliente y defensores del cliente» en los apartados «Responsable de protección de datos del fichero», «Derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición», «Finalidad del fichero y usos previstos del mismo» y «Estructura básica del fichero y tipos de datos de carácter personal incluidos en él». La descripción que figura en el anejo de esta circular sustituye a la del fichero de igual nombre que consta en el anejo de la Circular del Banco de España 1/2011, de 26 de enero, sobre creación, modificación y supresión de ficheros con datos de carácter personal gestionados por el Banco de España.

Norma vigésima.

Se modifica el fichero «Registro de titulares de establecimientos abiertos al público para cambio de moneda extranjera» en los apartados «Responsable de protección de datos del fichero», «Derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición», «Normativa de referencia», «Cesiones de datos de carácter personal» y «Transferencias de datos de carácter personal a países terceros». La descripción que figura en el anejo de esta circular sustituye a la del fichero de igual nombre que consta en el anejo de la Circular del Banco de España 1/2011, de 26 de enero, sobre creación, modificación y supresión de ficheros con datos de carácter personal gestionados por el Banco de España.

Norma vigésima primera.

Se modifica el fichero «Registros oficiales de altos cargos de entidades inscritas en el Banco de España» en los apartados «Responsable de protección de datos del fichero», «Derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición», «Normativa de referencia», «Finalidad del fichero y usos previstos del mismo», «Estructura básica del fichero y tipos de datos de carácter personal incluidos en él» y «Cesiones de datos de carácter personal». La descripción que figura en el anejo de esta circular sustituye a la del fichero de igual nombre que consta en el anejo de la Circular del Banco de España 1/2011, de 26 de enero, sobre creación, modificación y supresión de ficheros con datos de carácter personal gestionados por el Banco de España.

Norma vigésima segunda.

Se modifica el fichero «Servicios Médicos de Empresa» en el apartado «Cesiones de datos de carácter personal» para indicar la obligación de comunicar los daños de salud a los delegados de prevención, establecida por la Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de prevención de riesgos laborales. La descripción que figura en el anejo de esta circular sustituye a la del fichero de igual nombre que consta en el anejo de la Circular del Banco de España 3/2012, de 28 de marzo, por la que se crean, modifican y suprimen ficheros de datos de carácter personal gestionados por el Banco de España.

Norma vigésima tercera.

Se modifica el fichero «Sociedades mercantiles: accionistas, demandantes y afectados» en los apartados «Responsable de protección de datos del fichero», «Derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición», «Finalidad del fichero y usos previstos del mismo», «Colectivos o categorías de interesados», «Estructura básica del fichero y tipos de datos de carácter personal incluidos en él», «Cesiones de datos de carácter personal» y «Transferencias de datos de carácter personal a países terceros». La descripción que figura en el anejo de esta circular sustituye a la del fichero de igual nombre que consta en el anejo de la Circular del Banco de España 4/2008, de 31 de octubre, de actualización de la Circular 2/2005, de 25 de febrero, sobre ficheros automatizados con datos de carácter personal gestionados por el Banco de España.

Norma final.

La presente circular entrará en vigor el día de su publicación en el Boletín Oficial del Estado.

Madrid, 30 de julio de 2014.–El Gobernador del Banco de España, Luis María Linde de Castro.

FICHERO

Balanza de pagos y transacciones económicas con el exterior

Responsable del fichero:

Banco de España.

Responsable de protección de datos del fichero:

Departamento de Estadística.

Derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición:

Departamento de Estadística.

C/ Alcalá, 48.

28014 Madrid.

Normativa de referencia:

Ley 19/2003, de 4 de julio (BOE, de 5 de julio).

Real Decreto 1816/1991, de 20 de diciembre (BOE, de 27 de diciembre).

Tipo de fichero:

Gestionado por el Banco de España en virtud de las funciones públicas a él encomendadas por la Ley 13/1994, de 1 de junio.

Finalidad del fichero y usos previstos del mismo:

Elaboración de la Balanza de Pagos, de la Posición de Inversión Internacional y de otras estadísticas demandadas por organismos internacionales. Supervisión de los cobros, pagos y transferencias exteriores.

Tipo de finalidad y usos previstos del fichero:

Gestión contable, fiscal y administrativa.

Función estadística pública.

Procedimiento administrativo.

Origen de los datos:

El propio interesado o su representante legal.

Entidad privada.

Administraciones Públicas.

Colectivos o categorías de interesados:

Ciudadanos y residentes.

Contribuyentes y sujetos obligados.

Otros colectivos: titulares de operaciones con el exterior.

Estructura básica del fichero y tipos de datos de carácter personal incluidos en él:

Datos especialmente protegidos:

No incluye datos de este tipo.

Relativos a la comisión de infracciones:

Datos relativos a infracciones administrativas.

Datos de carácter identificativo:

NIF/DNI.

Nombre y apellidos.

Dirección.

Teléfono.

Firma.

Firma electrónica.

Otros datos de carácter identificativo: cargo que desempeña dentro de la empresa.

Otros datos tipificados:

Económicos, financieros y de seguros.

Transacciones de bienes y servicios.

Sistema de tratamiento:

Mixto.

Medidas de seguridad:

Nivel medio.

Cesiones de datos de carácter personal:

Hacienda Pública y Administración Tributaria.

Otros órganos de la Administración del Estado.

Otros: Servicio Ejecutivo de la Comisión de Prevención del Blanqueo de Capitales e Infracciones Monetarias (Sepblac).

Transferencias de datos de carácter personal a países terceros:

No hay transferencias previstas de datos.

FICHERO

Central de Información de Riesgos

Responsable del fichero:

Banco de España.

Responsable de protección de datos del fichero:

Departamento de Información Financiera y Central de Riesgos.

Derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición:

Departamento de Información Financiera y Central de Riesgos.

C/ Alcalá, 48.

28014 Madrid.

Normativa de referencia:

Ley 44/2002, de 22 de noviembre, de medidas de reforma del sistema financiero, capítulo VI (BOE de 23 de noviembre).

Orden ECO/697/2004, de 11 de marzo, sobre la Central de Información de Riesgos, modificada por la Orden ECO/747/2013, de 25 de abril (BOE de 6 de mayo).

Orden ECO/708/2004, de 11 de marzo, por la que se determina la condición de entidad declarante a la CIR del Banco de España para la Sociedad Anónima Estatal de Caución Agraria.

Circular 3/1995, de 25 de septiembre, del Banco de España, a entidades de crédito, sobre la Central de Información de Riesgos, y modificaciones posteriores.

Tipo de fichero:

Gestionado por el Banco de España en virtud de las funciones públicas a él encomendadas por la Ley 13/1994, de 1 de junio, y demás legislación aplicable.

Finalidad del fichero y usos previstos del mismo:

Generación de informes de riesgos, registro y control de los derechos de rectificación y cancelación que los solicitantes efectúan sobre los datos que figuran en la Central de Información de Riesgos.

Facilitar a las entidades declarantes datos necesarios para el ejercicio de sus actividades.

Facilitar al Banco de España la supervisión prudencial de las entidades de crédito y demás funciones que la Ley encomienda a dicha institución.

Tipo de finalidad y usos previstos del fichero:

Gestión económico-financiera pública.

