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Documento BOE-A-2005-6019

Decreto 38/2005, de 25 de febrero, por el que se declara bien de interés cultural, con la categoría de conjunto histórico, el denominado Desierto de las Palmas de Benicasim.

Publicado en:
«BOE» núm. 89, de 14 de abril de 2005, páginas 12951 a 12956 (6 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Comunidad Valenciana
Referencia:
BOE-A-2005-6019

TEXTO ORIGINAL

El artículo 31.5 del Estatuto de Autonomía de la Comunidad Valenciana establece la competencia exclusiva de la Generalitat en materia de patrimonio histórico, artístico, monumental, arquitectónico, arqueológico y científico. Asimismo, el artículo 26.2 de Ley 4/1998, de 11 de junio, de la Generalitat, del Patrimonio Cultural Valenciano, dispone que la declaración de un Bien de Interés Cultural se hará mediante Decreto del Consell de la Generalitat, a propuesta de la Conselleria de Cultura, Educación y Deporte. Todo ello sin perjuicio de las competencias que el artículo 6 de la Ley 16/1985, de 25 de junio, del Patrimonio Histórico Español, reserva a la administración General del Estado. Por Resolución de 8 de marzo de 2004, de la Dirección General de Política Lingüística y Patrimonio Cultural Valenciano, se acordó tener por incoado el expediente para la declaración como Bien de Interés Cultural, con la categoría de Conjunto Histórico, a favor del denominado Desierto de las Palmas de Benicasim. Dicha Resolución, con sus anexos, fue expuesta en el tablón de anuncios del Ayuntamiento de Benicasim, al que se concedió trámite de audiencia, así como a los demás interesados, sin que se aportaran alegaciones al expediente. Asimismo, y mediante Resolución de 7 de junio de 2004, se procedió a abrir un periodo de información pública por el término de un mes. En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 27 de la Ley 4/1998, de 11 de junio, del Patrimonio Cultural Valenciano, obran en el expediente sendos informes favorables de la Real Academia de Bellas Artes de San Carlos y del Consell Valencià de Cultura. En virtud de lo expuesto, a propuesta del conseller de Cultura, Educación y Deporte y previa deliberación del Consell de la Generalitat, en la reunión del día 25 de febrero de 2005,

DECRETO

Artículo 1.

Declarar Bien de Interés Cultural, con la categoría de Conjunto Histórico, el Desierto de las Palmas de Benicasim.

Artículo 2.

El área afectada por la declaración de Bien de Interés Cultural del Conjunto Histórico del Desierto de las Palmas de Benicasim queda definida en los anexos que se adjuntan, y que forman parte del presente Decreto. La documentación complementaria obra en el expediente de su razón.

Disposición adicional primera.

Inscribir el Conjunto Histórico del Desierto de las Palmas de Benicasim, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 29.1 de la Ley 4/1998, de 11 de junio, de la Generalitat, del Patrimonio Cultural Valenciano, en la Sección Primera del Inventario General del Patrimonio Cultural Valenciano.

Disposición adicional segunda.

En virtud de lo establecido en el artículo 28.2.e) de la Ley 4/1998, de 11 de junio, de la Generalitat, del Patrimonio Cultural Valenciano, los Bienes de Relevancia Local mencionados en el anexo I del presente Decreto deberán ser inscritos en la Sección Segunda del Inventario General del Patrimonio Cultural Valenciano.

Disposición final.

El presente Decreto se publicará en el Boletín Oficial del Estado y entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana.

Alicante, a 25 de febrero de 2005.-El Presidente, Francisco Camps Ortiz.-El Consejero de Cultura, Educación y Deporte, Alejandro Font de Mora Turón.

ANEXO I Datos sobre el bien objeto de la declaración

1. Denominación: a) Principal: Desierto de las Palmas.

b) Secundaria: Monasterio de los Padres Carmelitas del Desierto de las Palmas. Convento Carmelita del Desierto de las Palmas.

2. Localización:

a) Comunidad Autónoma. Comunidad Valenciana.

b) Provincia. Castellón. c) Municipio. Benicasim.

