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Documento BOE-A-2011-5984

Resolución de 21 de febrero de 2011, de la Universidad de Málaga, por la que se convocan pruebas selectivas para el ingreso en la Escala de Ayudantes de Archivos, Bibliotecas y Museos.

Publicado en:
«BOE» núm. 79, de 2 de abril de 2011, páginas 34393 a 34403 (11 págs.)
Sección:
II. Autoridades y personal - B. Oposiciones y concursos
Departamento:
Universidades
Referencia:
BOE-A-2011-5984

TEXTO ORIGINAL

De conformidad con lo establecido en el Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento General de Ingreso del Personal al Servicio de la Administración del Estado y con la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público, al objeto de dar cumplimiento a lo dispuesto en el Pacto por la Modernización y Mejora del Servicio y de las Condiciones de Trabajo del Personal de Administración y Servicios de la Universidad de Málaga, en los acuerdos de la Comisión Negociadora creada al amparo del mismo, y en el Plan de Consolidación de Empleo, conforme a lo establecido en la disposición transitoria cuarta del Estatuto Básico del Empleado Público, este Rectorado en uso de las competencias que le atribuye el art. 20 de la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades (modificada por la Ley Orgánica 4/2007, de 12 de abril), en relación con el art. 2.2 e) de la misma, así como los Estatutos de esta Universidad, resuelve convocar pruebas selectivas para el ingreso en la Escala de Ayudantes de Archivos, Bibliotecas y Museos de la Universidad de Málaga, con sujeción a las siguientes bases de la convocatoria:

1. Normas generales

1.1 Número de plazas convocadas.–Se convocan pruebas selectivas para cubrir 10 plazas de funcionarios/as de la Escala de Ayudantes de Archivos, Bibliotecas y Museos de esta Universidad, por el sistema de acceso libre.

1.1.1 Del total de plazas convocadas, se reserva un 5 por 100 para ser cubiertas por personas con discapacidad con grado de minusvalía igual o superior al 33 por 100, reconocido por los organismos competentes al momento de finalización del plazo de presentación de solicitudes, y cuya discapacidad no le impida el normal desarrollo de funciones relativas a dicha Escala. Este cupo de reserva asciende a 1 plaza.

1.1.2 Los aspirantes con discapacidad que se presenten por el cupo de reserva establecido en el punto 1.1.1, superen los ejercicios correspondientes y no obtengan plaza, se incluirán en el sistema de acceso libre por su orden de puntuación, siempre que la misma sea superior a la obtenida por otros aspirantes del mencionado sistema.

Las plazas referidas en el punto 1.1.1 podrán ser cubiertas, de quedar vacantes, por aspirantes sin discapacidad.

1.1.3 Las plazas referidas en el punto 1.1.1 que quedaran sin cubrir se acumularán al cupo del 5 por 100 de la oferta siguiente, con un límite máximo del 10 por 100.

1.1.4 En el caso de producirse nuevas vacantes en la Universidad correspondientes a la Escala de Ayudantes de Archivos, Bibliotecas y Museos, las plazas correspondientes a dichas vacantes podrán acumularse a las ofertadas mediante Resolución de la Rectora de esta Universidad, anterior a la realización del primer ejercicio de la fase de oposición, autorizando la incorporación de esas plazas para ser provistas por las pruebas selectivas objeto de la presente convocatoria.

1.2 Disposiciones aplicables.–A las presentes pruebas selectivas les serán aplicables la Ley 30/1984, de 2 de agosto, modificada por la Ley 23/1988, de 28 de julio y por la Ley 42/1994, de 30 de diciembre; el Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo; los Estatutos de la Universidad de Málaga, el Real Decreto 2271/2004, de 3 de diciembre, la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público y lo dispuesto en la presente convocatoria.

1.3 Sistema de selección.–El procedimiento de selección de los aspirantes será el de concurso-oposición.

1.3.1 En la fase de concurso, que no tendrá carácter eliminatorio, se valorarán los méritos y los servicios prestados, con arreglo al baremo que se especifica en el anexo I.

1.3.2 En la fase de oposición los aspirantes deberán realizar los ejercicios que igualmente se indican en el anexo I de esta Resolución.

1.3.3 La puntuación obtenida por los aspirantes en la fase de concurso se publicará con anterioridad a la celebración del primer ejercicio.