Fines estadísticos, históricos o científicos.

Otras finalidades.

Origen de los datos:

Entidad privada.

El propio interesado o su representante legal.

Colectivos o categorías de interesados:

Ciudadanos y residentes.

Representantes legales.

Solicitantes.

Otros colectivos.

Estructura básica del fichero y tipos de datos de carácter personal incluidos en él:

Datos especialmente protegidos:

No incluye datos de este tipo.

Datos relativos a la comisión de infracciones:

No incluye datos de este tipo.

Datos de carácter identificativo:

NIF/DNI.

Nombre y apellidos.

Dirección.

Firma/huella.

Imagen/voz.

Firma electrónica.

Otros datos de carácter identificativo: localización.

Otros datos tipificados:

Características personales.

Sistema de tratamiento:

Mixto.

Medidas de seguridad:

Nivel medio.

Cesiones de datos de carácter personal:

Entidades de crédito.

Otras entidades financieras.

Interesados legítimos.

Órganos judiciales.

Tribunal de Cuentas o equivalentes autonómicos.

Otros órganos de la Administración del Estado.

Órganos de la Unión Europea.

Transferencias de datos de carácter personal a países terceros:

No hay previstas transferencias de datos.

FICHERO

Declaraciones del código de conducta del Banco de España

Responsable del fichero:

Banco de España.

Responsable de protección de datos del fichero:

Vicesecretaría.

Derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición:

Vicesecretaría.

C/ Alcalá, 48.

28014 Madrid.

Tipo de fichero:

De carácter interno u operativo.

Finalidad del fichero y usos previstos del mismo:

Archivo de las declaraciones formuladas por los empleados del Banco de España que se considera, según el código de conducta del propio Banco, que pueden tener acceso a información privilegiada, para que, cuando hubiera razones fundadas que lo justifiquen, puedan ser utilizadas para supervisar el cumplimiento de las obligaciones derivadas de aquel.

Tipo de finalidad y usos previstos del fichero:

Otras finalidades.

Origen de los datos:

El propio interesado o su representante legal.

Colectivos o categorías de interesados:

Empleados.

Estructura básica del fichero y tipos de datos de carácter personal incluidos en él:

Datos especialmente protegidos:

No incluye datos de este tipo.

Datos relativos a la comisión de infracciones:

No incluye datos de este tipo.

Datos de carácter identificativo:

NIF/DNI.

Número registro de personal.

Nombre y apellidos.

Otros datos tipificados:

Detalles del empleo.

Económicos, financieros y de seguros.

Transacciones de bienes y servicios.

Otros tipos de datos: observaciones que sobre las tenencias u operaciones considere preciso señalar el declarante.

Sistema de tratamiento:

Mixto.

Medidas de seguridad:

Nivel medio.

Cesiones de datos de carácter personal:

No hay previstas cesiones de datos.

Transferencias de datos de carácter personal a países terceros:

No hay previstas transferencias de datos.

FICHERO

Entidad Gestora del Mercado de Deuda Pública Anotada

Responsable del fichero:

Banco de España.

Responsable de protección de datos del fichero:

Departamento de Sistemas de Pago.

Sucursales del Banco de España.

Derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición:

Departamento de Sistemas de Pago.

C/ Alcalá, 48.

28014 Madrid.

Tipo de fichero:

Gestionado por el Banco de España en virtud de las funciones públicas a él encomendadas por la Ley 13/1994, de 1 de junio.

Finalidad del fichero y usos previstos del mismo:

Llevanza del registro de los saldos de deuda del Estado anotada de los titulares de cuentas directas en el Banco de España, en su actuación como entidad gestora del Mercado de Deuda Pública Anotada.

Tipo de finalidad y usos previstos del fichero:

Hacienda Pública y gestión de administración tributaria.

Gestión económico-financiera pública.

Gestión contable, fiscal y administrativa.

Otras finalidades.

Origen de los datos:

El propio interesado o su representante legal.

Entidad privada.

Administraciones Públicas.

Colectivos o categorías de interesados:

Ciudadanos y residentes.

Representantes legales.

Otros colectivos: Autorizados/apoderados por los titulares de cuentas directas, titulares de deuda especial.

Estructura básica del fichero y tipos de datos de carácter personal incluidos en él:

Datos especialmente protegidos:

No incluye datos de este tipo.

Datos relativos a la comisión de infracciones:

No incluye datos de este tipo.

Datos de carácter identificativo:

NIF/DNI.

Nombre y apellidos.

Dirección.

Teléfono.

Firma/huella.

Otros datos de carácter identificativo (tarjeta de residencia, identificación del representante legal o apoderados o autorizados).

Otros datos tipificados:

Económicos, financieros y de seguros.

Otros tipos de datos (detalles del apoderamiento o autorización o representación legal).

Sistema de tratamiento:

Mixto.

Medidas de seguridad:

Nivel medio.

Cesiones de datos de carácter personal:

Hacienda Pública y Administración Tributaria.

Órganos judiciales.

Otros órganos de la Administración del Estado.

Entidades de crédito.

Otras entidades financieras.

Interesados legítimos.

Otros: Iberclear.

Transferencias de datos de carácter personal a países terceros:

No hay previstas transferencias de datos.

FICHERO

Expedientes de la Central de Información de Riesgos

Responsable del fichero:

Banco de España.

Responsable de protección de datos del fichero:

Departamento de Información Financiera y Central de Riesgos.

Derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición:

Departamento de Información Financiera y Central de Riesgos.

C/ Alcalá, 48.

28014 Madrid.

Normativa de referencia:

Ley 44/2002, de 22 de noviembre, de medidas de reforma del sistema financiero, capítulo VI (BOE de 23 de noviembre).

Orden ECO/697/2004, de 11 de marzo, sobre la Central de Información de Riesgos, modificada por la Orden ECO/747/2013, de 25 de abril (BOE de 6 de mayo).

Orden ECO/708/2004, de 11 de marzo, por la que se determina la condición de entidad declarante a la CIR del Banco de España para la Sociedad Anónima Estatal de Caución Agraria.

Circular 3/1995, de 25 de septiembre, del Banco de España, a entidades de crédito, sobre la Central de Información de Riesgos, y modificaciones posteriores.

Tipo de fichero:

Gestionado por el Banco de España en virtud de las funciones públicas a él encomendadas por la Ley 13/1994, de 1 de junio, y demás legislación aplicable.

Finalidad del fichero y usos previstos del mismo:

Registro y control de los derechos de acceso que los solicitantes efectúan sobre los datos que figuran en la Central de Información de Riesgos (CIR).

Envío y notificación de datos a quienes ejercen los derechos de acceso a sus datos de la CIR.

Tipo de finalidad y usos previstos del fichero:

Gestión económico-financiera pública.

Origen de los datos:

El propio interesado solicitante o su representante legal.

Colectivos o categorías de interesados:

Solicitantes.

Estructura básica del fichero y tipos de datos de carácter personal incluidos en él:

Datos especialmente protegidos:

No incluye datos de este tipo.

Datos relativos a la comisión de infracciones:

No incluye datos de este tipo.

Datos de carácter identificativo:

NIF/DNI.

Nombre y apellidos.

Dirección.

Teléfono.

Firma/huella.

Otros tipos de datos:

Características personales.