3. Delimitación:

Justificación de la delimitación: Se han incluido dentro de la delimitación todas las propiedades del antiguo convento de los Padres Carmelitas, situadas en las vertientes de los montes que las rodean. Engloban todas las edificaciones que lo componen: antigua portería y parte de las murallas, convento nuevo, ruinas del convento antiguo, ermitas, antros, calvarios etc. El total de las propiedades de la Orden no se ajusta a la delimitación efectuada, que según la propia Orden carmelita excede de los límites del Conjunto. No obstante, al no encontrarse deslindadas aquellas, se ha preferido considerar como límites del Conjunto, siempre que ha sido posible, elementos claramente identificables como los deslindes entre términos municipales, las carreteras, etc. De esta forma se considera suficientemente protegido el entorno paisajísitico del convento, que aproximadamente ocupa una superficie de 320 has.

Definición literal de la delimitación:

Origen: Punto A, en la intersección entre los términos municipales de Cabanes, la Pobla Tornesa y Benicasim.

Sentido: Horario. Línea delimitadora: Desde el origen la delimitación discurre en dirección noreste por el límite del término municipal de Cabanes, a su vez linde norte de las parcelas 3-a, 4-a y b pertenecientes al polígono n.º 2 hasta el camino particular, girando por este último hacia el sudoeste y continuando hacia el oeste por un pequeño tramo de la carretera del Desierto de las Palmas, incluyéndolos. La línea deja la carretera para continuar incorporando la parcela n.º 1 del polígono 3 hasta su intersección con la carretera del Desierto de las Palmas, cruzándola, para continuar hacia el sur por los lindes de las parcelas 31, 30 y 27 pertenecientes al mismo polígono; vuelve a cruzar la carretera y prosigue por los lindes sur de las parcelas 5-d, 5-a, y 2-a pertenecientes al polígono n.º 2 hasta su intersección con la línea que delimita el término municipal de la Pobla Tornesa con el de Benicasim, recorriéndolo en dirección norte hasta el punto de origen. 4. Descripción y datos histórico-artísticos (basada en el Catálogo de Bienes Inmuebles del Convento Carmelita del Desierto de las Palmas, de G. Ribes y A. Pascual. Conselleria de Cultura, Educación y Ciencia). La elección de este lugar privilegiado de las estribaciones del macizo del Maestrazgo, integrante del Sistema Ibérico, como lugar de asentamiento de uno de los «Desiertos» de la Orden del Carmen, ha dado lugar a uno de los más bellos e interesantes, además de único, conjunto histórico de carácter religioso de la Comunidad Valenciana. Los desiertos eran lugares deshabitados e idóneos para los carmelitas, que pretendían volver al carisma original de la Orden, la vida cenobítica acompañada de un espíritu eremítico renovado por la Contrarreforma. Asimismo se ubica en un enclave representativo de una flora y fauna mediterránea, que ha sido declarado como Paraje Natural por el Consell de la Generalitat, y de una arquitectura religiosa de gran austeridad pero de gran valor tipológico. Hoy en día es uno de los puntos obligados de encuentro y peregrinaje de la provincia de Castellón que requiere su conservación y puesta en valor. Evolución histórica: El origen de la Orden se remonta a los ermitaños establecidos en el monte Carmelo de Jerusalén en el siglo XII. Según la tradición, este monte estaba santificado por San Elías y San Elíseo. La fórmula de vida fue dada entre 1206 y 1214 por San Alberto, patriarca de Jerusalem, en una regla de tradición eremítica donde resaltaba la soledad, el silencio, el ayuno, la abstinencia de carne, y la vida retirada y contemplativa aunque no exenta de trabajo. Tras conseguir del Papa Inocencio IV la confirmación de la Orden, los monjes emigran a Europa donde comienza una proliferación de centros carmelitas. En España entran los carmelitas a Aragón desde Francia. El rey Don Jaime otorgó Carta de Protección a la Orden. En los siglos XIV y XV, la Orden del Carmen seguirá las vicisitudes de las otras Órdenes, entre el florecimiento de los estudios y el decaimiento del espíritu religioso y el esfuerzo de renovación llevado a cabo por los santos y los movimientos de observancia. En España estos movimientos vendrán dirigidos por Santa Teresa y San Juan de la Cruz. Se promulga la máxima soledad individual, la oración, la