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Documento BOE-A-2011-10335

Resolución de 30 de mayo de 2011, de la Secretaría de Estado para la Función Pública, por la que se publica el Acuerdo de prórroga al Convenio marco con la Comunitat Valenciana para la implantación de una red de oficinas integradas de atención al ciudadano.

Publicado en:
«BOE» núm. 141, de 14 de junio de 2011, páginas 61164 a 61166 (3 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Política Territorial y Administración Pública
Referencia:
BOE-A-2011-10335

TEXTO ORIGINAL

Con fecha 22 de mayo de 2007 se firmó un Convenio marco entre la Administración General del Estado y la Administración de la Comunitat Valenciana para la implantación de una Red de Oficinas Integradas de Atención al Ciudadano en el ámbito territorial de la Comunitat Valenciana, publicado en el «Boletín Oficial del Estado» en 14 de junio de 2007 («BOE» n.º 142), y en el «Diario Oficial de la Generalidad Valenciana» (n.º 5525) en 1 de junio de 2007.

En la cláusula novena de este Convenio se establecen los efectos desde su publicación en el «Diario Oficial de la Generalidad Valenciana» y un plazo de vigencia de cuatro años contados desde la fecha de su publicación en el mencionado diario, pudiendo prorrogarse por otros cuatro años por acuerdo expreso de las partes intervinientes adoptado antes del fin de su vigencia. Próxima la finalización de la vigencia del convenio, el 1 de junio de 2011, y en virtud de la previsión anterior, mediante Acuerdo de 11 de abril de 2011, se acuerda prorrogar hasta el día 1 de junio de 2015 el Convenio suscrito el 22 de mayo de 2007, para la implantación de una Red de Oficinas Integradas de Atención al Ciudadano en el ámbito territorial de la Comunitat Valenciana.

En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 8.2 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común y en la cláusula cuarta del Acuerdo de Prórroga al Convenio Marco entre la Administración General del Estado y la Comunitat Valenciana para la implantación de una Red de Oficinas Integradas de Atención al Ciudadano en el ámbito territorial de la Comunitat Valenciana, esta Secretaría de Estado para la Función Pública dispone su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

Madrid, 30 de mayo de 2011.–La Secretaria de Estado para la Función Pública, María Consuelo Rumí Ibáñez.

ACUERDO DE PRÓRROGA AL CONVENIO MARCO ENTRE LA ADMINISTRACIÓN GENERAL DEL ESTADO Y LA COMUNITAT VALENCIANA PARA LA IMPLANTACIÓN DE UNA RED DE OFICINAS INTEGRADAS DE ATENCIÓN AL CIUDADANO EN EL ÁMBITO TERRITORIAL DE LA COMUNIDAD VALENCIANA

En Madrid, a 11 de abril de 2011

REUNIDOS

De una parte, doña María Consuelo Rumí Ibáñez, Secretaria de Estado para la Función Pública del Ministerio de Política Territorial y Administración Pública en representación de dicho Departamento Ministerial, y actuando en virtud de las competencias delegadas por el titular del mencionado Ministerio en el punto cuatro de la Orden TAP/2964/2010, de 18 de noviembre, sobre delegación de competencias y por el Acuerdo del Consejo de Ministros de 15 de julio de 2005 para la implantación de una Red de Oficinas Integradas de Atención al Ciudadano en colaboración con las Comunidades Autónomas y las Entidades que integran la Administración Local.

De otra parte, Hble. doña Paula Sánchez de León Guardiola, Consejera de Justicia y Administraciones Públicas y Portavoz del Consell, nombrada por Decreto 27/2008, de 18 de septiembre, del President de la Generalitat, y Decreto 13/2009, de 27 de agosto, del President de la Generalitat, por el que se nombran vicepresidentes, Consellers, Secretario y portavoz del Consell, actuando en nombre y representación de ésta, de conformidad con los artículos 17.f) y 28.g), de la Ley 5/1983, de 30 de diciembre, del Consell, y facultada expresamente para la firma del presente Acuerdo de Prórroga de Convenio por acuerdo del Consell, de fecha 25 de marzo de 2011.

EXPONEN

Primero.–Que con fecha 22 de mayo de 2007 se firmó un Convenio marco entre la Administración General del Estado y la Administración de la Comunitat Valenciana para la implantación de una Red de Oficinas Integradas de Atención al Ciudadano en el ámbito territorial de la Comunidad Valenciana, publicado en el «Boletín Oficial del Estado» en 14 de junio de 2007 («BOE» n.º 142), y en el «Diario Oficial de la Generalitat Valenciana» (n.º 5525) en 1 de junio de 2007.

Segundo.–Que en la cláusula novena de dicho Convenio, las partes firmantes acordaron que surtiría efectos desde su publicación en el «Diario Oficial de la Generalitat Valenciana» y que el plazo de vigencia del Convenio es de cuatro años contados desde la fecha de su publicación en el mencionado diario, por ello su finalización es el 1 de junio de 2011, pudiendo prorrogarse por otros cuatro años por acuerdo expreso de los intervinientes adoptado antes del fin de su vigencia.

Tercero.–Que las obligaciones asumidas entre las Administraciones intervinientes y las Entidades Locales adheridas a dicho Convenio, tal y como se establece en su cláusula décima, se entienden vigentes desde su publicación en el «Diario Oficial de la Generalitat Valenciana» hasta la fecha la extinción del Convenio marco, por el transcurso de los plazos establecidos en el mismo.

Cuarto.–Que a fin de dar continuidad a la prestación de los servicios integrados de información, orientación, atención y tramitación sobre determinados aspectos de la actividad administrativa a través de las Oficinas Integradas de atención a la ciudadanía, las Administraciones firmantes y las adheridas al mismo:

En consecuencia, las partes en este acto acuerdan la firma del presente Acuerdo de Prórroga al Convenio descrito en el exponiendo primero, de conformidad a las siguientes

CLÁUSULAS

Primera.–Las partes firmantes acuerdan la prórroga del Convenio suscrito con fecha 22 de mayo de 2007, para la implantación de una Red de Oficinas Integradas de Atención al Ciudadano en el ámbito territorial de la Comunidad Valenciana, hasta el 1 de junio de 2015.

Por lo tanto, los efectos del presente Acuerdo, se extenderán desde el día 1 de junio de 2011 hasta el 1 de junio de 2015.

Segunda.–Las Administraciones intervinientes y las adheridas al mencionado Convenio, se comprometen a continuar desarrollando las actuaciones precisas, dirigidas a dar continuidad a la prestación de los servicios integrados, anteriormente citados en el apartado cuarto de la parte expositiva y que constituyen el objeto del Convenio.

Tercera.–Las obligaciones asumidas entre las Administraciones firmantes y las Entidades locales adheridas al Convenio marco y las que se adhieran por el procedimiento establecido en la cláusula duodécima del mismo, se entenderán vigentes hasta la extinción del Acuerdo de prórroga por el transcurso de los plazos o bien, por las causas previstas en las cláusulas novena y décima del precitado Convenio marco.

Cuarta.–El mencionado Acuerdo de prórroga se publicará en el «Boletín Oficial del Estado» y en el «Diario Oficial de la Comunitat Valenciana».

Este Acuerdo de Prórroga debe firmarse y rubricarse por triplicado para que una de sus copias obre en el archivo de la Secretaría General Técnica del Ministerio de Política Territorial y Administración Pública.–La Secretaria de Estado para la Función Pública del Ministerio de Política Territorial y Administración Pública (en virtud de las competencias delegadas por el titular del Ministerio de Política Territorial y Administración Pública en el punto cuatro de la Orden TAP/2964/2010, de 18 de noviembre, sobre delegación de competencias), María Consuelo Rumí Ibáñez.–La Consejera de Justicia y Administraciones Públicas, Paula Sánchez de León Guardiola.

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