Sistema de tratamiento:

Mixto.

Medidas de seguridad:

Nivel básico.

Cesiones de datos de carácter personal:

Interesados legítimos.

Transferencias de datos de carácter personal a países terceros:

No hay previstas transferencias de datos.

FICHERO

Expedientes sancionadores

Responsable del fichero:

Banco de España.

Responsable de protección de datos del fichero:

Departamento Jurídico.

Derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición:

Departamento Jurídico.

C/ Alcalá, 48.

28014 Madrid.

Normativa de referencia:

Ley 26/1988, de 29 de julio (BOE del 30).

Ley 30/1992, de 26 de noviembre (BOE del 27).

Real Decreto 1398/1993, de 4 de agosto (BOE del 9).

Real Decreto 2119/1993, de 3 de diciembre (BOE del 23).

Ley 1/1994, de 11 de marzo (BOE del 12).

Disposiciones adicional primera de la Ley 3/1994, de 14 de abril (BOE del 15).

Ley 13/1994, de 1 de junio (BOE del 2).

Artículo 178 de la Ley 13/1996, de 30 de diciembre (BOE del 31).

Ley 41/2007, de 7 de diciembre (BOE del 8).

Ley 16/2009, de 13 de noviembre (BOE del 14).

Ley 21/2011, de 26 de julio (BOE del 27).

Ley 9/2012, de 14 de noviembre (BOE del 15).

Tipo de fichero:

Gestionado por el Banco de España en virtud de las funciones públicas a él encomendadas por la Ley 13/1994, de 1 de junio.

Finalidad del fichero y usos previstos del mismo:

Tramitación de expedientes sancionadores por el Banco de España en el ejercicio de potestades de supervisión atribuidas legalmente.

Tipo de finalidad y usos previstos del fichero:

Gestión sancionadora.

Origen de los datos:

El propio interesado o su representante legal.

Registros públicos.

Administraciones Públicas.

Colectivos o categorías de interesados:

Otros colectivos: Administradores y directivos de entidades sometidas a la supervisión del Banco de España, así como otras personas físicas sujetas a la potestad disciplinaria o sancionadora del Banco de España.

Estructura básica del fichero y tipos de datos de carácter personal incluidos en él:

Datos especialmente protegidos:

No incluye datos de este tipo.

Datos relativos a la comisión de infracciones:

Datos relativos a infracciones administrativas.

Datos de carácter identificativo:

NIF/DNI.

Nombre y apellidos.

Dirección.

Teléfono.

Otros datos de carácter identificativo: dirección de correo electrónico, número personal de identificación de extranjeros.

Sistema de tratamiento:

Mixto.

Medidas de seguridad:

Nivel medio.

Cesiones de datos de carácter personal:

Hacienda Pública y Administración Tributaria.

Registros públicos.

Órganos judiciales.

Otros órganos de la Administración del Estado.

Otros órganos de la comunidad autónoma.

Transferencias de datos de carácter personal a países terceros:

No hay previstas transferencias de datos.

FICHERO

Gestión de la actividad supervisora

Responsable del fichero:

Banco de España.

Responsable de protección de datos del fichero:

Departamento de Inspección IV.

Derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición:

Departamento de Inspección IV.

C/ Alcalá, 48.

28014 Madrid.

Normativa de referencia:

Art. 43.bis.1.bis de la Ley 26/1988, de 29 de julio, sobre disciplina e intervención de las entidades de crédito, según la redacción dada por la Ley 36/2007, de 16 de noviembre.

Tipo de fichero:

Gestionado por el Banco de España en virtud de las funciones públicas a él encomendadas por la Ley 13/1994, de 1 de junio.

Finalidad del fichero y usos previstos del mismo:

Dar soporte a los procesos de inspección, seguimiento de entidades y autorizaciones que, en relación con las entidades bajo la supervisión del Banco de España, realiza la Dirección General de Supervisión del citado organismo.

Tipo de finalidad y usos previstos del fichero:

Otras finalidades.

Origen de los datos:

Entidad privada.

Colectivos o categorías de interesados:

Otros colectivos (cargos de administración y dirección, accionistas, empleados y clientes de las entidades bajo supervisión del Banco de España).

Estructura básica del fichero y tipos de datos de carácter personal incluidos en él:

Datos especialmente protegidos:

No incluye datos de este tipo.

Datos relativos a la comisión de infracciones:

No incluye datos de este tipo.

Datos de carácter identificativo:

NIF/DNI.

Nombre y apellidos.

Otros datos tipificados:

Económicos, financieros y de seguros.

Sistema de tratamiento:

Automatizado.

Medidas de seguridad:

Nivel medio.

Cesiones de datos de carácter personal:

No hay previstas cesiones de datos.

Transferencias de datos de carácter personal a países terceros:

No hay previstas transferencias de datos.

FICHERO

Gestión de la contratación

Responsable del fichero:

Banco de España.

Responsable de protección de datos del fichero:

Departamento de Adquisiciones y Servicios Generales.

Derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición:

Departamento de Adquisiciones y Servicios Generales.

C/ Alcalá, 48.

28014 Madrid.

Tipo de fichero:

De carácter interno u operativo.

Finalidad del fichero y usos previstos del mismo:

Gestión de la tramitación de expedientes de contratación y control del gasto por pagos a proveedores, de los ingresos y pagos a clientes de bienes y servicios no financieros, y de los gastos e inversiones, con los tratamientos necesarios para cumplir las obligaciones tributarias que correspondan, y declaración anual de operaciones con terceros.

Tipo de finalidad y usos previstos del fichero:

Gestión contable, fiscal y administrativa.

Procedimiento administrativo.

Origen de los datos:

El propio interesado o su representante legal.

Fuentes accesibles al público.

Administraciones Públicas.

Colectivos o categorías de interesados:

Proveedores.

Representantes legales.

Personas de contacto.

Solicitantes.

Otros colectivos (clientes de bienes y servicios no financieros, licitadores).

Estructura básica del fichero y tipos de datos de carácter personal incluidos en él:

Datos especialmente protegidos:

No incluye datos de este tipo.

Datos relativos a la comisión de infracciones:

No incluye datos de este tipo.

Datos de carácter identificativo:

NIF/DNI.

Nombre y apellidos.

Dirección.

Teléfono.

Firma.

Otros datos de carácter identificativo: dirección de correo electrónico, número de fax.

Otros datos tipificados:

Información comercial.

Económicos, financieros y de seguros.

Circunstancias sociales.

Académicos y profesionales.

Sistema de tratamiento:

Automatizado.

Medidas de seguridad:

Nivel básico.

Cesiones de datos de carácter personal:

Hacienda Pública y Administración Tributaria.

Tribunal de Cuentas o equivalentes autonómicos.

Transferencias de datos de carácter personal a países terceros:

No hay previstas transferencias de datos.

FICHERO

Gestión de la plantilla de supervisión

Responsable del fichero:

Banco de España.

Responsable de protección de datos del fichero:

Departamento de Inspección IV.

Derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición:

Departamento de Inspección IV.

C/ Alcalá, 48.

28014 Madrid.

Tipo de fichero:

De carácter interno u operativo.