lectura y la espiritualidad. Se produjo como consecuencia una división en el seno de la Orden, obteniendo éstos la separación jurídica en el Capítulo General de Cremona en 1593. Un siglo después, los carmelitas descalzos llegaron a Benicasim con el propósito de crear un Desierto para la vida contemplativa. La elección del lugar se debió a la división en 1625 de la provincia de Aragón-Valencia por una parte y la de Cataluña por otra, quedando la primera sin Desierto. Tras el fracaso de la búsqueda de ubicación en Aragón, se intentó en Valencia, hasta que el sacerdote de Cabanes le dijo al procurador del convento de Valencia, Fray Juan de la Virgen, que «hay un lugar que no puede ser más a propósito» para el asentamiento de la Orden. Finalmente, se compró en 1691 la Masía de Gavarrell, celebrándose el 2 de febrero de 1694 el acta de posesión, adquiriéndose el resto por 23.000 libras. La nueva fundación tuvo que enfrentarse tanto a la oposición dentro de la propia Orden, como a la del Barón de Benicasim o la de los franciscanos de Castellón. Los carmelitas de Aragón deseaban la ubicación en sus territorios debido a su mayoría numérica y el Barón pugnaba por sus derechos feudales sobre el territorio. Pero el enfrentamiento más fuerte lo encontramos en la pugna entre franciscanos y carmelitas por imponer sus derechos frente a la otra Orden. Esta disputa se cerrará el 23 de diciembre de 1693 con la licencia del rey favorable a la creación del Convento. La Masía de Gavarrell fue el primer intento de creación de un convento en el Desierto, pero debido a la insalubridad del terreno se decidió construir el nuevo convento en el Bancal de la Colada. En 1698 se comenzaron las obras, siendo el tracista Fray Bernardo de San José, y parte de la construcción del edificio la dirigió Pedro Vilallare, maestro de obras. El edificio estará finalizado y establecidas las prácticas eremíticas hacia 1709, si bien la iglesia no será acabada hasta 1733. De este periodo son las primeras ermitas como la del Nacimiento, del Carmen, San José, Desamparados, San Juan Bautista, San Juan de la Cruz, San Elías, etc., llegándose a construir por obras piadosas hasta un total de trece. La vida en el convento se irá desarrollando durante casi un siglo, con algunas vicisitudes como las sufridas con motivo de la Guerra de Sucesión, hacia 1710, cuando partidas de «micaletes» hostigaron a los monjes llegando a encerrarles por un asunto de ocultación de armas. Entre 1724 y 1730 se construye la muralla que ha de cerrar el recinto conventual. Para esta época ya se han construido los principales edificios carmelitas. Se trata de un convento que combina la vida cenobítica con edificaciones que permitan la oración y la contemplación individual, un monasterio-desierto para la provincia de Aragón-Valencia. El fin de siglo significará un nuevo cambio en la comunidad. En 1783 se producirán una serie de lluvias torrenciales desde septiembre a diciembre que producirán la apertura de simas en la tierra y grietas en los muros del convento, justo entre dos barrancos y en una tierra mal asentada. Las ermitas y el convento sufren grandes pérdidas, instalándose los monjes en una hospedería. Después de pedir consejo, se derribará el panteón y los edificios de poniente para aprovechar los materiales con que se construirá el nuevo convento. Para el emplazamiento de las nuevas edificaciones se elige el bancal de la Portería, comenzándose las obras en 1784. El encargado de dirigir las obras será Fray Joaquín del Niño Jesús. Éste obtuvo el título de maestro de obras en Zaragoza, y el de arquitecto para todos los edificios que se ofrezcan en las casas y conventos de su Orden lo recibió de la Real Academia de San Carlos de Valencia el 1 de febrero de 1789. El proyecto del Desierto fue aprobado por dicha Academia el 16 de enero de 1785. En 1791 se iniciaba la construcción de la iglesia y en 1793 la vida eremítica. En el año 1796 la iglesia ya se había terminado y en 1802 se trasladaron los cadáveres del viejo al nuevo monasterio. En 1811 llega a la provincia el general Suchet, produciéndose los primeros abusos. Después se llevó a cabo el inventario de bienes del convento de acuerdo al «Embargo de bienes nacionales». Avisado el prior de que iba a producirse este hecho, escondió parte de los bienes, consiguiendo además que le nombraran