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Documento BOE-A-2014-3855

Resolución de 3 de marzo de 2014, de la Dirección General de Empleo, por la que se registran y publican las tablas salariales del Convenio colectivo nacional del ciclo de comercio del papel y artes gráficas.

Publicado en:
«BOE» núm. 87, de 10 de abril de 2014, páginas 29976 a 29978 (3 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Empleo y Seguridad Social
Referencia:
BOE-A-2014-3855
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/res/2014/03/03/(6)

TEXTO ORIGINAL

Visto el texto de las tablas salariales del Convenio colectivo nacional del ciclo de comercio del papel y artes gráficas (código de convenio n.º 99001105011981) que fue suscrito con fecha 10 de febrero de 2014, de una parte por las organizaciones empresariales FANDE y CEGAL en representación de las empresas del sector, y de otra por los sindicatos CC.OO. y UGT en representación de los trabajadores, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 90, apartados 2 y 3, de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, Texto Refundido aprobado por Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo, y en el Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo, sobre registro y depósito de convenios y acuerdos colectivos de trabajo,

Esta Dirección General de Empleo resuelve:

Primero.

Ordenar la inscripción de las citadas tablas salariales en el correspondiente Registro de convenios y acuerdos colectivos de trabajo con funcionamiento a través de medios electrónicos de este Centro Directivo, con notificación a la Comisión Negociadora.

Segundo.

Disponer su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

Madrid, 3 de marzo de 2014.–El Director General de Empleo, Xavier Jean Braulio Thibault Aranda.

ACTA DE LA REUNIÓN DE LA COMISIÓN MIXTA DEL CONVENIO COLECTIVO NACIONAL DEL CICLO DE COMERCIO DEL PAPEL Y ARTES GRÁFICAS CELEBRADA EL DÍA 10 DE FEBRERO DE 2014

Asistentes

Representación de los trabajadores:

CCOO: Juan Martín Barrero.

UGT: Dolores Diez García, Montserrat González Oropesa.

Representación de los empresarios:

FANDE: José Manuel Anta Carabias, Ramón Cuellas de Frutos, David Veiga Moares, Iosune Negredo.

CEGAL: Javier Almagro Martínez, Antonia M.ª Murciano Maínez.

En Madrid, a las 12:00 h del día 10 de febrero de 2014 se reúne, previa convocatoria, en la calle Miguel Ángel n.º 1 dpdo., los representantes de los trabajadores y de los empresarios al margen reseñados.

Abierta la sesión se procede a examinar los siguientes asuntos:

– Se acuerda firmar las tablas salariales para los años 2013, 2014 y 2015 confeccionadas a tenor del Acta del Acta de Acuerdo de Mediación, firmada en el SIMA el 1 de julio de 2013, así como las tablas salariales del 2012 (publicadas en el BOE de fecha 7 de marzo de 2012), que se aplicarán exclusivamente a efectos indemnizatorios para los años 2013 y 2014.

– Se designada como persona autorizada para realizar los trámites de registro ante la Dirección General de Trabajo y de publicación a Dolores Diez García.

No habiendo más asuntos que tratar, siendo las 13:30 h del día de la fecha se levanta la sesión, de la que se extiende la presente acta.

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ANÁLISIS

  • Rango: Resolución
  • Fecha de disposición: 03/03/2014
  • Fecha de publicación: 10/04/2014
Referencias anteriores
  • DE CONFORMIDAD con:
    • Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo (Ref. BOE-A-2010-9274).
    • Art. 90.2 y 3 de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, texto refundido aprobado por Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo (Ref. BOE-A-1995-7730).
  • EN RELACIÓN con el Convenio publicado por Resolución de 22 de junio de 2010 (Ref. BOE-A-2010-10675).
Materias
  • Artes Gráficas
  • Convenios colectivos
  • Industria papelera

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