La Comisión Permanente del Consejo General del Poder Judicial, en su reunión de 4 de octubre de 2005, acordó hacer público el Acuerdo de la Sala de Gobierno del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana, en su reunión del día 21 de septiembre de 2005, en el que se aprueba la propuesta de la Junta Sectorial de Jueces de lo Contencioso-Administrativo de Valencia, celebrada el 7 de julio de 2005, relativa a la modificación de las normas de reparto de los Juzgados del mencionado orden jurisdiccional, del siguiente tenor literal:
«1. Creación de una clase especial de reparto de aquellos asuntos que se refieran a demandas de personal estatutario (sin excluir ningún concepto que tenga esta referencia). De conformidad con el Auto de fecha 20 de junio de 2005 del Tribunal Supremo y conforme a la materia a la que afecta, esto es, personal estatutario, se acuerda, en su caso, el reparto por igual número de esa materia entre todos los Juzgados.
2. Se excluye de la clase de Urbanismo aquellos recursos que versen sobre licencia de actividad que debieren pasar a la Clase C-8.»
Madrid, 4 de octubre de 2005.-El Presidente del Consejo General del Poder Judicial,
HERNANDO SANTIAGO
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