custodio de los bienes inventariados. En 1813 un intento de venta del Desierto por parte de las autoridades fue frustrado por un informe desfavorable del alcalde de Benicasim. De esta forma, el convento mantuvo buena parte de sus bienes durante la invasión napoleónica. Poco tiempo después, en 1835, se produce la Real Orden de Exclaustración Eclesiástica decretada por el Gobierno. El pueblo de Benicasim, agradecido por la ayuda recibida por los monjes en la reciente epidemia de cólera, pidió la supresión para el convento de dicha Orden. En las siguientes décadas se produce una reducción en la comunidad religiosa, llegando en 1873 al prior y a tres o cuatro padres. Con la llegada de la Restauración de la Orden la situación de no-exclaustración de la comunidad sitúa al monasterio en una situación destacada en toda España. En 1880 se declara al Desierto noviciado, con el consiguiente aumento de la comunidad. A fin de superar la penuria económica, los monjes comienzan a recolectar las hierbas aromáticas del Desierto para la destilación del licor carmelita. Después de ubicar la planta de elaboración en los sótanos del convento, se construirá un edificio cercano y, posteriormente, la fábrica de Benicasim, que data de 1913. Los últimos acontecimientos que han influenciado en el devenir de la comunidad monástica han sido la guerra civil de 1936, en la que fueron asesinados 16 monjes pertenecientes a la comunidad, y en 1971, cuando se creó un centro de espiritualidad de gran repercusión entre los fieles cristianos. También la construcción de la carretera, primero desde Castellón, con acceso junto a la ermita de la Magdalena en la nacional 340 y, posteriormente, completada con el acceso desde Benicasim, determina la presencia masiva de turistas atraídos por la belleza del lugar y las impresionantes vistas de la Plana de Castellón. Por último, un hecho que ha marcado constantemente el Desierto ha sido la virulencia de los numerosos y continuos incendios forestales que han maltratado este Paraje Natural. El suelo fue clasificado por el Plan General de Ordenación Urbana de Benicasim como suelo no urbanizable protegido, y mediante el Decreto 149/1989, de 16 de octubre, del Consell de la Generalitat, se declaró como Paraje Natural de la Comunidad Valenciana el Desierto de las Palmas, en el cual está incluido el Conjunto Histórico, al amparo de la Ley 5/1988, de 24 de junio, de la Generalitat, por la que se regulan los Parajes Naturales de la Comunidad Valenciana. Por el Decreto 95/1995, de 16 de mayo, el Consell de la Generalitat aprobó el Plan Rector de Uso y Gestión del Paraje Natural de la Comunidad Valenciana del Desierto de las Palmas, cuya normativa regula y protege la flora y vegetación, la fauna, el suelo, el paisaje y el patrimonio arquitectónico y antropológico, así como las actividades y usos del Desierto. -Tipologías arquitectónicas: Condicionadas a la vida eremítica se dieron una serie de construcciones adaptadas a las necesidades y a los consejos de la regla carmelita: austeridad, severidad, escasa ornamentación y búsqueda de la espiritualidad. La vida del monasterio carmelita estaba estructurada en base a la comunidad, pero con la salvedad de que en determinadas épocas y durante periodos relativamente largos se retiraban a las edificaciones que ellos mismos levantaban para entregarse de lleno a la contemplación. Ya San Alberto, patriarca de Jerusalén entre 1206 y 1214, en su «Regla primitiva de la Orden de la Bienaventurada Virgen del Monte Carmelo» (aprobada por Inocencio IV en la Bula denominada «Quae honorem Conditoris» de 1 de octubre de 1247), sienta las bases de lo que será la vida carmelita hasta la posterior reforma de Santa Teresa y San Juan de La Cruz, tratando aspectos relativos a la arquitectura, disposición de celdas, las capillas, etc. El papel de Santa Teresa también va a ser determinante en la arquitectura carmelitana. Su influencia se refleja en un aumento en la austeridad en las edificaciones, tal y como argumenta en obras como «Camino de perfección» (1583) y el «Libro de las Fundaciones» (1610). De este modo se origina un estilo arquitectónico «teresiano». Atendiendo tanto a criterios formales como funcionales, se distinguen nueve tipologías arquitectónicas distribuidas, de forma irregular, a lo largo de la carretera que atraviesa la propiedad:

1. Antros (grutas, cavernas o cuevas): Pequeñas construcciones singulares que podrían ser el símbolo de los orígenes de la vida eremítica en el Desierto. Tienen su origen en las primitivas cuevas que buscaban los ermitaños para su retiro espiritual. Servirían de residencia al hermano carmelita durante largas temporadas. Cada ermita solía tener uno de esos antros a escasos cien metros de distancia. Existen dieciocho.

Sus características son: Planta rectangular, de aproximadamente cuatro por cinco metros, gruesas y robustas paredes que sustentan una pequeña bóveda de cañón cubierta exteriormente por una cubierta a dos aguas de teja moruna. La puerta era de madera sin ventanas y en la fachada poseían un remate piramidal o curvilíneo donde se situaba la cruz de hierro. En el interior solían tener un zócalo saliente a modo de altar en el fondo, donde se depositaba la imagen del santo titular, y una especie de banco corrido a ambos lados del antro. La única decoración consistía en unas plazas de azulejos con inscripciones en verso relativas a la vida del santo y a veces unos frescos en la cabecera. 2. Ermitas: Son capillas donde se realizaban los actos litúrgicos y ejercicios espirituales en las largas temporadas en que los hermanos se retiraban en soledad para entregarse de pleno a la meditación y al rezo. Son diez ermitas enumeradas posteriormente. Parece que el Padre Prior visitaba las ermitas una vez por semana y recíprocamente los ermitaños debían ir al convento en domingos y fiestas para asistir al capítulo de culpas. Son unas construcciones cuadrangulares entre siete y ocho metros de lado, levantadas en sitios estratégicos de retiro y con vistas que inspirasen al hermano carmelita a la meditación y la contemplación. Dos tabiques se cruzaban en su interior dejando en su intersección una perforación para colocar la lámpara o quinqué (que debía estar ardiendo toda la noche), conformando una compartimentación regular de cuatro habitaciones iguales destinadas a locutorio (para recibir visitas del Prior), oratorio (para el rezo), estudio-dormitorio (para la lectura, estudio y descanso del hermano) y cocina (para las comidas). La fachada en hastial piramidal con una pequeña espadaña que albergaba la campana. Disponen una puerta desplazada a la derecha respecto al eje de simetría y una ventana a la izquierda. Como remate una diminuta obertura vertical como ventilación. Solían tener también paneles o lienzos que se colocan en la fachada como imágenes de devoción y que eran el único elemento decorativo exterior. Los muros laterales no poseían apenas ventanas (a lo sumo una o dos). La cubierta era de dos, tres y cuatro vertientes recubiertas de teja árabe. Los materiales estaban en sintonía con la austeridad monástica del Carmelo, utilizando elementos autóctonos como rodeno y caliza unidos mediante mortero de cal. 3. Pilares devocionales: Se trata de pilares de sección casi cuadrangular con remate piramidal. Poseen un nicho central con una imagen original, hoy en día desaparecida prácticamente en todos. Hay nueve. Tenían la misión de despertar la devoción del monje durante sus paseos por el bosque en busca de la meditación y la oración. Están situados en puntos estratégicos, como curvas del camino, explanadas, fuentes y manantiales. 4. Estaciones: Son muy semejantes a los pilares devocionales, variando únicamente su función. Estas estaciones estaban constituidas en tres grandes bloques:

Vía Crucis-Calvarios (hay 4).

Dolores de María (hay 1). Dolores y gozos de San José (hay 2).

5. Tipologías agropecuarias: Coinciden todos ellos en tener una caseta de reducidas dimensiones para el pastor, zonas cubiertas perimetrales y una al aire libre central, a modo de patio, y la utilización de materiales autóctonos pero sin revestimiento. Hoy en día hay cuatro corrales, aunque se sabe que hubo otro hacia el plano de Miravet.

También se incluyen en esta tipología los dos huertos propios de cada convento y una casa guarda-aperos y un pesebre. 6. Conventos: Existen dos conventos, el viejo, y el segundo, el cual hace actualmente las funciones de monasterio. El monasterio viejo se encuentra en estado ruinoso, con apenas un muro en pie. Prácticamente fue todo derribado y aprovechados sus materiales para la construcción del nuevo convento. El nuevo se construyó en el bancal de la Portería, en una explanada a medio camino entre el monasterio viejo y la Portería Alta. El conjunto consta de un cuadrilátero de 53 x 41 m conformado por el monasterio y la iglesia, siendo su estructura muy similar a la del convento antiguo. Posee tres alturas y un sótano. Las cuatro alas cierran el edificio rodeando la iglesia que se ubica en medio del claustro. Este comunica con las alas mediante el alargamiento de sus cuatro brazos dividiendo el claustro en cuatro. Es un edificio sencillo y austero en el que los materiales empleados son muro de mampostería con piedra de rodeno y mortero de cal, madera, ladrillo, yeso y teja. 7. Muralla: El área tenía lienzos de muralla en las zonas de más fácil acceso, dejando las partes más altas y escarpadas sin protección. Más que una función defensiva o protectora, cumplía una función más intimatoria y de separación de la zona enclaustrada. Los límites iban desde la Portería Alta en dirección al Castillo de Montornés y torcía hacia el norte para ir a buscar la Portería Baja, también llamada Portería del Mar, y a continuación se dirigía hacia el plano de Miravet para perderse la pista por su parte oeste en dirección a la cumbre del Bartolo. Quedan escasos metros en pie correspondientes a la zona de la Portería Alta, el lienzo de la muralla está almenado. Posee una altura cercana a los 3,75 metros y un grosor de 0,70 metros. Presenta pequeñas ventanillas para observar el exterior, pero no se manifiestan restos del pasillo de las almenas, lo que nos dice que su función sería más de cerramiento que de protección guerrera. 8. Fuentes y manantiales: Formalmente presentan notables diferencias estilísticas. La fuente de mayor renombre es la de San José, cuya agua es de mayor calidad. Está situada junto a la ermita del mismo nombre y al lado de la carretera que cruza el Desierto. Tiene planta en forma de «L», con la fuente a los pies de un pilar devocional con los que coincidiría tipológicamente. La de San Juan de la Cruz se asemeja formalmente a un antro y su agua ha sido reconducida para el riego. La de la Teja posee actualmente un surtidor, el receptáculo y un pequeño banco corrido a su izquierda. La del Panteón es la de más bella factura. Está conformada por un enorme nicho en el cual se inscribe interiormente una gran tinaja de la que brota el agua. 9. Capillas devocionales: Se diferencian de los antros en su pequeño tamaño que los imposibilita como lugar de retiro. Cumple las funciones de oratorio hacia la imagen del lugar. Existen cuatro. 10. Tipologías funerarias: En el convento viejo encontramos una Iglesia-Panteón junto a las dependencias del Obispo Alcarraz y un carnerario en las criptas de la antigua iglesia. En el convento nuevo, al carnerario de la Iglesia, también llamado Panteón de los Mártires, se le añadió en este siglo el actual cementerio, que se encuentra en un ángulo de la huerta. 11. Varios: Se incluyen aquí todas las construcciones restantes. No poseen ninguna relación ni semejanza entre ellas: pozo Portería Alta, casa Portería Alta, casa Portería Baja o del Mar, ruinas Portería Alta, almacén la Inmaculada, antigua fábrica de licor. 12. Bienes desaparecidos (de situación conocida):

La primitiva Masía de Gavarell, lugar donde se inició la vida religiosa.

