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Documento BOE-A-2012-13215

Orden ECC/2268/2012, de 1 de octubre, de autorización administrativa de la cesión parcial de la cartera de seguros de Aegon España, Sociedad Anónima de Seguros y Reaseguros a Can Seguros de Salud, SA.

Publicado en:
«BOE» núm. 256, de 24 de octubre de 2012, páginas 75293 a 75293 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Economía y Competitividad
Referencia:
BOE-A-2012-13215

TEXTO ORIGINAL

Las entidades «Aegon España, Sociedad Anónima de Seguros y Reaseguros», y «Can Seguros de Salud, S.A.», han presentado, ante la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones, solicitud de autorización administrativa para llevar a cabo la cesión parcial de la cartera de seguros integrada por la totalidad de las pólizas del ramo de enfermedad intermediadas por «Can Mediación, Operador de Banca Seguros Vinculado, S.A.», de la entidad cedente «Aegon España, Sociedad Anónima de Seguros y Reaseguros», a la entidad cesionaria «Can Seguros de Salud, S.A.».

De la documentación que se adjunta a la solicitud presentada ante este Centro Directivo se desprende que se ha dado cumplimiento a los requisitos establecidos en el artículo 23.2 del texto refundido de la Ley de Ordenación y Supervisión de los Seguros Privados, aprobado por Real Decreto Legislativo 6/2004, de 29 de octubre, y 70.2 del Reglamento de Ordenación y Supervisión de los Seguros Privados, aprobado por Real Decreto 2486/1998, de 20 de noviembre.

En consecuencia, a propuesta de la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones he resuelto:

Autorizar la cesión parcial de la cartera de seguros de la entidad cedente «Aegon España, Sociedad Anónima de Seguros y Reaseguros», integrada por la totalidad de las pólizas del ramo de enfermedad en vigor a 31 de diciembre de 2011, intermediadas por «Can Mediación, Operador de Banca Seguros Vinculado, S.A.», a la entidad cesionaria «Can Seguros de Salud, S.A.».

Contra la presente Orden ministerial que pone fin a la vía administrativa, de conformidad con lo previsto en el artículo 109 de la Ley 30/1992, del 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y disposición adicional decimoquinta de la Ley 6/1997, de 14 de abril, de Organización y Funcionamiento de la Administración General del Estado, se podrá interponer con carácter potestativo recurso de reposición en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente a la notificación de la misma, de acuerdo con los artículos 116 y 117 de la citada Ley 30/1992, de 26 de noviembre. Asimismo, se podrá interponer recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso Administrativo de la Audiencia Nacional en el plazo de dos meses, a partir del día siguiente a su notificación, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 11.1.a), 25 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Madrid, 1 de octubre de 2012.–El Ministro de Economía y Competitividad, P. D. (Orden ECC/1695/2012, de 27 de julio), el Secretario de Estado de Economía y Apoyo a la Empresa, Fernando Jiménez Latorre.

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