Finalidad del fichero y usos previstos del mismo:

Dar soporte a la dirección de la Dirección General de Supervisión para una eficaz asignación de sus recursos humanos, en especial en relación con las comisiones de servicio, necesarias para la realización de las actuaciones supervisoras.

Tipo de finalidad y usos previstos del fichero:

Recursos humanos.

Otras finalidades.

Origen de los datos:

El propio interesado o su representante legal.

Colectivos o categorías de interesados:

Empleados.

Estructura básica del fichero y tipos de datos de carácter personal incluidos en él:

Datos especialmente protegidos:

No incluye datos de este tipo.

Relativos a la comisión de infracciones:

No incluye datos de este tipo.

Datos de carácter identificativo:

NIF/DNI.

Número registro de personal.

Nombre y apellidos.

Dirección.

Teléfono.

Imagen.

Otros datos tipificados:

Académicos y profesionales.

Detalles del empleo.

Sistema de tratamiento:

Automatizado.

Medidas de seguridad:

Nivel medio.

Cesiones de datos de carácter personal:

No hay previstas cesiones de datos.

Transferencias de datos de carácter personal a países terceros:

No hay previstas transferencias de datos.

FICHERO

Información sobre Grandes Exposiciones

Responsable del fichero:

Banco de España.

Responsable de protección de datos del fichero:

Departamento de Información Financiera y Central de Riesgos.

Derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición:

Departamento de Información Financiera y Central de Riesgos.

C/ Alcalá, 48.

28014 Madrid.

Normativa de referencia:

Circular del Banco de España 3/2008, de 22 de mayo, sobre determinación y control de los recursos propios mínimos.

Reglamento (UE) n. 575/2013, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 26 de junio de 2013, sobre los requisitos prudenciales de las entidades de crédito y las empresas de inversión, y por el que se modifica el Reglamento (UE) n. 648/2012.

Tipo de fichero:

Gestionado por el Banco de España en virtud de las funciones públicas a él encomendadas por la Ley 13/1994, de 1 de junio.

Finalidad del fichero y usos previstos del mismo:

Finalidad supervisora a efectos de controlar el riesgo de concentración.

Otras finalidades.

Origen de los datos:

Entidad privada.

Colectivos o categorías de interesados:

Otros colectivos: Personas físicas.

Estructura básica del fichero y tipos de datos de carácter personal incluidos en él:

Datos especialmente protegidos:

No incluye datos de este tipo.

Datos relativos a la comisión de infracciones:

No incluye datos de este tipo.

Datos de carácter identificativo:

NIF/DNI.

Nombre y apellidos.

Otros datos tipificados:

Económicos, financieros y de seguros.

Sistema de tratamiento:

Automatizado.

Medidas de seguridad:

Nivel medio.

Cesiones de datos de carácter personal:

Órganos de la Unión Europea.

Transferencias de datos de carácter personal a países terceros:

No hay previstas transferencias de datos.

FICHERO

Miembros de colegios de supervisores

Responsable del fichero:

Banco de España.

Responsable de protección de datos del fichero:

Departamento de Inspección IV.

Derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición:

Departamento de Inspección IV.

C/ Alcalá, 48.

28014 Madrid.

Tipo de fichero:

De carácter interno u operativo.

Finalidad del fichero y usos previstos del mismo:

Identificar a las personas miembros de los colegios de supervisores responsabilidad de la Dirección General de Supervisión, facilitando la comunicación entre ellos.

Tipo de finalidad y usos previstos del fichero:

Otras finalidades.

Origen de los datos:

El propio interesado o su representante legal.

Colectivos o categorías de interesados:

Otros colectivos: Empleados de organismos supervisores que participan como miembros en alguno de los colegios de supervisores responsabilidad de la Dirección General de Supervisión.

Estructura básica del fichero y tipos de datos de carácter personal incluidos en él:

Datos especialmente protegidos:

No incluye datos de este tipo.

Relativos a la comisión de infracciones:

No incluye datos de este tipo.

Datos de carácter identificativo:

Nombre y apellidos.

Dirección.

Teléfono.

Imagen/voz.

Otros datos de carácter identificativo: País, organismo supervisor, cargo, colegio supervisor.

Sistema de tratamiento:

Mixto.

Medidas de seguridad:

Nivel medio.

Cesiones de datos de carácter personal:

No hay previstas cesiones de datos.

Transferencias de datos de carácter personal a países terceros:

No hay previstas transferencias de datos.

FICHERO

Operaciones de cuentas corrientes y depósito de valores

Responsable del fichero:

Banco de España.

Responsable de protección de datos del fichero:

Departamento de Sistemas de Pago.

Sucursales del Banco de España.

Derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición:

Departamento de Sistemas de Pago.

C/ Alcalá, 48.

28014 Madrid.

Tipo de fichero:

Gestionado por el Banco de España en virtud de las funciones públicas a él encomendadas por la Ley 13/1994, de 1 de junio.

Finalidad del fichero y usos previstos del mismo:

Gestión de las operaciones de cuentas corrientes y de valores.

Tipo de finalidad y usos previstos del fichero:

Hacienda Pública y gestión de administración tributaria.

Gestión económico-financiera pública.

Gestión contable, fiscal y administrativa.

Otras finalidades.

Origen de los datos:

El propio interesado o su representante legal.

Entidad privada.

Administraciones Públicas.

Colectivos o categorías de interesados:

Ciudadanos y residentes.

Representantes legales.

Cargos públicos.

Otros colectivos: Apoderados/autorizados por los titulares de cuentas corrientes.

Estructura básica del fichero y tipos de datos de carácter personal incluidos en él:

Datos especialmente protegidos:

No incluye datos de este tipo.

Datos relativos a la comisión de infracciones:

No incluye datos de este tipo.

Datos de carácter identificativo:

NIF/DNI.

Nombre y apellidos.

Dirección.

Teléfono.

Firma/huella.

Firma electrónica.

Otros datos de carácter identificativo: Condición de residente en España.

Otros datos tipificados:

Económicos, financieros y de seguros.

Otros tipos de datos: Datos de apoderamiento/representación/autorización.

Sistema de tratamiento:

Mixto.

Medidas de seguridad:

Nivel medio.

Cesiones de datos de carácter personal:

Hacienda Pública y Administración Tributaria.

Órganos judiciales.

Otros órganos de la Administración del Estado.

Entidades de crédito.

Otras entidades financieras.

Interesados legítimos.

Otros: Auditores acreditados.

Transferencias de datos de carácter personal a países terceros:

Entidades financieras.

FICHERO

Operaciones de efectivo

Responsable del fichero:

Banco de España.

Responsable de protección de datos del fichero:

Departamento de Emisión y Caja.

Sucursales del Banco de España.

Derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición:

Departamento de Emisión y Caja.

C/ Alcalá, 48.

28014 Madrid.

Normativa de referencia:

Orden EHA/1439/2006, de 3 de mayo, reguladora de la declaración de movimientos de medios de pago en el ámbito de la prevención del blanqueo de capitales.

Orden EHA/98/2010, de 25 de enero, por la que se aprueba el modelo 171 de declaración informativa anual de imposiciones, disposiciones de fondos y de los cobros de cualquier documento, así como los diseños físicos y lógicos para la presentación en soporte directamente legible por ordenador y se establecen la condiciones y el procedimiento para su presentación telemática.

Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria. art. 135, Tasación pericial contradictoria.

Tipo de fichero:

Gestionado por el Banco de España en virtud de las funciones públicas a él encomendadas por la Ley 13/1994, de 1 de junio.

Finalidad del fichero y usos previstos del mismo:

Gestión administrativa y contable de movimientos de efectivo, de depósitos de tipología diversa, de operaciones de compraventa de moneda extranjera, canje de pesetas por euros y de circunstancias varias relativas a billetes y monedas (peritajes, diferencias, remesas y canjes), comunicación de operaciones en el ámbito de la prevención del blanqueo de capitales.

Tipo de finalidad y usos previstos del fichero:

Gestión contable, fiscal y administrativa.

Otras finalidades.

Origen de los datos:

El propio interesado o su representante legal.

Entidad privada.

Administraciones Públicas.

Colectivos o categorías de interesados:

Empleados.

Ciudadanos y residentes.

Representantes legales.

Solicitantes.

Otros colectivos: Peritos para cuya labor se efectúan los depósitos.

Estructura básica del fichero y tipos de datos de carácter personal incluidos en él:

Datos especialmente protegidos:

No incluye datos de este tipo.

Relativos a la comisión de infracciones:

No incluye datos de este tipo.

Datos de carácter identificativo:

NIF/DNI.

Número registro de personal.

Nombre y apellidos.

Dirección.

Teléfono.

Firma/huella.

Otros datos de carácter identificativo: Tarjeta de residente, pasaporte, dirección de correo electrónico.

Otros datos tipificados:

Características personales.

Académicos y profesionales.

Económicos, financieros y de seguros.

Transacciones de bienes y servicios.

Otros tipos de datos: Datos de la operación.

Sistema de tratamiento:

Mixto.

Medidas de seguridad:

Nivel medio.

Cesiones de datos de carácter personal:

Hacienda Pública y Administración Tributaria.

Fuerzas y cuerpos de seguridad.

Órganos de la Unión Europea.

Otros órganos de la Administración del Estado.

Otros: Servicio Ejecutivo de la Comisión de Prevención de Blanqueo de Capitales e Infracciones Monetarias, compañías de transporte internacional de viajeros.

Transferencias de datos de carácter personal a países terceros:

No hay previstas transferencias de datos.

FICHERO

Proveedores y profesionales del efectivo

Responsable del fichero:

Banco de España.

Responsable de protección de datos del fichero:

Departamento de Emisión y Caja.

Sucursales del Banco de España.

Derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición:

Departamento de Emisión y Caja.

C/ Alcalá, 48.

28014 Madrid.

Tipo de fichero:

Gestionado por el Banco de España en virtud de las funciones públicas a él encomendadas por la Ley 13/1994, de 1 de junio.

Finalidad del fichero y usos previstos del mismo:

Gestión de las solicitudes para la realización de pruebas de maquinaria de tratamiento de efectivo y para la apertura de centros de selección de billetes y gestión de las prestaciones de servicios relacionados con el efectivo.

Tipo de finalidad y usos previstos del fichero:

Otras finalidades.

Origen de los datos:

El propio interesado o su representante legal.

Colectivos o categorías de interesados:

Proveedores.

Representantes legales.

Solicitantes.

Beneficiarios.

Estructura básica del fichero y tipos de datos de carácter personal incluidos en él:

Datos especialmente protegidos:

No incluye datos de este tipo.

Relativos a la comisión de infracciones:

No incluye datos de este tipo.

Datos de carácter identificativo:

NIF/DNI.

Nombre y apellidos.

Dirección.

Teléfono.

Firma/huella.

Otros datos tipificados:

Académicos y profesionales.

Sistema de tratamiento:

Mixto.

Medidas de seguridad:

Nivel básico.

Cesiones de datos de carácter personal:

Órganos de la Unión Europea.

Transferencias de datos de carácter personal a países terceros:

No hay previstas transferencias de datos.

FICHERO

Reclamaciones, quejas y consultas

Responsable del fichero:

Banco de España.

Responsable de protección de datos del fichero:

Departamento de Conducta de Mercado y Reclamaciones.

Derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición:

Departamento de Conducta de Mercado y Reclamaciones.

C/ Alcalá, 48.

28014 Madrid.

Normativa de referencia:

Ley 2/2011, de 4 de marzo, de Economía Sostenible.

Orden ECC/2502/2012, de 16 de noviembre, por la que se regula el procedimiento de presentación de reclamaciones ante los servicios de reclamaciones del Banco de España, la Comisión Nacional del Mercado de Valores y la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones.

Orden ECO/734/2004, de 11 de marzo, sobre los departamentos y servicios de atención al cliente y el defensor del cliente de las entidades financieras (BOE de 24 de marzo).

Tipo de fichero:

Gestionado por el Banco de España en virtud de las funciones públicas a él encomendadas por la Ley 13/1994, de 1 de junio.

Finalidad del fichero y usos previstos del mismo:

Tramitación, resolución y gestión de las reclamaciones, quejas y consultas que formulen los usuarios de servicios financieros, así como la obtención de datos estadísticos de aquellas. Remisión de publicaciones del Departamento.

Tipo de finalidad y usos previstos del fichero:

Publicaciones.

Otras finalidades.

Origen de los datos:

El propio interesado o su representante legal.

Entidad privada.

Administraciones Públicas.

Colectivos o categorías de interesados:

Otros colectivos: usuarios de servicios financieros y personas físicas que sean destinatarias de las publicaciones.

Estructura básica del fichero y tipos de datos de carácter personal incluidos en él:

Datos especialmente protegidos:

No incluye datos de este tipo.

Datos relativos a la comisión de infracciones:

No incluye datos de este tipo.

Datos de carácter identificativo:

NIF/DNI.

Nombre y apellidos.

Dirección.

Teléfono.

Firma/huella.

Imagen/voz.

Firma electrónica.

Otros datos de carácter identificativo: número de pasaporte, nacionalidad, dirección de correo electrónico, fax.

Otros datos tipificados:

Económicos, financieros y de seguros.

Sistema de tratamiento:

Mixto.

Medidas de seguridad:

Nivel básico.

Cesiones de datos de carácter personal:

Órganos judiciales.

Órganos de la Unión Europea.

Otros órganos de la Administración del Estado.

Entidades de crédito.

Otras entidades financieras.

Otros: Comisión Nacional del Mercado de Valores, Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones, Sepblac, Defensor del Pueblo.

Transferencias de datos de carácter personal a países terceros:

Otros órganos públicos de otros Estados.

Organismos internacionales.

Órganos judiciales.

Otras categorías: organismos del Espacio Común Europeo competentes para la resolución extrajudicial de litigios transfronterizos entre consumidores y proveedores de servicios en el ámbito de los servicios financieros, integrados en la red FIN-NET, órganos supervisores de instituciones financieras o mercados financieros, y países miembros de la Unión Europea y otros con los que exista reciprocidad.

FICHERO

Registro de agentes de entidades de crédito, de entidades de dinero electrónico y de entidades de pago

Responsable del fichero:

Banco de España.

Responsable de protección de datos del fichero:

División de Registros de Entidades y Altos Cargos.

Derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición:

División de Registros de Entidades y Altos Cargos.

