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Documento BOE-A-2012-6796

Resolución de 8 de mayo de 2012, de la Dirección General de Empleo, por la que se registran y publican las tablas salariales del año 2012, del Convenio colectivo sectorial estatal de servicios externos, auxiliares y atención al cliente en empresas de servicios ferroviarios.

Publicado en:
«BOE» núm. 123, de 23 de mayo de 2012, páginas 37208 a 37210 (3 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Empleo y Seguridad Social
Referencia:
BOE-A-2012-6796
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/res/2012/05/08/(4)

TEXTO ORIGINAL

Visto el texto del acta de fecha 20 de abril de 2012 donde se recogen los acuerdos referentes a las tablas salariales del año 2012, del Convenio colectivo sectorial estatal de servicios externos, auxiliares y atención al cliente en empresas de servicios ferroviarios, (código de Convenio n.º 99015485012007) que fue suscrito de una parte por la asociación empresarial AGESFER en representación de las empresas del sector, y de otra por las organizaciones sindicales UGT y CC.OO en representación de los trabajadores del mismo, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 90, apartados 2 y 3, de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, Texto Refundido aprobado por Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo, y en el Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo, sobre registro y depósito de convenios y acuerdos colectivos de trabajo,

Esta Dirección General de Empleo resuelve:

Primero.

Ordenar la inscripción de la citada revisión salarial en el correspondiente Registro de convenios y acuerdos colectivos de trabajo con funcionamiento a través de medios electrónicos de este Centro Directivo, con notificación a la Comisión Negociadora.

Segundo.

Disponer su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

Madrid, 8 de mayo de 2012.–El Director General de Empleo, Xavier Jean Braulio Thibault Aranda.

I ACTA DE COMISIÓN PARITARIA III CONVENIO COLECTIVO SECTORIAL ESTATAL DE SERVICIOS EXTERNOS AUXILIARES Y ATENCIÓN AL CLIENTE EN EMPRESAS DE SERVICIOS FERROVIARIOS

En Madrid siendo las 11:30 horas del día 20 de abril de 2012, reunida la Comisión Paritaria del III Convenio Colectivo Sectorial Estatal de Servicios Externos Auxiliares y Atención al Cliente en Empresas de Servicios Ferroviarios.

Por la parte empresarial:

Ramón López García.

Juan Carlos Rubio Montes.

Javier Casado López.

Asesor: Gema Correa Alfonso.

Por la parte social:

UGT:

M.ª Sonia Liébana Gallego.

Olegario Lora Vázquez.

CCOO: M.ª Azucena Martín Gallardo.

Asesores: Honorio Jiménez Trello.

Con el siguiente orden del día:

Punto único. Confección de las tablas salariales correspondientes al año 2012.

Acuerdan:

Que dando cumplimiento al artículo 8 del Convenio Colectivo se confeccionan las tablas salariales de aplicación en el año 2012 que serán las adjuntadas al presente acta como anexo I, asimismo se delega el registro de las tablas salariales y del Acta de Constitución de la Comisión Paritaria en doña María Sonia Liébana Gallego.

En prueba de conformidad, lo firman en el lugar y fecha indicados en el encabezamiento.–Por AGESFER.–Por UGT.–Por CC.OO.

ANEXO I
Tablas salariales año 2012

Concepto

Salario base grupo profesional III

739,73

Salario base grupo profesional I y II

765,61

Plus convenio

138,74

Antigüedad

17,60

Plus idioma

15,53

Plus quebranto

15,53

Concepto

Plus asistencia

1,91

Pluses de Responsabilidad

Jefe de servicio

170,84

Coordinador de servicio

108,72

Azafato encargado

77,66

Adjunto

46,59

Encargado de taquilla/parking

46,59

Concepto

Plus transporte

1.366,73

6,21

Plus vestuario

1.366,73

6,21

Concepto

Paga adicional septiembre

111,82

Horas extraordinarias y horas extraordinarias de fuerza mayor

Grupo profesional III Personal auxiliar

9,02

Jefe de servicio

10,29

Coordinador de servicio

9,90

Azafato encargado

9,71

Adjunto/Encargado de taquilla/parking

9,31

Nocturnidad

Valor hora nocturna

1,45

ANÁLISIS

  • Rango: Resolución
  • Fecha de disposición: 08/05/2012
  • Fecha de publicación: 23/05/2012
Referencias anteriores
  • DE CONFORMIDAD con:
    • Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo (Ref. BOE-A-2010-9274).
    • art. 90.2 y 3 de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, texto refundido aprobado por Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo (Ref. BOE-A-1995-7730).
  • EN RELACIÓN con el Convenio publicado por Resolución de 8 de febrero de 2012 (Ref. BOE-A-2012-5033).
Materias
  • Contratas ferroviarias
  • Convenios colectivos
  • Ferrocarriles

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