1.3.4 El primer ejercicio de la fase de oposición se realizará no antes del 1 de septiembre ni después del 30 de septiembre de 2011. La fecha, hora y lugar de celebración del mismo se fijará mediante Resolución del Rectorado de la Universidad de Málaga, que se publicará en el «Boletín Oficial de la Junta de Andalucía», al aprobar la lista de admitidos y excluidos.

2. Requisitos de los aspirantes

2.1 Requisitos generales.–Para ser admitido a la realización de estas pruebas selectivas los aspirantes deberán reunir los siguientes requisitos:

a) Tener nacionalidad española o ser nacional de un estado miembro de la Unión Europea, o nacional de aquellos estados a los que en virtud de los tratados internacionales celebrados por la Unión Europea y ratificados por España, sea de aplicación la libre circulación de los trabajadores en los términos en que ésta se halle definida en tratado de la Unión Europea.

También podrán participar el cónyuge, descendientes y descendientes del cónyuge, de los españoles y de los nacionales de otros Estados miembros de la Unión Europea, siempre que no estén separados de derecho, menores de 21 años o mayores de dicha edad que vivan a sus expensas.

Este último beneficio será igualmente de aplicación a familiares de nacionales de otros Estados cuando así se prevea en los Tratados Internacionales celebrados por la Unión Europea y ratificados por España.

b) Tener cumplidos los dieciséis años de edad y no haber cumplido la edad de jubilación forzosa.

c) Hallarse en posesión del título de Grado, Diplomado Universitario, Ingeniero Técnico, Arquitecto Técnico o equivalente o en condiciones de obtenerlo en la fecha en que termine el plazo de presentación de solicitudes o reunir, igualmente al último día de presentación de solicitudes, los requisitos que pueda establecer la legislación vigente si ésta se viera modificada.

d) No padecer enfermedad ni estar afectado por limitación física o psíquica que sea incompatible con el desempeño de las correspondientes funciones.

e) No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas, ni hallarse inhabilitado para el desempeño de funciones públicas. En el caso de nacionales de los demás Estamos miembros de la Unión Europea o nacionales de aquellos Estados a los que, en virtud de Tratados Internacionales celebrados por la Unión Europea y ratificados por España, sea de aplicación la libre circulación de trabajadores en los términos en que ésta se halle definida en el tratado constitutivo de la Unión Europea, no estar sometido a sanción disciplinaria o condena penal que impida, en su Estado, el acceso a la función pública.

2.2 Todos los requisitos deberán poseerse en el día de finalización del plazo de presentación de solicitudes y mantenerlos hasta el momento de la toma de posesión.

3. Solicitudes

3.1 Modelo de solicitud.–Quienes deseen tomar parte en estas pruebas selectivas deberán hacerlo constar en instancia que será facilitada gratuitamente en el Pabellón de Gobierno de la Universidad de Málaga, y en las Subdelegaciones de Gobierno de cada provincia, siempre que las solicitudes de que dispongan éstas sean de características similares a la publicada como anexo III.

A la instancia se acompañará una fotocopia del documento nacional de identidad.

3.2 Recepción de solicitudes.–La presentación de solicitudes se hará en el Registro General de esta Universidad, plaza de El Ejido, s/n, edificio Pabellón de Gobierno, o en las formas establecidas en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en el plazo de veinte días naturales a partir del siguiente al de la publicación de esta convocatoria en el «Boletín Oficial del Estado» y se dirigirán a la Excma. Sra. Rectora Magfca. de la Universidad de Málaga.

Las solicitudes suscritas por los españoles en el extranjero podrán cursarse, en el plazo expresado en el párrafo anterior, a través de las representaciones diplomáticas o consulares españolas correspondientes, quienes las remitirán seguidamente al organismo competente.

3.3 Acreditación de méritos.–Aquellos aspirantes que soliciten puntuación en la fase de concurso deberán acreditar documentalmente los méritos alegados, en el momento de presentación de la solicitud de admisión, adjuntándolos a la misma y en los términos que se especifican en el Anexo I. En caso de que la documentación obre en poder de la Universidad de Málaga, deberá hacerse constar tal circunstancia en la solicitud, para lo cual se utilizará el recuadro «Datos a consignar según las bases de la convocatoria», «Apartado a)».