Unidad de Registros Oficiales.

C/ Alcalá, 48.

28014 Madrid.

Normativa de referencia:

Ley 26/1988, de 29 de julio (BOE de 30 de julio).

Real Decreto 256/2013, de 12 de abril (BOE de 13 de abril).

Circular del Banco de España 1/2009, de 18 de diciembre (BOE de 31 de diciembre).

Tipo de fichero:

Gestionado por el Banco de España en virtud de las funciones públicas a él encomendadas por la Ley 13/1994, de 1 de junio.

Finalidad del fichero y usos previstos del mismo:

Relación de agentes apoderados y designados para actuar habitualmente frente a los clientes, en nombre y por cuenta de las entidades de crédito; de las entidades de dinero electrónico y de las entidades de pago, incluidas las comunitarias que prestan servicios en España.

Tipo de finalidad y usos previstos del fichero:

Procedimiento administrativo.

Origen de los datos:

Entidad privada.

Colectivos o categorías de interesados:

Solicitantes.

Otros colectivos: agentes de entidades supervisadas.

Estructura básica del fichero y tipos de datos de carácter personal incluidos en él:

Datos especialmente protegidos:

No incluye datos de este tipo.

Datos relativos a la comisión de infracciones:

No incluye datos de este tipo.

Datos de carácter identificativo:

NIF/DNI.

Nombre y apellidos.

Dirección.

Otros datos de carácter identificativo: nacionalidad, fecha de nacimiento en caso de no residentes.

Otros datos tipificados:

Detalles del empleo.

Información comercial.

Sistema de tratamiento:

Mixto.

Medidas de seguridad:

Nivel básico.

Cesiones de datos de carácter personal:

Hacienda Pública y Administración Tributaria.

Órganos judiciales.

Órganos de la Unión Europea.

Otros órganos de la Administración del Estado.

Otros órganos de la comunidad autónoma.

Otros órganos de la Administración Local.

Otros: Comisión Nacional del Mercado de Valores (CNMV), Servicio Ejecutivo de la Comisión de Prevención de Blanqueo de Capitales e Infracciones Monetarias (Sepblac).

Transferencias de datos de carácter personal a países terceros:

Otros órganos públicos de otros: Estados.

Organismos internacionales.

Órganos judiciales.

Otras categorías: órganos supervisores de instituciones financieras o mercados financieros, y países miembros de la Unión Europea y otros con los que exista reciprocidad.

FICHERO

Registro de entrada y salida de documentos

Responsable del fichero;

Banco de España.

Responsable de protección de datos del fichero:

Vicesecretaría.

Derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición:

Vicesecretaría.

C/ Alcalá, 48.

28014 Madrid.

Normativa de referencia:

Circular Interna 2/2010, de 22 de diciembre, del Registro General, y, en los términos que establece la norma cuarta de dicha circular, artículos 38 y concordantes de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las Administraciones Públicas y del procedimiento administrativo común.

Resolución de 18 de junio de 2013, de la Comisión Ejecutiva del Banco de España, por la que se crea el registro electrónico del Banco de España.

Tipo de fichero:

De carácter interno u operativo.

Finalidad del fichero y usos previstos del mismo:

Gestión de las entradas y salidas de documentación en los registros integrantes del Sistema de Registro General Único del Banco de España, mediante la anotación de la entrada de solicitudes, escritos y comunicaciones dirigidos al Banco de España que sean presentados ante ellos por terceros y la anotación de la salida de solicitudes, escritos y comunicaciones dirigidos por cualquier órgano, unidad o servicio del Banco de España a otros órganos, entidades o particulares.

Tipo de finalidad y usos previstos del fichero:

Fines estadísticos, históricos o científicos.

Procedimiento administrativo.

Otras finalidades: gestión de las entradas o salidas de documentación anotadas en el Registro General del Banco de España y certificación de los actos registrales para responder a consultas de los propios usuarios o terceros interesados.

Origen de los datos:

El propio interesado o su representante legal.

Entidad privada.

Administraciones Públicas.

Colectivos o categorías de interesados:

Otros colectivos: Remitentes y destinatarios de documentos registrados en el Registro General del Banco de España.

Estructura básica del fichero y tipos de datos de carácter personal incluidos en él:

Datos especialmente protegidos:

No incluye datos de este tipo.

Datos relativos a la comisión de infracciones:

No incluye datos de este tipo.

Datos de carácter identificativo:

NIF/DNI.

Nombre y apellidos.

Dirección.

Teléfono.

Firma electrónica.

Otros datos tipificados:

Otros tipos de datos: Asunto, breve referencia al contenido genérico de las solicitudes, escritos y comunicaciones que se registran, a la documentación, paquetes u objetos que les acompañen y al trámite realizado.

Sistema de tratamiento:

Automatizado.

Medidas de seguridad:

Nivel básico.

Cesiones de datos de carácter personal:

No hay previstas cesiones de datos.

Transferencias de datos de carácter personal a países terceros:

No hay previstas transferencias de datos.

FICHERO

Registro de profesionales vinculados a las sociedades de tasación supervisadas por el Banco de España

Responsable del fichero:

Banco de España.

Responsable de protección de datos del fichero:

División de Registros de Entidades y Altos Cargos.

Derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición:

División de Registros de Entidades y Altos Cargos.

Unidad de Registros Oficiales.

C/ Alcalá, 48.

28014 Madrid.

Normativa de referencia:

Ley 2/1981, de 25 de marzo (BOE de 15 de abril).

Real Decreto 685/1982, de 17 de marzo (BOE de 7 de abril).

Real Decreto 775/1997, de 30 de mayo (BOE de 13 de junio).

Circular del Banco de España 3/1998, de 27 de enero (BOE de 13 de febrero).

Tipo de fichero:

Gestionado por el Banco de España en virtud de las funciones públicas a él encomendadas por la Ley 13/1994, de 1 de junio.

Finalidad del fichero y usos previstos del mismo:

Gestión de los datos de profesionales facultativos vinculados, según definición dada en el art. 2.3 del RD 775/1997, comunicados por entidades especializadas en tasación y por los servicios de tasación de las entidades prestamistas, de acuerdo con la normativa de referencia.

Tipo de finalidad y usos previstos del fichero:

Procedimiento administrativo.

Origen de los datos:

El propio interesado o su representante legal.

Entidad privada.

Colectivos o categorías de interesados:

Representantes legales.

Solicitantes.

Beneficiarios.

Inmigrantes.

Demandantes de empleo.

Cargos públicos.

Otros colectivos: Los profesionales facultativos que presten sus servicios permanentemente en/para las entidades especializadas en tasación o entidades prestamistas.

Estructura básica del fichero y tipos de datos de carácter personal incluidos en él:

Datos especialmente protegidos:

No incluye datos de este tipo.

Datos relativos a la comisión de infracciones:

No incluye datos de este tipo.

Datos de carácter identificativo:

NIF/DNI.

Nombre y apellidos.

Otros datos tipificados:

Académicos y profesionales.

Detalles del empleo.

Información comercial.

Otros tipos de datos: funciones de control de tasación en entidades.

Sistema de tratamiento:

Mixto.

Medidas de seguridad:

Nivel básico.

Cesiones de datos de carácter personal:

Hacienda Pública y Administración Tributaria.

