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Documento BOE-A-2013-10815

Orden ECC/1891/2013, de 30 de septiembre, de extinción de Mapfre, Mutualidad de Seguros y Reaseguros a Prima Fija, en liquidación, y cancelación de la inscripción del Registro administrativo de entidades aseguradoras.

Publicado en:
«BOE» núm. 247, de 15 de octubre de 2013, páginas 84098 a 84098 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Economía y Competitividad
Referencia:
BOE-A-2013-10815

TEXTO ORIGINAL

Por Orden Ministerial de 26 de diciembre de 2006 se autorizó la cesión general de la cartera de seguros de la entidad Mapfre, Mutualidad de Seguros y Reaseguros a Prima Fija y, en consecuencia, se revocó a la entidad la autorización administrativa para el ejercicio de la actividad aseguradora en la totalidad de los ramos en los que operaba, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 26.1.b) del texto refundido de la Ley de Ordenación y Supervisión de los Seguros Privados, aprobado por Real Decreto Legislativo 6/2004, de 29 de octubre y en el artículo 81.1.3º del Reglamento de Ordenación y Supervisión de los Seguros Privados, aprobado por Real Decreto 2486/1998, de 20 de noviembre.

Habiendo sido ultimado el proceso de liquidación de la referida entidad, se solicita la extinción de la misma y la cancelación de la inscripción de Mapfre, Mutualidad de Seguros y Reaseguros a Prima Fija, en liquidación, del Registro administrativo de entidades aseguradoras. En cumplimiento del artículo 28.5 del texto refundido de la Ley de Ordenación y Supervisión de los Seguros Privados, aprobado por Real Decreto Legislativo 6/2004, de 29 de octubre, esta extinción y cancelación determinará la cancelación posterior en el Registro Mercantil.

De la documentación que se adjunta se desprende que se ha dado cumplimiento a lo dispuesto en la legislación de ordenación y supervisión de los seguros privados.

En consecuencia, de conformidad con lo previsto en el artículo 28.5 del texto refundido de la Ley de Ordenación y Supervisión de los Seguros Privados, y a propuesta de la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones, he resuelto:

Declarar la extinción y consiguiente cancelación de la entidad Mapfre, Mutualidad de Seguros y Reaseguros a Prima Fija, en liquidación, del Registro administrativo de entidades aseguradoras, previsto en el artículo 74.1 del texto refundido de la Ley de Ordenación y Supervisión de los Seguros Privados, conforme a lo dispuesto en el artículo 28.5 del citado texto refundido.

Contra la presente Orden Ministerial, que pone fin a la vía administrativa, de conformidad con lo previsto en el artículo 109 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común y disposición adicional decimoquinta de la Ley 6/1997, de 14 de abril, de Organización y Funcionamiento de la Administración General del Estado, se podrá interponer con carácter potestativo recurso de reposición, en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente a la notificación de la misma, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 116 y 117 de la citada Ley 30/1992, de 26 de noviembre. Asimismo, se podrá interponer recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso Administrativo de la Audiencia Nacional, en el plazo de dos meses, a partir del día siguiente a su notificación, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 11.1.a), 25 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Madrid, 30 de septiembre de 2013.–El Ministro de Economía y Competitividad, P.D. (Orden ECC/1695/2012, de 27 de julio), el Secretario de Estado de Economía y Apoyo a la Empresa, Fernando Jiménez Latorre.

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