3.4 Adaptaciones turno de minusvalía.–Los aspirantes por este turno deberán indicar en la instancia el tipo de discapacidad, para lo cual se utilizará el recuadro «Datos a consignar según las bases de la convocatoria», «Apartado b)». Asimismo, deberán solicitar, expresándolo en dicho recuadro, las posibles adaptaciones de tiempo y medios para la realización del ejercicio en el que esta adaptación sea necesaria.

3.5 Justificación de los derechos de examen.–En la solicitud deberá figurar el sello de la entidad bancaria o, en su caso, el comprobante bancario acreditativo del pago de los derechos y cuya falta determinará la exclusión del aspirante. En ningún caso, se dará carácter de solicitud al simple abono de dichos derechos en la entidad bancaria correspondiente.

3.6 Derechos de examen.–Los derechos de examen serán de 24 euros y se ingresarán en UNICAJA cuenta corriente número 2103-0146-95-0030028625, bajo el nombre de «Universidad de Málaga. Pruebas Selectivas P.A.S.».

3.7 Devolución de derechos.–Procede la devolución de las tasas exigidas cuando no se realice el hecho imponible por causas no imputables al sujeto pasivo. Por tanto, no procederá devolución alguna de los derechos de examen en los supuestos de exclusión de las pruebas selectivas por causas imputables al interesado.

3.8 Subsanación de errores.–Los errores de hecho que pudieran advertirse podrán subsanarse en cualquier momento, de oficio o a petición del interesado.

4. Admisión de aspirantes

4.1 Relación de admitidos y excluidos.–Expirado el plazo de presentación de instancias, la Rectora de la Universidad de Málaga dictará resolución en el plazo máximo de un mes, que se publicará en el «Boletín Oficial de la Junta de Andalucía», declarando aprobada la lista de admitidos y excluidos.

En dicha Resolución, se indicarán los lugares en que se encuentran expuestas al público las listas certificadas completas de aspirantes admitidos y excluidos y se determinará el lugar y la fecha del primer ejercicio. Dichas listas deberán ponerse de manifiesto en todo caso en la Universidad de Málaga y en la Subdelegación de Gobierno de la misma provincia. En ellas constarán al menos los apellidos, nombre y número de documento nacional de identidad, así como las causas de exclusión, en su caso.

4.2 Plazo de subsanación.–Los aspirantes excluidos o que no figuren en la relación de admitidos dispondrán de un plazo de diez días hábiles contados a partir del día siguiente al de la publicación de la Resolución en el «Boletín Oficial de la Junta de Andalucía» para poder subsanar el defecto que haya motivado la exclusión.

Los aspirantes que, dentro del plazo señalado, no subsanen la exclusión o aleguen la omisión justificando su derecho a ser incluido en la relación de admitidos, serán definitivamente excluidos de la realización de la prueba. A estos efectos, deberán comprobar fehacientemente no sólo que no figuran recogidos en la relación de excluidos, sino, además, que sus nombres constan en la pertinente relación de admitidos.

5. Tribunal calificador

5.1 Composición.–El Tribunal Calificador de estas pruebas es el que figura en el anexo IV de esta convocatoria.

5.2 Abstención y recusación.–Los miembros del Tribunal deberán abstenerse de intervenir, notificándolo a la Rectora de la Universidad de Málaga, cuando concurran en ellos circunstancias de las previstas en el artículo 28 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, o si hubiesen realizado tareas de preparación de aspirantes a pruebas selectivas de acceso al cuerpo, en los cinco años anteriores a la publicación de esta convocatoria.

El Presidente podrá solicitar de los miembros del Tribunal declaración expresa de no hallarse incursos en las circunstancias previstas en dicho artículo.

Asimismo, los aspirantes podrán recusar a los miembros del Tribunal cuando concurran algunas de dichas circunstancias.

5.3 Cambio en la composición.–Con anterioridad a la iniciación de las pruebas selectivas la autoridad convocante dictará resolución por la que se nombre, de entre los suplentes, a los nuevos miembros del Tribunal que hayan de sustituir a los que hubieran perdido su condición por alguna de las causas previstas en la base 5.2.

5.4 Constitución.–Previa convocatoria del Presidente, se constituirá el Tribunal con asistencia obligada de Presidente y Secretario y, de la mitad, al menos, de sus miembros.

Celebrará su sesión de constitución en el plazo máximo de tres meses, a partir de su designación, y mínimo de diez días antes de la realización del primer ejercicio.

En dicha sesión, el Tribunal acordará todas las decisiones que le correspondan en orden al correcto desarrollo del proceso selectivo (Concurso-Oposición).

5.5 Sesiones.–A partir de su constitución y para el resto de las sesiones del Tribunal, para actuar válidamente requerirá la misma mayoría indicada en el apartado anterior de sus miembros, titulares o suplentes.

5.6 Actuación del Tribunal.–A lo largo del proceso selectivo el Tribunal resolverá las dudas que pudieran surgir en la aplicación de estas normas, acordando las medidas necesarias para resolver cuantas cuestiones no estén previstas en la presente convocatoria.

5.7 Asesores.–El Tribunal podrá disponer la incorporación a sus trabajos de asesores especialistas para las pruebas correspondientes de los ejercicios que se estime pertinente, limitándose dichos asesores a prestar su colaboración en sus especialidades técnicas. La designación de tales asesores deberá comunicarse a la Rectora de la Universidad de Málaga.

5.8 Adaptaciones para discapacitados.–El Tribunal adoptará las medidas precisas en aquellos casos en que resulte necesario, de forma que los aspirantes con discapacidad gocen de similares condiciones para la realización de los ejercicios que el resto de participantes. En este sentido, se establecerán para las personas con discapacidad que lo soliciten en la forma prevista en la base 3.3 las adaptaciones posibles en tiempo y medios para su realización.

5.9 El Presidente del Tribunal adoptará las medidas necesarias para que los ejercicios de la fase de oposición se realicen de forma conjunta y coordinada, para lo cual podrá nombrar colaboradores en número suficiente para garantizar el correcto y normal desarrollo de los ejercicios. Asimismo se adoptarán las medidas oportunas para garantizar que los ejercicios de la fase de oposición sean corregidos sin que se conozca la identidad de los aspirantes utilizando para ello los impresos aprobados por la Orden del Ministerio de la Presidencia del 18 de febrero de 1.985 o cualquier otro equivalente. El Tribunal excluirá a aquellos opositores en cuyo ejercicio figuren nombres, rasgos, marcas o signos que permitan conocer la identidad de los mismos.

5.10 Información a los participantes.–A efectos de comunicaciones y demás incidencias, el Tribunal tendrá su sede en el Pabellón de Gobierno de la Universidad de Málaga, plaza de El Ejido, sin número, 29071 Málaga, 952131000.

5.11 El Tribunal informará a los opositores que lo soliciten acerca de los criterios de corrección y puntuación obtenida en sus ejercicios.

El contenido del programa que figura en el anexo II se ajustará a la normativa vigente en el momento de finalización del plazo de presentación de solicitudes para participar en el proceso selectivo.

5.12 El Tribunal tendrá la categoría tercera de la recogidas en el anexo V del Decreto 54/1989, de 21 de marzo («Boletín Oficial de la Junta de Andalucía» de 21 de abril).

5.13 En ningún caso el Tribunal podrá declarar que han superado las pruebas selectivas, un número superior de aspirantes que el de plazas convocadas. Cualquier propuesta que contravenga lo establecido en este punto será nula de pleno derecho.

6. Desarrollo de los ejercicios

6.1 Cada uno de los ejercicios que conforman la fase de oposición se convocarán en un único día y a la misma hora en todas las sedes de examen.

6.2 Llamamiento único.–Los aspirantes serán convocados en único llamamiento, siendo excluidos de la oposición quienes no comparezcan, salvo en los casos de fuerza mayor debidamente justificados y libremente apreciados por el Tribunal.

6.3 Orden de actuación.–El orden de actuación de los opositores se iniciará alfabéticamente por el primero de la letra que corresponda, al día de publicación de la presente convocatoria, atendiendo al sorteo realizado anualmente por la Secretaría de Estado para la Administración Pública y de conformidad con lo establecido en la correspondiente Resolución de la mencionada Secretaría de Estado.

6.4 Acreditación de la identidad.–En cualquier momento los aspirantes podrán ser requeridos por los miembros del Tribunal con la finalidad de acreditar su personalidad.

6.5 Publicación de fechas y ejercicios.–La publicación de la fecha de celebración del segundo ejercicio se efectuará por el Tribunal en los locales donde se haya celebrado el primero, así como en la sede del Tribunal, señalada en la base 5.10, y por cualquier otro medio si se juzga conveniente para facilitar su máxima divulgación, con veinticuatro horas al menos de antelación a la señalada para la iniciación del mismo.