Órganos judiciales.

Tribunal de Cuentas o equivalentes autonómicos.

Órganos de la Unión Europea.

Otros órganos de la Administración del Estado.

Otros órganos de la comunidad autónoma.

Diputaciones provinciales.

Otros órganos de la Administración Local.

Otros: Comisión Nacional del Mercado de Valores (CNMV), Servicio Ejecutivo de la Comisión de Prevención de Blanqueo de Capitales e Infracciones Monetarias (Sepblac), las previstas en el artículo 6 del Real Decreto Legislativo 1298/1986, de 28 de junio.

Transferencias de datos de carácter personal a países terceros:

Otros órganos públicos de otros Estados.

Organismos internacionales.

Órganos judiciales.

Otras categorías: órganos supervisores de instituciones financieras o mercados financieros, y países miembros de la Unión Europea y otros con los que exista reciprocidad.

FICHERO

Registro de Servicios de Atención al Cliente y Defensores del Cliente

Responsable del fichero:

Banco de España.

Responsable de protección de datos del fichero:

Departamento de Conducta de Mercado y Reclamaciones.

Derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición:

Departamento de Conducta de Mercado y Reclamaciones.

C/ Alcalá, 48.

28014 Madrid.

Normativa de referencia:

Ley 44/2002, de 22 de noviembre, de medidas de reforma del sistema financiero.

Orden ECO/734/2004, de 11 de marzo, sobre los departamentos y servicios de atención al cliente y el defensor del cliente de las entidades financieras.

Real Decreto Legislativo 1298/1986, de 28 de junio.

Tipo de fichero:

Gestionado por el Banco de España en virtud de las funciones públicas a él encomendadas por la Ley 13/1994, de 1 de junio.

Finalidad del fichero y usos previstos del mismo:

Gestión del registro de servicios de atención al cliente y defensores del cliente que trata los datos de contacto que las entidades supervisadas por el Banco de España tienen que poner a disposición de sus clientes para la presentación de reclamaciones y quejas. Verificación de los reglamentos de los servicios de atención al cliente y defensores del cliente.

Tipo de finalidad y usos previstos del fichero:

Procedimiento administrativo.

Origen de los datos:

El propio interesado o su representante legal.

Entidad privada.

Colectivos o categorías de interesados:

Representantes legales.

Solicitantes.

Estructura básica del fichero y tipos de datos de carácter personal incluidos en él:

Datos especialmente protegidos:

No incluye datos de este tipo.

Datos relativos a la comisión de infracciones:

No incluye datos de este tipo.

Datos de carácter identificativo:

NIF/DNI.

Nombre y apellidos.

Dirección.

Teléfono.

Firma/huella.

Firma electrónica.

Otros datos de carácter identificativo: fax, dirección de correo electrónico.

Otros datos tipificados:

Detalles del empleo.

Sistema de tratamiento:

Mixto.

Medidas de seguridad:

Nivel básico.

Cesiones de datos de carácter personal:

Hacienda Pública y Administración Tributaria.

Órganos judiciales.

Órganos de la Unión Europea.

Otros órganos de la Administración del Estado.

Otros órganos de la comunidad autónoma.

Diputaciones provinciales.

Otros órganos de la Administración Local.

Otros: Comisión Nacional del Mercado de Valores, Servicio Ejecutivo de la Comisión de Prevención de Blanqueo de Capitales e Infracciones Monetarias (Sepblac).

Transferencias de datos de carácter personal a países terceros:

Otros órganos públicos de otros Estados.

Organismos internacionales.

Órganos judiciales.

Otras categorías: Órganos supervisores de instituciones financieras o mercados financieros, y países miembros de la Unión Europea y otros con los que exista reciprocidad.

FICHERO

Registro de titulares de establecimientos abiertos al público para cambio de moneda extranjera

Responsable del fichero:

Banco de España.

Responsable de protección de datos del fichero:

División de Registros de Entidades y Altos Cargos.

Derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición:

División de Registros de Entidades y Altos Cargos.

Unidad de Registros Oficiales.

C/ Alcalá, 48.

28014 Madrid.

Normativa de referencia:

Ley 13/1996, de 30 de diciembre (BOE de 31 de diciembre).

Real Decreto 2660/1998, de 14 de diciembre (BOE de 15 de diciembre).

Real Decreto 256/2013, de 12 de abril (BOE de 13 de abril).

Orden del Ministerio de Economía de 16 de noviembre de 2000 (BOE de 25 de noviembre).

Circular del Banco de España 6/2001, de 29 de octubre (BOE de 15 de noviembre).

Circular del Banco de España 3/2009, de 18 de diciembre (BOE de 31 de diciembre).

Tipo de fichero:

Gestionado por el Banco de España en virtud de las funciones públicas a él encomendadas por la Ley 13/1994, de 1 de junio.

Finalidad del fichero y usos previstos del mismo:

Datos de carácter público con finalidad de control y registro de titulares de establecimientos abiertos al público para cambio de moneda extranjera.

Tipo de finalidad y usos previstos del fichero:

Gestión económico-financiera pública.

Procedimiento administrativo.

Gestión sancionadora.

Origen de los datos:

El propio interesado o su representante legal.

Entidad privada.

Colectivos o categorías de interesados:

Representantes legales.

Personas de contacto.

Solicitantes.

Estructura básica del fichero y tipos de datos de carácter personal incluidos en él:

Datos especialmente protegidos:

No incluye datos de este tipo.

Datos relativos a la comisión de infracciones:

Datos relativos a infracciones administrativas.

Datos de carácter identificativo:

NIF/DNI.

Nombre y apellidos.

Dirección.

Teléfono.

Otros datos tipificados:

Circunstancias sociales.

Detalles del empleo.

Información comercial.

Económicos, financieros y de seguros.

Transacciones de bienes y servicios.

Sistema de tratamiento:

Mixto.

Medidas de seguridad:

Nivel medio.

Cesiones de datos de carácter personal:

Hacienda Pública y Administración Tributaria.

Órganos judiciales.

Órganos de la Unión Europea.

Otros órganos de la Administración del Estado.

Otros órganos de la comunidad autónoma.

Diputaciones provinciales.

Otros órganos de la Administración Local.

Otros: Comisión Nacional del Mercado de Valores (CNMV), Servicio Ejecutivo de la Comisión de Prevención de Blanqueo de Capitales e Infracciones Monetarias (Sepblac), las previstas en el artículo 6 del Real Decreto Legislativo 1298/1986, de 28 de junio.

Transferencias de datos de carácter personal a países terceros:

Otros órganos públicos de otros Estados.

Organismos internacionales.

Órganos judiciales.

Organizaciones no gubernamentales.

Entidades financieras.

Otras categorías: Órganos supervisores de instituciones financieras o mercados financieros, y países miembros de la Unión Europea y otros con los que exista reciprocidad.

FICHERO

Registros oficiales de altos cargos de entidades inscritas en el Banco de España

Responsable del fichero:

Banco de España.

Responsable de protección de datos del fichero:

División de Registros de Entidades y Altos Cargos.

Derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición:

División de Registros de Entidades y Altos Cargos.

C/ Alcalá, 48.

