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Documento BOE-A-2008-14636

Resolución de 24 de julio de 2008, de la Secretaría de Estado de Educación y Formación, por la que se conceden subvenciones a Fundaciones con dependencia orgánica de partidos políticos con representación en las Cortes Generales para el desarrollo de actividades formativas dentro del campo de la educación de las personas adultas.

Publicado en:
«BOE» núm. 215, de 5 de septiembre de 2008, páginas 36265 a 36265 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Educación, Política Social y Deporte
Referencia:
BOE-A-2008-14636

TEXTO ORIGINAL

De conformidad con lo dispuesto en la Orden ECI/399/2008, de 29 de enero, por la que se convocan subvenciones dirigidas a Fundaciones con dependencia orgánica de partidos políticos con representación en las Cortes Generales para el desarrollo de actividades formativas dentro del campo de la educación de personas adultas, examinada la propuesta elaborada por la Comisión de Selección prevista en el apartado séptimo de la citada Orden, he resuelto:

Primero.-Conceder a las Fundaciones que se relacionan en el Anexo, las subvenciones cuyas cuantías se señalan en el mismo. El importe de dichas subvenciones se abonará con cargo a la aplicación presupuestaria 18.10.322H.480.04 del vigente presupuesto de gastos del Ministerio de Educación, Política Social y Deporte.

Segundo.-El pago de las subvenciones concedidas se realizará de la forma siguiente:

1. El importe de las subvenciones que se conceden por la presente Resolución, se hará efectivo a las Fundaciones beneficiarias, siempre que se cumplan los requisitos establecidos en el apartado noveno de la convocatoria.

2. Previamente, las fundaciones beneficiarias deberán constituir, a disposición de la Dirección General de Formación Profesional, una garantía equivalente al 20 por ciento del importe de la subvención concedida. Dicha garantía habrá de constituirse en la Caja General de Depósitos o en sus sucursales, en cualquiera de las modalidades previstas en el Real Decreto 161/1997, de 7 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento de la Caja General de Depósitos, y con los requisitos establecidos en el mismo para dichas garantías, disponiendo para ello de un plazo máximo de quince días a partir del día siguiente al de la publicación de esta Resolución en el Boletín Oficial del Estado.

Tercero.-El importe de las subvenciones se destinará íntegramente a financiar el coste de la actividad para la que se solicitó su concesión.

Cuarto.-La justificación de las subvenciones concedidas se efectuará de la siguiente forma:

1. A efectos de justificar la correcta utilización de la subvención concedida, las entidades beneficiarias deberán presentar la documentación a la que se hace referencia en el apartado undécimo de la Orden ECI/399/2008, de 29 de enero.

2. La documentación indicada se presentará por duplicado (ejemplar original y copia o fotocopia) ante la Dirección General de Formación Profesional del Ministerio de Educación, Política Social y Deporte. 3. La Dirección General de Formación Profesional realizará las comprobaciones que estime pertinentes para asegurar que los servicios se prestan conforme a los proyectos presentados.

Quinto.-Contra la presente Resolución, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse, alternativamente, recurso contencioso-administrativo ante la Audiencia Nacional en el plazo de dos meses, conforme a lo establecido en la Ley 29/1988, de 13 de junio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, o recurso potestativo de reposición en el plazo de un mes y ante el mismo órgano que la ha dictado, de acuerdo con lo dispuesto en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico y del Procedimiento Administrativo Común, en la redacción dada por la Ley 4/1999, de 13 de enero, computándose ambos plazos desde el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

Madrid, 24 de julio de 2008.-La Secretaria de Estado de Educación y Formación, P. D. (Orden ESD/1413/2008, de 16 de mayo), el Director General de Formación Profesional, Miguel Soler Gracia.

ANEXO

Fundación

Importe Euros

Fundación para el Análisis y los Estudios Sociales

198.168

Fundación «Jaime Vera»

192.953

Fundación «Rafael Campalans»

27.515

Fundación «Ramón Trías Fargas» - (CDC)

9.420

Institut d´estudis humanístics «Miquel Coll i Alentorn»

6.852

Fundación «Josep Irla»

5.568

Fundación «Galiza Sempre»

4.284

Fundación «Nous Horitzons»

3.000

Fundación por la Europa de los Ciudadanos

3.000

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