6.6 Exclusión de participantes.–En cualquier momento del proceso selectivo, si el Tribunal tuviere conocimiento de que alguno de los aspirantes no posee la totalidad de los requisitos exigidos por la presente convocatoria, previa audiencia del interesado, deberá proponer su exclusión a la Rectora de la Universidad, comunicándole asimismo las inexactitudes o falsedades formuladas por el aspirante en su solicitud de admisión a las pruebas selectivas, a los efectos procedentes.

7. Calificación final y lista de aprobados

7.1 Finalizados cada uno de los ejercicios el Tribunal hará pública, en el lugar de celebración y en el Pabellón de Gobierno de la Universidad, la relación de aspirantes aprobados por orden de puntuación alcanzada, con indicación de su documento nacional de identidad.

7.2 Finalizadas las pruebas selectivas, el Tribunal hará pública, en el lugar de celebración del último ejercicio así como en el Pabellón de Gobierno, la relación de aspirantes, por orden de puntuación final alcanzada, que han superado el proceso selectivo.

7.3 La calificación final de las pruebas selectivas a efectos de declaración de aprobados, vendrá determinada por la suma de las puntuaciones obtenidas en la fase de oposición más la de concurso.

7.4 En caso de empate, éste se resolverá atendiendo a la mayor puntuación obtenida en la fase de concurso y en el supuesto de que persistiera el mismo, a la puntuación obtenida en el primer ejercicio, en el segundo y en último lugar atendiendo al criterio de preferencia de la mayor edad.

8. Presentación de documentos y nombramiento de funcionarios/as

8.1 Documentación a presentar.–En el plazo de veinte días naturales, a contar desde el día siguiente a aquél en que se hicieran públicas en el «Boletín Oficial de la Junta de Andalucía» las listas de aspirantes que hubieran superado las pruebas selectivas, los opositores aprobados deberán presentar en el Servicio de Personal de Administración y Servicios de la Universidad de Málaga los siguientes documentos:

a) Fotocopia debidamente compulsada del título académico exigido para las plazas.

b) Declaración jurada o promesa de no haber sido separado mediante expediente disciplinario de ninguna Administración Pública, ni hallarse inhabilitado para el ejercicio de funciones públicas según el modelo que figura como anexo V a esta convocatoria.

c) Los aspirantes que no posean la nacionalidad española deberán presentar fotocopia compulsada del documento que acredite su nacionalidad, así como documentación certificada por las autoridades competentes de su país de origen en la que se acredite no estar sometidos a sanción disciplinaria o condena penal que impida, en su Estado, el acceso a la función pública.

d) Certificado médico acreditativo de no padecer enfermedad ni defecto físico que imposibiliten para el servicio. Este certificado deberá ser expedido por el facultativo de medicina general de la Seguridad Social que corresponda al interesado, y en el caso de que éste no esté acogido a ningún régimen de la Seguridad Social, se expedirá por la Delegación de Salud de la Junta de Andalucía.

e) Los aspirantes que hayan hecho valer su condición de persona con discapacidad deberán presentar certificación del organismo competente para acreditar tal condición, e igualmente deberán presentar certificado de los citados órganos o de la Administración Sanitaria acreditativo de la compatibilidad con el desempeño de tareas y funciones correspondientes.

8.2 Exención de justificación.–Quienes tuvieran la condición de funcionarios/as de carrera estarán exentos de justificar documentalmente las condiciones y demás requisitos ya probados para obtener su anterior nombramiento, debiendo presentar certificación de la Administración Pública de la que dependieran para acreditar tal condición, con expresión del número e importe de trienios, así como de la fecha de su cumplimiento.

8.3 Anulación de actuaciones.–Quienes dentro del plazo fijado, y salvo los casos de fuerza mayor, no presentaren los documentos o del examen de los mismos se dedujera que carece de algunos de los requisitos señalados, no podrán ser nombrados funcionarios/as y quedarán anuladas sus actuaciones sin perjuicio de la responsabilidad en que hubieren incurrido por falsedad en la solicitud inicial.

8.4 Nombramientos.–Por la Excma. Sra. Rectora Magfca. y a propuesta del Tribunal Calificador se procederá al nombramiento de funcionarios/as de carrera, mediante resolución que se publicará en el «Boletín Oficial de la Junta de Andalucía».

8.5 Bolsa de trabajo.–Una vez concluido el proceso selectivo se podrá confeccionar la correspondiente bolsa de trabajo para atender a las necesidades temporales urgentes.

9. Norma final

La presente convocatoria y cuantos actos administrativos se deriven de ella y de la actuación del Tribunal podrán ser impugnados, en los casos y en las formas establecidas por la Ley 30/1992 de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Asimismo, la Universidad podrá, en su caso, proceder a la revisión de las resoluciones del Tribunal, conforme a lo previsto en la mencionada Ley.

Málaga, 21 de febrero de 2011.–La Rectora, Adelaida de la Calle Martín.

ANEXO I
Valoración de méritos, ejercicios y calificación

Fase de concurso

Valoración de méritos.–En la fase de concurso se valorarán con un máximo de 30 puntos los siguientes méritos:

Tiempo de servicios prestados como funcionario interino de la Escala de Ayudantes de Archivos, Bibliotecas y Museos de la Universidad de Málaga hasta el último día de presentación de solicitudes. Su valoración se hará a razón de 0,25 puntos por cada mes completo de trabajo, hasta un máximo de 30 puntos. La puntuación obtenida en esta fase no podrá ser aplicada para superar los ejercicios de la fase de oposición.

Fase de oposición

Ejercicios y calificaciones.–Está formada por los ejercicios que se indican a continuación:

Primer ejercicio:

Consistirá en el desarrollo por escrito de dos temas. Para su elección, el Tribunal sorteará, en presencia de los opositores, dos temas de cada uno de los bloques del anexo II (en total cuatro), de los cuales, los opositores deberán desarrollar uno de cada bloque.

El tiempo mínimo para la realización del ejercicio será de tres horas. Terminado el mismo, los opositores leerán sus trabajos en sesión pública.

Valoración: su calificación será de 30 puntos. Se calificará de 0 a 15 puntos cada uno de los temas desarrollados, superando el mismo, aquellos aspirantes que obtengan en su conjunto 15 puntos.

Segundo ejercicio:

Consistirá en la resolución por escrito de cuatro supuestos prácticos, siendo:

Dos de ellos referentes a catalogación. El opositor trabajará sobre copias, pudiendo consultar los originales en la mesa del tribunal. Los asientos bibliográficos se redactarán de acuerdo con las especificaciones del formato MARC 21 y la última edición de las Reglas de catalogación de la Dirección General del Libro y las Bibliotecas. Los encabezamientos de materias se redactarán ajustándose a los habitualmente empleados en bibliotecas universitarias, y la clasificación deberá ser conforme a la última edición en castellano de la CDU. Los opositores podrán utilizar el manual de MARC 21, las reglas de catalogación, la lista de encabezamientos y la CDU.

Otro supuesto referente a la formación de usuarios, debiendo elegir el opositor uno de entre dos propuestos por el Tribunal.

Un cuarto supuesto referente a información bibliográfica, igualmente, debiendo elegir el opositor uno de entre dos propuestos por el Tribunal.

Para estos dos últimos supuestos, el opositor podrá utilizar el material que estime necesario, aportado por él mismo.

El tiempo mínimo de duración del ejercicio será de cuatro horas.

Valoración: su calificación total será de 40 puntos. Se calificará de 0 a 10 puntos cada uno de los supuestos prácticos desarrollados, superando el mismo aquellos aspirantes que obtengan en su conjunto 25 puntos.

ANEXO II
Temario

Bloque I. Biblioteconomía y documentación

1. Concepto y misión de los servicios bibliotecarios y documentales. Tipos de bibliotecas.

2. Bibliotecas universitarias. Situación actual de las bibliotecas universitarias en España. Situación en Andalucía.

3. La Biblioteca de la Universidad de Málaga.

4. Gestión de la colección. Selección y adquisición. Recursos electrónicos.

5. Mantenimiento, control y seguridad de las colecciones. Inventario. Expurgo. Conservación.

6. Tareas descriptivas. Catalogación. Formatos MARC. La norma ISO 2709. Descripción de documentos digitales.

7. Análisis documental. Indización. Resúmenes. Lenguajes documentales: clasificaciones y tesauros.

8. Automatización de las tareas y servicios bibliotecarios.

9. Servicios de acceso y obtención de documentos impresos y electrónicos en bibliotecas universitarias.

10. Servicios de difusión de información y marketing.

11. La biblioteca virtual. Aplicaciones de Internet a los servicios bibliotecarios.

12. Alfabetización informacional. E-learning.

13. Gestión de recursos humanos.

14. Alianzas internas y externas de bibliotecas universitarias. Cooperación bibliotecaria. Redes, consorcios y catálogos colectivos de bibliotecas universitarias.

15. Gestión de las instalaciones y equipamientos en la biblioteca universitaria.

16. Gestión presupuestaria.

17. Gestión de la producción científica. Acceso, movimiento open access y repositorios institucionales para investigación y docencia.

18. Sistemas de gestión de la calidad en bibliotecas universitarias. Evaluación y mejora de los servicios bibliotecarios.

19. Dirección por objetivos y gestión por procesos en bibliotecas universitarias.

20. El sistema de gestión de la calidad de la Biblioteca de la Universidad de Málaga.

21. La Biblioteca 2.0.

Bloque II. Fuentes de información y fuentes de estudio de la biblioteconomía, archivistica y documentación. Legislación

1. Concepto y tipología de las fuentes de información. Fuentes de información generales.

2. Fuentes de información actuales en Ciencias Sociales.

3. Fuentes de información actuales en Humanidades.

4. Fuentes de información actuales en Ciencia y Tecnología.

5. Fuentes de información actuales en Ciencias de la Salud.

6. Historia del libro y las bibliotecas. Origen y evolución de las bibliotecas universitarias.

7. El documento. Las tres edades del documento. Tareas y procedimientos archivísticos.

8. El archivo universitario. El archivo de la Universidad de Málaga.

9. La Constitución española de 1978.

10. Estatuto de autonomía de Andalucía.

11. Estatutos de la Universidad de Málaga.

12. Clases y régimen jurídico del personal de Administración y Servicios. La representación del personal de las Universidades.

13. Normativa sobre la protección de datos.

14. Legislación nacional y andaluza sobre bibliotecas.

15. Ley 10/2007, de 22 de junio, de la lectura, del libro y de las bibliotecas.

16. Ley 16/2003, de 22 de diciembre, del Sistema Andaluz de Bibliotecas y Centro de Documentación.

17. Legislación sobre Patrimonio.

18. Legislación nacional y andaluza sobre Universidades. Consideración de los servicios bibliotecarios.

19. Legislación sobre propiedad intelectual y derechos de autor.

Aquí aparece una imagen en el original. Consulte el documento PDF oficial y auténtico.

ANEXO IV
Tribunal calificador

El Tribunal estará compuesto por los siguientes miembros:

Presidente: D. Gregorio García Reche, funcionario de carrera de la Escala de Facultativos de Archivos, Bibliotecas y Museos de la Universidad de Málaga.

Secretaria: D.ª María Goretti Misas Gento, funcionaria de carrera de la Escala de Facultativos de Archivos, Bibliotecas y Museos de la Universidad de Málaga.

Vocales: D.ª María Dolores Acosta Mira, funcionaria de carrera de la Escala de Facultativos de Archivos, Bibliotecas y Museos de la Universidad de Málaga; D.ª María del Carmen García Martín, funcionaria de carrera de la Escala de Facultativos de Archivos, Bibliotecas y Museos de la Universidad de Málaga; D.ª María Victoria González Rebolledo, funcionaria de carrera de la Escala de Facultativos de Archivos, Bibliotecas y Museos de la Universidad de Málaga.

Suplentes: D.ª Joaquina Gomáriz López, funcionaria de carrera de la Escala de Facultativos de Archivos, Bibliotecas y Museos de la Universidad de Málaga; D.ª Carmen Ávila Maldonado, funcionaria de carrera de la Escala de Ayudantes de Archivos, Bibliotecas y Museos de la Universidad de Málaga; D.ª María de los Ángeles Morales Cáceres, funcionaria de carrera de la Escala de Facultativos de Archivos, Bibliotecas y Museos de la Universidad de Málaga.

ANEXO V

Don/doña ................................................................................................................, con domicilio en ..............................................................................................., y con documento nacional de identidad número ........................., declara bajo juramento o promete, a efectos de ser nombrado funcionario/a de carrera de la Escala ......................................................, que no ha sido separado del servicio de ninguna de las Administraciones Públicas y que no se halla inhabilitado para el ejercicio de las funciones públicas.

En ............................................, a .......... de ........................................ de 201...

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