28014 Madrid.

Normativa de referencia:

Ley 26/1988, de 29 de julio (BOE de 30 de julio).

Real Decreto 256/2013, de 12 de abril (BOE de 13 de abril).

Circular del Banco de España 1/2009, de 18 de diciembre (BOE de 31 de diciembre).

Tipo de fichero:

Gestionado por el Banco de España en virtud de las funciones públicas a él encomendadas por la Ley 13/1994, de 1 de junio.

Finalidad del fichero y usos previstos del mismo:

Registro de las personas que ostentan cargos en la administración y dirección de entidades supervisadas con control de requisitos de acceso, incompatibilidades, prohibiciones y limitaciones en el desempeño de cargos y la anotación de las sanciones impuestas a aquellas por la comisión de infracciones administrativas.

Tipo de finalidad y usos previstos del fichero:

Fines estadísticos, históricos o científicos.

Procedimiento administrativo.

Gestión sancionadora.

Otras finalidades.

Origen de los datos:

El propio interesado o su representante legal.

Registros públicos.

Entidad privada.

Administraciones Públicas.

Colectivos o categorías de interesados:

Representantes legales.

Personas de contacto.

Solicitantes.

Otros colectivos: Personas con cargos directivos y de administración en entidades de crédito y otras entidades inscritas en los registros a cargo del Banco de España.

Estructura básica del fichero y tipos de datos de carácter personal incluidos en él:

Datos especialmente protegidos:

No incluye datos de este tipo.

Datos relativos a la comisión de infracciones:

Datos relativos a infracciones administrativas.

Datos de carácter identificativo:

NIF/DNI.

Nombre y apellidos.

Dirección.

Otros datos de carácter identificativo: nacionalidad, fecha de nacimiento.

Otros datos tipificados:

Académicos y profesionales.

Detalles del empleo.

Otros tipos de datos: Motivo de cese en el cargo.

Sistema de tratamiento:

Mixto.

Medidas de seguridad:

Nivel medio.

Cesiones de datos de carácter personal:

Hacienda Pública y Administración Tributaria.

Órganos judiciales.

Órganos de la Unión Europea.

Otros órganos de la Administración del Estado.

Otros órganos de la comunidad autónoma.

Diputaciones provinciales.

Otros órganos de la Administración Local.

Otros: Comisión Nacional del Mercado de Valores (CNMV), Servicio Ejecutivo de la Comisión de Prevención de Blanqueo de Capitales e Infracciones Monetarias (Sepblac), las previstas en el artículo 6 del Real Decreto Legislativo 1298/1986, de 28 de junio.

Transferencias de datos de carácter personal a países terceros:

Otros órganos públicos de otros Estados.

Organismos internacionales.

Órganos judiciales.

Otras categorías: órganos supervisores de instituciones financieras o mercados financieros, y países miembros de la Unión Europea y otros con los que exista reciprocidad.

FICHERO

Servicios Médicos de Empresa

Responsable del fichero:

Banco de España.

Responsable de protección de datos del fichero:

Servicio de Prevención de Riesgos Laborales.

Derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición:

Servicio de Prevención de Riesgos Laborales.

C/ Alcalá, 48.

28014 Madrid.

Tipo de fichero:

De carácter interno u operativo.

Finalidad del fichero y usos previstos del mismo:

Gestión y seguimiento de la vigilancia de la salud de los empleados.

Tipo de finalidad y usos previstos del fichero:

Prevención de riesgos laborales.

Historial clínico.

Otras finalidades: Investigación y gestión de accidentes laborales.

Origen de los datos:

El propio interesado o su representante legal.

Colectivos o categorías de interesados:

Empleados.

Estructura básica del fichero y tipos de datos de carácter personal incluidos en él:

Datos especialmente protegidos:

Salud.

Relativos a la comisión de infracciones:

No incluye datos de este tipo.

Datos de carácter identificativo:

NIF/DNI.

Número Seguridad Social/Mutualidad.

Número registro de personal.

Nombre y apellidos.

Dirección.

Teléfono.

Marcas físicas.

Imagen.

Otros datos de carácter identificativo: estado civil, sexo, y fecha y lugar de nacimiento.

Otros datos tipificados:

Circunstancias personales.

Detalles del empleo.

Sistema de tratamiento:

Mixto.

Medidas de seguridad:

Nivel alto.

Cesiones de datos de carácter personal:

Otros órganos de la Administración del Estado.

Sindicatos y juntas de personal.

Otros: Proveedores de servicios sanitarios relacionados con la finalidad y usos previstos por el fichero.

Transferencias de datos de carácter personal a países terceros:

No hay previstas transferencias de datos.

FICHERO

Sociedades Mercantiles: Accionistas, demandantes y afectados

Responsable del fichero:

Banco de España.

Responsable de protección de datos del fichero:

Departamento de Inspección IV.

Derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición:

Departamento de Inspección IV.

C/ Alcalá, 48.

28014 Madrid.

Normativa de referencia:

Art. 43.bis.1.bis de la Ley 26/1988, de 29 de julio, sobre disciplina e intervención de las entidades de crédito, según la redacción dada por la Ley 36/2007, de 16 de noviembre.

Tipo de fichero:

De carácter interno u operativo.

Finalidad del fichero y usos previstos del mismo:

Proporcionar información relativa a la composición accionarial de las sociedades mercantiles, de los posibles demandantes de esas sociedades mediante procedimientos judiciales en curso, así como de los afectados por procedimientos concursales sobre las citadas sociedades, todo ello con el objeto de poder realizar una valoración más ajustada de los acreditados de entidades de crédito.

Tipo de finalidad y usos previstos del fichero:

Otras finalidades.

Origen de los datos:

Entidad privada.

Colectivos o categorías de interesados:

Otros colectivos (accionistas de sociedades mercantiles inscritas en España, demandantes de esas sociedades en procedimientos judiciales contra ellas y afectados por procedimientos concursales sobre esas sociedades).

Estructura básica del fichero y tipos de datos de carácter personal incluidos en él:

Datos especialmente protegidos:

No incluye datos de este tipo.

Relativos a la comisión de infracciones:

No incluye datos de este tipo.

Datos de carácter identificativo:

NIF/DNI.

Nombre y apellidos.

Otros datos de carácter identificativo: CIF de la sociedad (participada, demandada o afectada por la situación concursal) y razón social de la sociedad.

Otros datos tipificados:

Otros tipos de datos: porcentaje de participación en el caso de accionistas e importe demandado en el caso de demandantes y afectados, juzgado y número de auto, solo en caso de demandantes y afectados.

Sistema de tratamiento:

Automatizado.

Medidas de seguridad:

Nivel medio.

Cesiones de datos de carácter personal:

No hay previstas cesiones de datos.

Transferencias de datos de carácter personal a países terceros:

No hay previstas transferencias de datos.

ANÁLISIS

  • Rango: Circular
  • Fecha de disposición: 30/07/2014
  • Fecha de publicación: 11/08/2014
  • Fecha de entrada en vigor: 12/08/2014
Referencias posteriores

Criterio de ordenación:

  • SE MODIFICA lo indicado, por Circular de 25 de noviembre de 2015 (Ref. BOE-A-2015-13429).
Referencias anteriores
Materias
  • Banco de España
  • Ficheros con datos personales

subir

Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado

Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid