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Documento BOE-A-2010-19153

Cuestión de inconstitucionalidad n.º 6817-2010, en relación con el artículo 92.8 del Código Civil.

Publicado en:
«BOE» núm. 302, de 13 de diciembre de 2010, páginas 102983 a 102983 (1 pág.)
Sección:
I. Disposiciones generales
Departamento:
Tribunal Constitucional
Referencia:
BOE-A-2010-19153

TEXTO ORIGINAL

El Pleno del Tribunal Constitucional, por providencia de 30 de noviembre actual, ha acordado admitir a trámite la cuestión de inconstitucionalidad número 6817-2010 planteada por el Juzgado de Violencia sobre la Mujer núm. 1 de Jaén, en el procedimiento de divorcio contencioso núm. 70/2009, en relación con el artículo 92.8 del Código Civil por posible vulneración de los arts. 117.3 y 39 de la CE, y, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 10.1.c) LOTC en la redacción dada por la Ley Orgánica 6/2007, de 24 de mayo, deferir a la Sala Segunda, a la que por turno objetivo le ha correspondido, el conocimiento de la presente cuestión.

De conformidad con lo establecido en el art. 37.2 LOTC, en su nueva redacción, quienes sean parte en el procedimiento de divorcio contencioso núm. 70/2009, podrán personarse ante este Tribunal dentro de los quince días siguientes a la publicación del presente edicto en el «Boletín Oficial del Estado».

Madrid, 30 de noviembre de 2010.–La Secretaria de Justicia del Pleno, Herminia Palencia Guerra.

ANÁLISIS

  • Rango: Providencia
  • Fecha de disposición: 30/11/2010
  • Fecha de publicación: 13/12/2010
Referencias posteriores

Criterio de ordenación:

  • SE DECLARA en la misma y SE DECLARA la extinción por desaparición del objeto, por Auto de 13 de febrero de 2012 (Ref. BOE-A-2012-2580).
Referencias anteriores
  • Cuestión promovida por supuesta inconstitucionalidad:
    • del art. 92.8 del Código Civil en la redacción dada por la Ley Orgánica 6/2007, de 24 de mayo (GAZETA) (Ref. BOE-A-1889-4763) y (Ref. BOE-A-2007-10483).
Materias
  • Código Civil
  • Cuestiones de inconstitucionalidad
  • Divorcio
  • Familia
  • Menores
  • Patria potestad

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