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Documento BOE-A-2014-12478

Resolución de 13 de noviembre de 2014, de la Secretaría de Estado de Administraciones Públicas, por la que se publica el Acuerdo de prórroga al Convenio marco con la Comunidad Autónoma de las Illes Balears para la implantación de una red de oficinas integradas de atención al ciudadano.

Publicado en:
«BOE» núm. 290, de 1 de diciembre de 2014, páginas 98138 a 98140 (3 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas
Referencia:
BOE-A-2014-12478

TEXTO ORIGINAL

Que con fecha 17 de diciembre de 2007 se firmó un Convenio Marco entre la Administración General del Estado y la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears para la implantación de una Red de Oficinas Integradas de Atención al Ciudadano en el ámbito territorial de las Illes Balears, publicado en el «Boletín Oficial del Estado» de 29 de enero de 2008 y en el «Boletín Oficial de las Illes Balears» el 12 de enero de 2008.

Que en la cláusula novena de dicho Convenio, las partes firmantes acordaron que el período de vigencia del Convenio surtiría efectos desde el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial de las Illes Balears» y que finalizaría el 31 de diciembre de 2014, pudiendo prorrogarse por acuerdo expreso de los intervinientes, adoptado antes del fin de su vigencia, por períodos de cuatro años.

Próxima la finalización de la vigencia del convenio, el 31 de diciembre de 2014, y en virtud de la previsión anterior, mediante Acuerdo de 24 de octubre de 2014, se acuerda prorrogar hasta el día 31 de diciembre de 2018 el Convenio suscrito el 17 de diciembre de 2007, para la implantación de una Red de Oficinas Integradas de Atención al Ciudadano en el ámbito territorial de las Illes Balears.

En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 8.2 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común y en la cláusula quinta del Acuerdo de Prórroga al Convenio Marco entre la Administración General del Estado y la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears para la implantación de una Red de Oficinas Integradas de Atención al Ciudadano en el ámbito territorial de las Illes Balears, esta Secretaría de Estado de Administraciones Publicas dispone su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

Madrid, 13 de noviembre de 2014.–El Secretario de Estado de Administraciones Públicas, Antonio Germán Beteta Barreda.

ACUERDO DE PRÓRROGA AL CONVENIO MARCO ENTRE LA ADMINISTRACIÓN GENERAL DEL ESTADO Y LA ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DE LAS ILLES BALEARS PARA LA IMPLANTACIÓN DE UNA RED DE OFICINAS INTEGRADAS DE ATENCIÓN AL CIUDADANO EN EL ÁMBITO TERRITORIAL DE LAS ILLES BALEARS

En Madrid, a 24 de octubre de 2014.

REUNIDOS

De una parte, don Antonio Germán Beteta Barreda, Secretario de Estado de Administraciones Públicas, del Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas, nombrado para dicho cargo por el Real Decreto 1852/2011, de 23 de diciembre, en nombre y representación de dicho Ministerio, actuando en ejercicio de las competencias que le han sido delegadas por el titular del Departamento, en virtud de lo dispuesto en el artículo 6.1 de la Orden HAP/1335/2012, de 14 de junio, de delegación de competencias.

De otra parte, don Juan Manuel Lafuente Mir, Consejero de Administraciones Públicas de la Comunidad Autónoma de Illes Balears, nombrado para dicho cargo por el Decreto 8/2014, de 26 de septiembre del Presidente de las Illes Balears, en nombre y representación de la Consejería de Administraciones Públicas de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears, en el ejercicio de las competencias que le atribuye el Decreto 6/2013, de 2 de mayo, del Presidente de las Illes Balears, por el que se establecen las competencias y la estructura orgánica básica de las consejerías de la Administración de la Comunidad Autónoma de les Illes Balears, en virtud del artículo 80.1 de la ley 3/2003 de régimen jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears, y en aplicación del Decreto 25/2003, de 24 de noviembre, por el cual el Presidente de las Illes Balears delega en los consejeros competentes por razón de la materia la firma de determinados convenios.

EXPONEN

Primero.

Que con fecha 17 de diciembre de 2007 se firmó un Convenio Marco entre la Administración General del Estado y la Comunidad Autónoma de las Illes Balears para la implantación de una Red de Oficinas Integradas de Atención al Ciudadano en el ámbito territorial de las Illes Balears, publicado en el «Boletín Oficial del Estado» de 29 de enero de 2008 y en el «Boletín Oficial de las Illes Balears» el 12 de enero de 2008.

Segundo.

Que en la cláusula novena de dicho Convenio, las partes firmantes acordaron que surtiría efectos desde el día siguiente a su publicación en el «Boletín Oficial de las Illes Balears» y que finalizaría el 31 de diciembre de 2014, pudiendo prorrogarse por acuerdo expreso de los intervinientes adoptado antes del fin de su vigencia por períodos de cuatro años.

Tercero.

Que las obligaciones asumidas entre las Administraciones intervinientes y las Entidades Locales adheridas a dicho Convenio, tal y como se establece en su cláusula décima, se entienden vigentes desde su publicación en el «Boletín Oficial de las Illes Balears» hasta la extinción del Convenio Marco, o por el transcurso de los plazos establecidos en el mismo.

Cuarto.

Que teniendo en cuenta los instrumentos que ofrece la normativa vigente y, en particular, lo establecido en el artículo 38.4. b) de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común; este Acuerdo de Prórroga al mencionado Convenio se suscribe por las partes al amparo de lo dispuesto por los artículos 149.1.18 de la Constitución Española, relativo a la competencia del Estado y 30.36 y 31.13 del Estatuto de Autonomía de las Illes Balears, según la redacción de la Ley orgánica 1/2007, de 28 de febrero, relativos a las competencias de Illes Balears en materia de procedimiento administrativo y régimen local.

En consecuencia, y a fin de dar continuidad a la prestación de los servicios integrados de información, orientación, atención y tramitación sobre determinados aspectos de la actividad administrativa a través de las Oficinas Integradas de atención a la ciudadanía, las partes intervinientes suscriben el presente Acuerdo de Prórroga al Convenio de 17 de diciembre de 2007, de conformidad con las siguientes

CLÁUSULAS

Primera.

Las partes firmantes acuerdan la prórroga del Convenio suscrito con fecha 17 de diciembre de 2007, para la implantación de una Red de Oficinas Integradas de Atención al Ciudadano en el ámbito territorial de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears, cuyos efectos se extenderán desde el día 1 de enero de 2015 hasta el 31 de diciembre de 2018.

Segunda.

Las Administraciones intervinientes firmantes de este Acuerdo y Entidades Locales que se hubieran adherido al mencionado convenio así como aquellas que en futuro se pudieran adherir, se comprometen a continuar desarrollando las actuaciones precisas, dirigidas a la prestación de los servicios integrados que constituyen el objeto del Convenio Marco para la implantación de una Red de Oficinas Integradas de Atención al Ciudadano en el ámbito territorial de Illes Balears.

Tercera.

Las obligaciones asumidas entre las Administraciones Públicas mencionadas en la cláusula anterior, se entenderán vigentes hasta la extinción del Acuerdo de prórroga por el transcurso de los plazos o bien, por las causas previstas en las cláusulas novena y décima del precitado Convenio Marco.

Cuarta.

Cualquier referencia contenida en el Convenio suscrito el 17 de diciembre de 2007, del que este Acuerdo de Prórroga trae causa, al Ministerio de Administraciones Públicas, se entenderá realizada al Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas. Asimismo, cualquier referencia contenida en dicho Convenio a la Dirección General de Modernización Administrativa, se entenderá realizada a la Dirección General de Organización Administrativa y Procedimientos.

Por otra parte, cualquier referencia a la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears en el Convenio citado en el párrafo anterior, se entenderá hecha a la Consejería de Administraciones Públicas, a través de la Dirección General de Función Pública, Administraciones Públicas y Calidad de los Servicios.

Quinta.

El presente Acuerdo de prórroga se publicará en el «Boletín Oficial del Estado» y en el «Boletín Oficial de las Illes Balears».

En prueba de conformidad, y para que conste a los efectos oportunos, las partes firman y rubrican todas sus hojas por cuadruplicado el presente Acuerdo de Prórroga, en el lugar y fecha indicados en el encabezamiento.–El Secretario de Estado de Administraciones Públicas, Antonio Germán Beteta Barreda.–El Consejero de Administraciones Públicas, Juan Manuel Lafuente Mir.

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