La ermita de San Antonio, algunos metros debajo de la de San José. Los antros de San Jerónimo, que se encontraba en el corredor de entrada al convento viejo y el de San Pablo, San Antonio y San Hilarión, donde se levanta la actual tienda del Monasterio.

13. Edificaciones modernas: Se han edificado en la actualidad la casa de Oración, el restaurante, la cruz del Bartolo y el puesto de venta de recuerdos, cuya adecuación arquitectónica y paisajística deberá ser revisada en el Plan Especial a desarrollar. 5. Relación de inmuebles históricos: Los elementos arquitectónicos históricos incluidos en el Conjunto Histórico, agrupados por sus tipologías anteriormente descritas, son:

Antros: 1. San Franco.

2. Santa Eufrosina. 3. Santa Eufrosia. 4. Santa María Egipciaca. 5. San Euthimio. 6. Santa María Magdalena. 7. San Juan Bautista. 8. San Bernardo de Claravall. 9. San Alberto de Jerusalem. 10. San Juan de la Cruz. 11. Ecce Homo. 12. Cristo orando en el huerto. 13. Cristo crucificado. 14. Sepulcro de Cristo. 15. San Elías. 16. San Charitón. 17. Virgen del Equilibrio. 18. Nuestra Señora del Coromoto.

Ermitas:

1. Virgen del Carmen.

2. San Juan Bautista. 3. Desamparados. 4. Ángel Custodio. 5. San José. 6. San Miguel. 7. Virgen de Monserrat. 8. Santa Teresa. 9. Del Nacimiento. 10. San Juan de la Cruz.

Pilares devocionales:

1. Descanso en la huida a Egipto.

2. San Pacomio. 3. San Jerónimo. 4. San Macario. 5. San Antonio. 6. San Pablo. 7. San José. 8. San Simeón y San Daniel (convento viejo). 9. San Simeón y San Daniel (convento nuevo). Estaciones: Calvarios:

1. Convento nuevo.

2. Bajada carretera al convento viejo. 3. Entrada al convento viejo. 4. Claustro del convento viejo. Dolores de María:

1. Convento nuevo: Dolores y gozos de San José: 1. Convento viejo.

2. Convento nuevo.

Tipologías agropecuarias:

1. Corral de la Portería Alta.

2. Corral del calvario del convento viejo. 3. Corral de San Elías. 4. Corrales y caballerizas del convento viejo. 5. Huerto convento viejo. 6. Huerto convento nuevo. 7. Casa guarda-aperos. 8. Pesebre.

Conventos:

1. Convento nuevo.

2. Convento viejo.

Muralla:

1. Muralla de la Portería Alta.

Fuentes y manantiales:

1. Fuente de San José.

2. Fuente de San Juan de la Cruz. 3. Fuente de la Teja. 4. Fuente del Panteón. 5. Fuente del Cristo o de la Colada. 6. Fuente de la Providencia. 7. Fuente de la Esperanza.

Capillas devocionales:

1. El Cristo.

2. San Onofre. 3. San Juan Bautista. 4. Estaciones del Cristo.

Tipologías funerarias:

1. Panteón convento viejo.

2. Panteón convento nuevo. 3. Cementerio. 4. Carnerario convento viejo.

Varios:

1. Pozo Portería Alta.

2. Casa Portería Alta. 3. Casa Portería Baja o del Mar. 4. Ruinas Portería Alta. 5. Almacén la Inmaculada. 6. Antigua fábrica de Licor.

6. Normativa de protección del Conjunto Histórico:

Artículo 1.

Con excepción de las permitidas en el artículo 3 de la presente normativa, y a fin de preservar el paisaje histórico, no se autorizarán nuevas edificaciones en el ámbito del Conjunto.

Quedan, asimismo, prohibidos los movimientos de tierras y excavaciones de incidencia paisajística, las señalizaciones de tipo publicitario, el vertido de residuos y la tala de árboles sin autorización expresa de las Consellerias competentes en materia de cultura y medio ambiente. Se deberá fomentar la repoblación forestal con variedades autóctonas propias del ecosistema protegido.

Artículo 2.

Todas las intervenciones sobre los inmuebles históricos del Conjunto deben contemplar las cautelas arqueológicas previstas en el artículo 62 de la Ley 4/1998, de 11 de junio, de la Generalitat, del Patrimonio Cultural Valenciano. En cualquier caso, las actuaciones arqueológicas deberán ser autorizadas por la Conselleria competente en materia de cultura, de acuerdo con lo preceptuado en el artículo 60 de la citada norma.

Artículo 3

Las edificaciones autorizables en el ámbito protegido son: -Una ampliación del edificio conventual para usos culturales o científicos cuya altura será de una planta (la planta baja), y su superficie total construida no excederá del ámbito del primer bancal junto al acceso a la iglesia del convento nuevo, de una superficie aproximada de 650 metros cuadrados, y delimitado por el muro de contención del Vía Crucis y el convento nuevo.

-Pequeñas edificaciones auxiliares de las labores agrícolas o de usos compatibles con el Conjunto, siempre que no superen los siguientes parámetros:

-El máximo de edificabilidad permitido será de 20 metros cuadrados construidos por edificación, con una parcela mínima de 100 hectáreas.

-El número de plantas máximo será de una (la planta baja).

Artículo 4

Los usos permitidos serán todos los históricamente asociados al lugar y los que sean compatibles con la puesta en valor y disfrute patrimonial del Conjunto, y contribuyan a la consecución de estos fines.

Artículo 5

Los inmuebles históricos del Conjunto, relacionados en el apartado 5 de este anexo, por su alto valor ambiental y testimonial de unas particulares tipologías que caracterizan el mismo, no podrán ser demolidos, debiendo ser restaurado su carácter originario.

Artículo 6

La arquitectura de los edificios de nueva planta o de remodelación de aquellos no tradicionales adecuará su carácter estético a la tipología y acabados de la zona, atendiendo a las siguientes disposiciones: Fachadas: -Los huecos serán de proporción vertical, disposición y dimensiones características de la zona.

-Los acabados se realizarán con materiales tradicionales, descartándose los que supongan su imitación. -Las carpinterías serán de madera. -Se prohiben las persianas, salvo las persianillas exteriores enrollables tradicionales.

Cubiertas:

La cubierta de la ampliación del edificio conventual, referida en el artículo 3, se tratará singularmente para su mejor integración paisajística en el entorno. El resto de las cubiertas serán, de pendiente máxima del 35%, de teja árabe.

Artículo 7

La casa de Oración, el restaurante, el puesto de venta de recuerdos y el área de la Cruz del Bartolo, con sus infraestructuras adyacentes, deberán ser revisados desde el punto de vista de su adecuación arquitectónica y paisajística en el Plan Especial a desarrollar, a tenor de lo dispuesto en el artículo 34 de la Ley 4/1998, de 11 de junio, de la Generalitat, del Patrimonio Cultural Valenciano, y/o mediante un anteproyecto global que se someta a la autorización preceptiva contemplada en el artículo 35 de esta Ley.

Artículo 8

Lo no regulado en esta normativa se precisará en la autorización previa a que hace referencia el artículo 35 de la Ley 4/1998, de 11 de junio, de la Generalitat, del Patrimonio Cultural Valenciano; dicha autorización se adecuará a los criterios generales previstos en el artículo 39 de la citada Ley y en esta normativa.

7. Bienes de Relevancia Local:

Todas las edificaciones que conforman el Conjunto Histórico, enumeradas en el apartado 5 de este anexo, tendrán la consideración de Bienes de Relevancia Local, y se incluirán, con esta categoría, en el catálogo urbanístico municipal.

Aquí aparece una imagen en el original. Consulte el documento PDF de esta disposición.

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